Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
14/11/2017

Caso Yésica Parra: revocan la probation de Julián Materia

Dos años después de que le otorgaran el beneficio, la jueza Mariana Iriani hizo lugar al planteo de la familia de la bailarina que murió tras ser atropellada por el joven. Aunque resta la apelación del imputado, la expectativa es que se llegue a un juicio oral.

Caso Yésica Parra: revocan la probation de Julián Materia
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

Dos años después de que el juez correcional Leonardo Celsi resolviera otorgarle a Julián Materia el beneficio de la suspensión de juicio a prueba en el marco de la causa por la muerte de la bailarina Yésica Parra, a quien embistió con su camioneta en enero de 2014, la jueza Mariana Iriani revocó en las últimas horas la probation, en base al pedido de la familia de la víctima y tras una serie de presentaciones judiciales. Ahora, aunque resta la apelación de la defensa del imputado, la expectativa es que se llegue a un juicio oral.

De esta manera, y  cuando estaban por cumplirse los dos años de la suspensión de juicio a prueba -lo que implicaba la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del imputado- la Justicia decidió revocar la probation, por lo que existe la posibilidad concreta de que Materia, finalmente, deba enfrentar el juicio oral.

De acuerdo a lo que explicó la defensora y abogada de la familia Parra, Cecilia Boeri, la resolución de la jueza Mariana Iriani, que integra el Tribunal Oral Nº 3 de Mar del Plata, implica “la revocación de la suspensión de juicio a prueba en base a los pedidos de la defensa” y a partir de “diversos argumentos”.

“En primer lugar ellos siempre se habían opuesto a la suspensión de juicio pero no se le había dado curso a su petición, pese a que los particulares damnificados pueden presentarse como querellantes autónomos por sí mismos para hacer juicio, algo que el mismo imputado hizo con ellos en el sentido de que los llevó a juicio por coacción y terminaron absueltos”, expuso Boeri, respecto al sucedido.

En ese sentido, la letrada consideró que la jueza tomó en cuenta otros argumentos como que “no era cierto que la condena a imponer era necesariamente en suspenso” y que además existe “una prohibición legal en cuanto a suspender a prueba delitos que tuvieran prevista una pena conjunta o alternativa de inhabilitación”, como el caso del homicidio de Yésica.

Para Boeri, si bien este tipo de situaciones no son usuales, lo cierto es que la resolución de la jueza Iriani corresponde si se tiene en cuenta la “complejidad de la causa” porque “si no se iba a derivar en la extinción definitiva de la acción penal”. “Lo mejor es que se vaya a un juicio en el que se resolverá la verdad”, consideró.

“Este es un fallo de primera instancia porque hubo recusaciones y terminó sorteada esta jueza para resolver esta cuestión; seguramente la defensa apelará este fallo y ahora comienza el otro proceso, a la espera de llegar al juicio oral”, adelantó la defensora, respecto a los pasos a seguir en relación a la causa.

Finalmente, y tras advertir que -a su juicio- en una causa como esta la suspensión de juicio a prueba no debería haber sido autorizada, Boeri graficó: “Acá no se pacificó el conflicto, el delito no era leve sino  grave y estaba la oposición acérrima de los particulares; además el imputado persiguió penalmente con acusación privada -sin apoyo del fiscal- a los damnificados y hubo una conflictividad muy grande, algo que no es común”.

SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA E INHABILITACIÓN DE LA PENA

Por fuera de las particularidades de este caso, la abogada de la familia Parra también habló del hecho de que en el ínterin del trámite de la causa “la Corte bonaerense resolvió conforme el texto de la ley que no se puede suspender a juicio a prueba aquellos delitos que tienen combinada pena de inhabilitación, porque la ley dice que no se pueden suspender esos delitos porque la inhabilitación nunca puede ser dejada en suspenso”.

Entonces, para la letrada “por más de que hubiera quedado firme la probation, no era acorde a la ley el procedimiento que se acordó en su momento”. “Es un tema muy complejo pero estoy convencida de que este es un fallo justo y que hay que realizar un juicio donde se presente la prueba y ahí pueda definirse si el imputado es absuelto o condenado”, completó.

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14/11/2017