Viernes 19 de abril | Mar del Plata
22/06/2015

Crimen de Laura Iglesias: prisión perpetua para Esteban Cuello

El Tribunal Oral en lo Criminal N°3 decidió convalidar el pedido del Ministerio Público Fiscal y del particular damnificado respecto al joven de 21 años, condenado por robo, abuso sexual seguido de muerte y robo.

Crimen de Laura Iglesias: prisión perpetua para Esteban Cuello
(Foto: QUÉ Digital)

El Tribunal Oral en lo Criminal N°3 condenó a prisión perpetua a Esteban Cuello por los delitos de robo, abuso sexual seguido de muerte y robo en relación a Laura Iglesias, la trabajadora social del Patronato de Liberados Bonaerense (PLB) que fue asesinada el 29 de mayo de 2013. La decisión convalida el pedido que había sido efectuado tanto por el Ministerio Público Fiscal como por el particular damnificado durante el debate oral.

Por otro lado, los jueces Juan Manuel Sueyro, Eduardo Alemano y Fabián Riquet le remitieron el oficio al Ministerio Público Fiscal para que se continúe con la investigación, en relación a otros posibles implicados. Esto, según expusieron, dado que si bien uno de los peritos mencionó que el crimen podría haber sido cometido por una sola persona, también existe la posibilidad de que haya otras personas involucradas, en base a los testimonios que surgieron durante el debate.

En ese sentido, los magistrados acreditaron la existencia de los tres hechos -el robo del estéreo del auto de Laura, la violación y el homicidio y el robo del celular de la víctima- a pesar de que la defensa había solicitado la absolución en relación al tercer delito.

Para los jueces, no hay dudas de que Cuello fue el autor de los tres hechos, en base al cotejo de los registros genéticos hallados en la escena del crimen, que fue contundente. En cuanto al robo del celular -el aparato nunca fue hallado- los magistrados entendieron que el mismo desapreció en circunstancias del abuso.

“Que no se haya encontrado en la casa de Cuello el celular no quita nada porque el estéreo tampoco estaba allí”, afirmaron y remarcaron que, dado que las afirmaciones que en su momento hizo el imputado fueron falsas, “no se le puede de creer” nada de lo que declaró.

LOS AGRAVANTES DEL CRIMEN

Puntualmente el TOC N° 3 consideró que no hubo eximentes ni atenuantes en el crimen, pero sí agravantes como el mal concepto del imputado por parte de los testigos; la mala conducta de Cuello, dado que si bien no se lo considera reincidente porque el delito que cometió en 2010–abuso sexual con acceso carnal- fue cometido cuando era menor de 18 años, lo acontecido en 2013 da cuenta de “la falta de motivación y de respecto en relación al sistema penal”; la extensión del daño causado a la familia; la condición de mujer de Laura Iglesias; la excesiva violencia ejercida; y el hecho de que se trataba de un tutelado.

Finalmente, en su resolución, los magistrados se refirieron al planteo de inconstitucionalidad efectuado por la defensa en cuanto a la reclusión perpetua y al artículo 14 del Código Penal. Al respecto, no hicieron lugar al pedido al sostener que no se trata de una medida de encierro cruel, sino que está contemplada en el Código Penal y que fue pensada solo para utilizarse en casos de extrema gravedad.

En cuanto a la posibilidad de la libertad condicional, el TOC consideró que dicho planteo recién podría tener lugar una vez cumplidos los 35 años de prisión, por lo que sería prematuro abordarla y dicha cuestión le corresponderá, en todo caso, a la Justicia de Ejecución.

Con todos estos elementos, los magistrados solicitaron que la resolución sea remitida a cuatro dependencias, por fuera de la sentencia: al Ministerio Público Fiscal, para que continúe investigando la posible participación de otras personas en el crimen; al Patronato de Liberados Bonaerense (PLB) para que aborde la situación de vulnerabilidad de sus trabajadoras; al Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, dado que transcurrió muy poco tiempo entre la primera condena por abuso y el nuevo hecho; y a la Unidad de Registro, Sistematización y Seguimiento de Femicidios y de Homicidios Agravados por el Género para que se tenga en cuenta la condena.

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22/06/2015