Viernes 19 de abril | Mar del Plata
01/06/2018

Estafas contra Anses: uno por uno, cómo operaba la banda

Cuatro integrantes del estudio jurídico, tres médicos y una contadora son los procesados por la Justicia. A través de distintas maniobras, tramitaban fraudulentamente jubilaciones por invalidez

Estafas contra Anses: uno por uno, cómo operaba la banda
(Fotos: archivo / QUÉ Digital)

Los cuatro responsables del estudio jurídico en el que se centra la investigación de las millonarias estafas contra la Anses se encargaban de conseguir personas para tramitarles fraudulentamente jubilaciones por invalidez. Para ello, falseaban las relaciones laborales con empresas en declaraciones juradas ante la AFIP y el grado de incapacidad de las personas. Para lo primero, contaban con datos de empresas fuera de actividad y con una contadora para hacer las declaraciones juradas; mientras que, para lo segundo, contaban con médicos de la Comisión Médica o de peritos oficiales. Esa es la base central de la causa judicial en la que en las últimas horas tres abogados más un socio, una contadora y tres médicos fueron procesados por la Justicia por asociación ilícita y defraudación contra la administración pública.

En las más de cien páginas de la resolución en las que procesó a ocho personas y declaró la falta de mérito para otras tres -lo cual no las despega definitivamente de la causa-, el juez federal Santiago Inchausti hizo un pormenorizado detalle y dio por probado, con la rigurosidad que esta instancia judicial supone, cómo operaba la banda de profesionales dedicada a estafar al Estado con la tramitación irregular de beneficios previsionales.

Los acusados principales son los abogados Rubén Darío Cagni, Luis Miguel Iroz  y Luciano Conrado Diez Suárez además de su socio Roberto Luis Balbuena, descripto en su profesión como “prestador de servicios no profesionales”. A ellos se suma la contadora Daniela Aldrea Livi y los médicos José Ricardo Caliyuri, Miguel Roberto Coelho y Fernando Daniel Fernández.

De acuerdo a la resolución judicial, el modus operandi detectado lo habrían desarrollado “en una gran cantidad de casos a lo largo de varios años y, para llevarlo adelante, también se habrían valido de otros recursos ilegales, como corromper a funcionarios públicos o intentar hacerlo (entre ellos, peritos médicos oficiales), falsificar documentos de identidad y certificados médicos, destrucción de documentos públicos, abusos de firmas en blanco y tenencia ilegítima de documentos de identidad ajenos, entre otros”.

Dentro de la estructura delictiva, la Justicia ubica a los abogados Iroz, Cagni, Díaz Suárez y a Balbuena como los responsables del estudio jurídico que conseguía las personas para tramitar irregularmente las jubilaciones por invalidez y quienes se encargaban de falsear las relaciones laborales y el grado de incapacidad.

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Como parte de la operatoria de falsear las relaciones laborales con empresas fuera de actividad, la Justicia ubica como involucrada a la contadora Livi y para adulterar el grado de incapacidad de las personas contaban con el apoyo, de acuerdo a la resolución, de médicos de la Comisión Médica -Fernández y Caliyuri– o de peritos oficiales -Cohelo o el mismo Fernández-.

La participación de estos ocho procesados son las que la Justicia da por inicialmente probadas hasta este momento, pero no descarta algún otro miembro de la organización o incluso “la connivencia de algún funcionario de la Anses, AFIP o de alguna otra dependencia del Estado”.

“La organización delictiva se valió de diversas irregularidades y maniobras ilícitas”, plantea la resolución judicial y, entre otras, señala algunas como “la instalación en el estudio jurídico de un consultorio médico que no estaría habilitado para tal fin” y  “ofrecimientos de dinero a médicos de la Comisión Médica Nº 12 para el caso de que tuvieran que intervenir sobre algún expediente de su estudio”.

 EL ROL DE LA COMISIÓN MÉDICA 

Las comisiones médicas de la la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) se encargan, en colaboración con Anses, de la determinación de invalidez en solicitantes. Para ello, emiten un dictamen técnicamente fundado de acuerdo a los procedimientos establecidos y con la aplicación de los contenidos de las Normas de Evaluación, Calificación y Cuantificación de Invalidez.

En su resolución, el juez Inchausti estableció que en base a las pruebas incorporadas en el expediente “se ha podido establecer que la organización tenía vínculos con profesionales médicos que desempeñaban sus funciones en el ámbito de la Comisión Médica Nº 12, organismo encargado de dictaminar previamente al otorgamiento de un RTI (retiro por invalidez) por parte del organismo de seguridad social” y plantea que “se han detectado diferentes hechos que podrían constituir ilícitos o por lo menos irregularidades en el marco de la actuación de miembros de la organización aquí investigada en el ámbito de la Comisión Medica Nº 12 de esta ciudad”.

Sobre este punto, explica que “la mayoría de los empleados administrativos y médicos de la Comisión Medica Nº 12 indican a Caliyuri como la persona que filtraría la información dado su relación con Luis Miguel Iros” y suma que “en el marco de la intervención realizada, se han detectado por lo menos dos hechos en los cuales uno de los abogados de la organización investigada, precisamente Iros, intentó ofrecer dinero u obsequios a médicos de la Comisión Medica Nº 12, ello con el fin de obtener dictámenes favorables”.

“Todo lo relatado demuestra la vinculación que habría existido entre miembros de la sociedad ‘Organización Jurídico Previsional’ y algunos de los profesionales de la Comisión Medica Nº 12 (en principio Caliyuri y Fernández) y cómo a partir de ello, los primeros habrían influido o intentado influir en las decisiones que se tomaban respecto de los dictámenes médicos”, determinó el juez.

 TAMBIÉN PERITOS OFICIALES 

En el marco de lo actuado hasta el momento en la causa, los investigadores pudieron determinar a partir de elementos obtenidos en los allanamientos, particularmente en la casa del médico Fernández, “que algunos de los médicos vinculados y partícipes de la organización delictiva también han actuado como peritos judiciales oficiales en causas que tramitaban los abogados de ‘Organización Jurídico Previsional SRL'”.

En ese sentido, los investigadores hallaron expedientes en los que se encontraba designado como perito oficial el propio Fernando Daniel Fernández o Miguel Roberto Coelho. “Pese a los testimonios que lo vinculan con el estudio de avenida Paso Nº 2890 desde por lo menos el año 2011, Coelho no habría hecho saber su relación con los nombrados ni se habría excusado de actuar en dicho expediente, por lo cual, se puede presumir que tal omisión haya sido por su participación de la organización delictiva aquí investigada”, sostiene el juez.

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 DISTRIBUCIÓN DE ROLES 

Dentro del estudio “Organización Jurídico Previsional S.R.L.”, la Justicia describe a Cagni como quien generalmente “actuaba como apoderado de los clientes ante Anses, pero en muchos casos también se habría otorgado poder a Iros y Diez Suárez”. Sobre estos dos últimos también señala que “estarían sindicados como los que intercedían en los trámites ante la Comisión Medica Nº 12 de esta ciudad, siendo esta función ejercida principalmente por Iros”. Y en cuanto a Diez Suárez apunta que “habría realizado diferentes presentaciones judiciales respecto de hechos que conforman esta investigación”.

Por su parte, sobre Balbuna, que no es abogado, la Justicia reseña que se desempeñaba “como administrador de la sociedad ‘Organización Jurídico Previsional SRL’ y sería la persona que, en su carácter de prestador de servicios no profesionales, analizaría toda la documentación necesaria para la concreción de los actos investigados”.

Sobre los profesionales que se desempañaban en la Comisión Medica Nº 12, a Caliyuri y Fernández, la Justicia los establece como quienes filtraban información a los abogados o que “habrían influido o intentado influir en las decisiones que se tomaban respecto de los dictámenes médicos”.

En cuanto a Caliyuri, la Justicia le asigna responsabilidad como parte de la asociación ilícita “a partir del aporte de información interna y privilegiada de la Comisión Medica Nº 12 y Comisión Medica Central, lugar en donde desempeñaba sus funciones, a miembros del estudio, particularmente a través de los imputados Iros y Balbuena”.

Y sobre Fernández el juez en un tramo de la resolución repara en que fue “despedido de la Comisión Médica Nº 12 por haber falsificado un dictamen médico en un trámite previsional realizado por Cagni” y señala que “un mes después de ello, con el mismo abogado realiza un pedido de RTI (retiro invalidez) en su beneficio”.

En tanto, sobre la contadora Livi, la Justicia entiende que “en su carácter de contadora y apoderada de ‘Organización Jurídico Previsional SRL’ habría realizado un aporte fundamental para llevar a cabo las maniobras”.

 

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01/06/2018