Sábado 20 de abril | Mar del Plata
12/07/2016

Revocan la excarcelación de tres policías acusados de robar droga

Lo resolvió la Cámara de Casación. Los efectivos de la Bonaerense están acusados de haber comercializado tres kilos de cocaína incautada en un falso allanamiento y de utilizarla para detener ilegalmente a una persona.

Revocan la excarcelación de tres policías acusados de robar droga
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

Tal como había solicitado la Fiscalía Federal General, la Cámara de Casación revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata que le había concedido la excarcelación a tres policías bonaerenses que están acusados de robar tres kilos de cocaína en un falso operativo, comercializarla y detener ilegalmente a una persona.

Leandro Damián Arenas, Daniel Alejandro Escurra y Abel Fernando Palomino, todos integrantes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, junto a otro efectivo y dos civiles, están acusados de haber robado en 2011 tres kilos de cocaína en una falsa redada a un traficante, de intentar venderla a terceras personas y de utilizar parte de ella para fraguar un procedimiento policial y detener ilegítimamente a una persona con el objetivo de “mejorar la imagen” del accionar policial en la ciudad.

La resolución de los recursos que había presentado meses atrás el fiscal general Daniel Adler fue tomada por la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Hernán Borinsky. Anteriormente, la Cámara ya había revocado la excarcelación concedida a uno de los coimputados –Laureano Emanuel Pérez Rodríguez— quien al momento del hecho era oficial principal de la Comisaría decimocuarta de Sierra de los Padres, donde ocurrió el hecho investigado.

Palomino y Escurra –los dos principales imputados- se encontraban detenidos desde el 5 de junio de 2014 hasta que le fue concedida la excarcelación por la Cámara Federal de Apelaciones el pasado 5 de febrero. El primero se encuentra procesado por considerarlo coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por haber sido cometido por más de tres personas organizadas y por su calidad de funcionario público encargado de la prevención.

Por su parte, Escurra está procesado por ser considerado coautor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por haber sido cometido por más de tres personas organizadas, por su calidad de funcionario público encargado de la prevención y por haber utilizado los estupefacientes para la comisión y por el delito de privación ilegítima de la libertad con abuso de funciones en concurso ideal con falsificación ideológica de instrumento público.

Al revocar la excarcelación, los jueces remarcaron que “resulta evidente que la pena máxima prevista respecto de los delitos en orden a los cuales fueron procesados supera ampliamente el monto de ocho años de prisión y que además su mínimo permite descartar la procedencia de una condena, en su caso, de ejecución condicional”. Asimismo, puntualizaron que “a esas pautas de carácter objetivo significativas de la seriedad de los delitos imputados y la eventual severidad de la pena que en caso de ser condenados le corresponderá, debe evaluarse la especial gravedad de las maniobras desplegadas”.

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12/07/2016