Jueves 18 de abril | Mar del Plata
07/01/2015

Agroquímicos: agotarán “todas las instancias” para revertir la cautelar

Lo confirmaron desde la Procuración municipal, tras la decisión de la Suprema Corte de suspender cuatro artículos de la ordenanza que regula el uso de sustancias. Volvió a entrar en vigencia la protección de mil metros para zonas habitables.

Agroquímicos: agotarán “todas las instancias” para revertir la cautelar
(Foto: archivo)

“Somos respetuosos de las decisiones judiciales, pero tenemos la expresa instrucción del intendente Gustavo Pulti de agotar todas las instancias judiciales posibles para poder revertir la medida cautelar”. Con esa frase, Mariano Perticarari, titular de la Procuración municipal, resumió los pasos a seguir tras la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires de ratificar la suspensión de cuatro artículos de la ordenanza que regula el uso de sustancias en el Partido de General Pueyrredon.

Si bien aclaró en varias oportunidades que el gobierno municipal acatará la decisión de la Justicia, el funcionario retrucó: “Consideramos que la ordenanza vigente es mucho más conveniente para la producción y para el medio ambiente”, en alusión a la situación que se generó tras la resolución.

Es que, dada la vigencia de la medida cautelar, desde el 23 de diciembre de 2014 se revirtió un punto clave en lo que hace a la aplicación de agroquímicos: volvió a entrar en vigencia la protección de mil metros para zonas habitables.

En diálogo con QUÉ, en la radio, Perticarari explicó que la Comuna fue notificada formalmente el pasado lunes y que, a partir de ese momento, se dispuso que, “en tanto y en cuanto no se resuelva el fondo de la cuestión, en lo que se refiere a esos artículos, se debe aplicar la ordenanza anterior”, es decir la 18.740, en lugar de la 21.296.

En lo que hace a los pasos a seguir, el titular de la Procuración precisó que, tras el rechazo por parte de la Corte del recurso interpuesto, no existe un Tribunal superior al cual apelar, ya que para acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación se necesitaría “un fallo definitivo y las cautelares no se consideran así”.

Sin embargo, y al ser una medida cautelar, lo que sí es posible es reiterar el pedido de levantamiento, “cuantas veces se considere necesario”. “El Municipio debe aducir algún hecho nuevo, que es lo que estamos analizando con las dependencias técnicas, para explicar a la Corte por qué se solicita nuevamente la revisión de su decisión”, indicó.

En cuanto a la postura del gobierno frente a esta situación, el profesional ratificó que consideran “que la ordenanza vigente es mucho más conveniente para la producción y para el medio ambiente que la anterior”, pero que dado que la medida cautelar está vigente, trabajan en la comunicación a los productores en relación a las nuevas disposiciones.

“Es un tema bastante técnico y la postura del Municipio es que la ordenanza nueva establece más controles que la anterior; el tema de los metros es importante pero no es el único a tener en cuenta”, enfatizó Perticarari, quien destacó también que las nuevas reglamentaciones “son mucho más favorables al medio ambiente, al margen de la distancia”.

Finalmente, desde la Procuración repararon en que, mientras se avanza puntualmente con la medida cautelar, sigue pendiente una cuestión no menor: la inconstitucionalidad (o no) de la norma. “Esa es la cuestión de fondo, de la cual nos notificaremos espontáneamente y contestaremos la demanda para poder darle un cierre a esta situación”, apuntó.

¿COLECTIVA O PARTICULAR?

Inicialmente, desde la Secretaría de Desarrollo Productivo se había asegurado que la medida cautelar dictada por la Justicia no tenía injerencia sobre todo el territorio sino solo sobre un particular. Quienes iniciaron la demanda afirmaron lo contrario, y adujeron que era imposible que una medida se aplicara sobre un individuo cuando la ordenanza rige para todo un Partido.
Finalmente, en su última resolución, la Corte confirmó que la cautelar es de alcance colectivo. Y desde el Municipio, también, admitieron esa realidad.

“Cuando en septiembre nos notificaron la cautelar, el oficio de la Corte nos manifestaba que de los quince o veinte actores solo uno había prestado caución juratoria y que por lo tanto la medida cautelar se aplicaba a esa persona. En esta oportunidad, se amplió la vigencia de la cautelar y se la ha decretado de carácter colectivo”, puntualizaron.

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07/01/2015