Jueves 25 de abril | Mar del Plata
19/05/2017

La Justicia suspendió el aumento de la luz en la Provincia

Es por una presentación de la Defensoría del Pueblo.  El juez Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, Luis Arias, dejó sin efecto la resolución del Ministerio de Infraestructura y resolvió que las empresas deben respetar los beneficios de la tarifa social.

La Justicia suspendió el aumento de la luz en la Provincia
(Foto archivo QUÉ Digital)

La Justicia suspendió el aumento de la luz, que contemplaba subas de cerca del 60%, en la Provincia de Buenos Aires tras un planteo de la Defensoría del Pueblo, en el que se había denunciado que “el incremento provoca serias afectaciones, al no haberse respetado el derecho constitucional al resguardo de los intereses económicos de los consumidores”.  

La decisión estuvo a cargo del juez Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, Luis Arias, quien determinó que debe quedar sin efecto la resolución del Ministerio de Infraestructura, por la cual el gobierno provincial había oficializado el último incremento en los valores de la energía eléctrica.

Asimismo, el magistrado planteó que ante esta medida las empresas Edelap, Eden, Edes y Edea no deben afectar la prestación de los beneficios de la tarifa social, el que se ofrece a los electrodependientes y a las entidades de bien público.

Celebramos el fallo porque reconoce una de nuestras grandes preocupaciones, que es la que tiene que ver con que los consumidores están hace tiempo afectados por subas en todos los servicios”, reconoció el defensor del pueblo Guido Lorenzino, y agregó: “Seguiremos defendiendo el bolsillo de la gente, porque es inadmisible que el único camino que se tome sea que los usuarios se hagan cargo de todas las fallas del sistema”.

EL RECLAMO DE LA DEFENSORÍA

En su presentación ante la Justicia, la Defensoría denunció que este incremento “provoca serias afectaciones, al no haberse respetado el derecho constitucional al resguardo de los intereses económicos de los consumidores“. Además, indicó que no se demostró correlación entre los ingresos medios de las familias y el aumento.

A su vez, cuestionó que el aumento de la tarifa prevea un importe a cuenta de la ejecución de obras futuras. “Este ítem hace que el incremento tenga carácter de tributo que, como todo impuesto, tiene que ser determinado por ley”, explicaron.

El otro considerando tiene que ver con que no se tuvo en cuenta lo que expresó el Defensor del Pueblo en las audiencias públicas para tratar estas subas. “La aceptación o el rechazo de lo que se diga en estos encuentros, por más que no sean vinculantes, tiene que quedar de manifiesto en los considerandos del aumento, circunstancia que en esta oportunidad se pasó por alto, lo que hace que la audiencia sea considerada nula”, agregó Lorenzino.

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19/05/2017