Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
26/05/2017

Temporal: “La emergencia era una medida esperada”

Tras las consecuencias de los últimos fenómenos meteorológicos, desde la UCIP destacaron la decisión del gobierno nacional de incluir en la zona de declaración de desastre y emergencia a General Pueyrredon.

Temporal: “La emergencia era una medida esperada”
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

En el marco de los distintos reclamos tras las consecuencias del temporal que azotó a la ciudad en abril -y que dejó como saldo zonas inundadas, evacuados, calles intransitables y comercios afectados-, desde la Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) destacaron la decisión del gobierno nacional de incluir al Partido de General Pueyrredon en la zona de declaración de desastre y emergencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.355, publicada en el Boletín Oficial.

En ese sentido, el representante de la Unión de Producciones Regionales Intensivas (UPRI) de la UCIP, Gastón Viani, reparó en el hecho de que “debido al último fuerte temporal que azotó a la ciudad de Mar del Plata los productores sufrieron pérdidas directas debido a las inundaciones e indirectas provocadas por la pérdida de calidad de todo aquello que estaba sembrado en los campos.” Además destacó que “la declaración de la emergencia para el Partido de General Pueyrredon era una medida esperada por quienes deben afrontar el conjunto de problemáticas que les han ocasionado los fuertes vientos y las intensas lluvias”

Mientras algunos sectores avanzan con los cuestionamientos al gobierno local en relación a las respuestas tras las consecuencias del temporal -tanto para los vecinos de la ciudad como para los empresarios-, desde la entidad ahondaron en el impacto de la declaración del Partido como “zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social”, según establece la Ley 27.355, publicada en el Boletín Oficial y e alusión a partidos, departamentos, localidades y parajes pertenecientes a once provincias.

Entre otros aspectos, la norma aborda cuestiones relativas a ayuda económica, planes sociales, asistencia técnica y financiera, regímenes especiales de pago y readecuaciones partidarias para los sectores más afectados por lo sucedido durante el mes de abril, con lluvias, viento y un fenómeno que se extendió durante días e incluso semanas en algunos casos.

En ese marco, desde la UCIP repararon en el artículo 2 de la ley, teniendo en cuenta que el mismo establece que “el Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta (30) días, un fondo especial con aportes del Tesoro nacional para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, los que serán distribuidos de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación con las provincias y los municipios.

“Esto permitirá a los productores damnificados acceder a líneas de créditos subsidiadas que le permitan paliar la situación”, ponderaron desde la entidad que nuclea a los comerciantes.

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26/05/2017