Viernes 19 de abril | Mar del Plata
15/09/2020

Autocine en Mar del Plata: a un paso de regular los “autoeventos”

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto de ordenanza de la UCR para permitir y habilitar actividades culturales a las que se podría asistir sin salir del auto.

Autocine en Mar del Plata: a un paso de regular los “autoeventos”
(Foto: ilustrativa/ Qué digital)

Ante el avance del coronavirus, en Buenos Aires comenzaron a probar la modalidad autocine para realizar shows. En este marco, en Mar del Plata el Concejo Deliberante aprobó semanas atrás un proyecto de ordenanza y ahora se espera la promulgación y reglamentación de la iniciativa que apunta a crear, regular y habilitar en un futuro “autoeventos” con el objetivo de fomentar actividades recreativas, culturales o religiosas sin salir del auto, y cuando así lo habiliten las normativas de aislamiento vigentes.

El proyecto de “autoeventos” es una iniciativa de la presidenta del bloque de concejales de la Unión Cívica Radical Vilma Baragiola que fue presentada en mayo. Luego, tuvo tratamiento en las comisiones de Legislación, Promoción, Educación y Cultura, fue aprobada por unanimidad -tras la incorporación de algunas modificaciones- por el Concejo Deliberante a fines de agosto y aún están pendiente la promulgación del intendente Guillermo Montenegro.

De esta forma, y ante el avance de la pandemia, se proyecta la posibilidad de que se ponga en práctica la modalidad autocine en Mar del Plata, o como se denomina el proyecto “autoeventos”, ya que contempla tanto la proyección de material audiovisual como la realización de encuentros artísticos, por ejemplo, funciones teatrales, recitales, conciertos, desfiles o actividades religiosas. Cabe recordar que en la ciudad funcionó en el 33° Festival Internacional de Cine un autocine en el playón de estacionamiento del Museo MAR.

Según establece el artículo 2 del proyecto de ordenanza aprobado, se podrán dar “al aire libre y en lugares públicos y/o privados que permitan el estacionamiento de vehículos para la asistencia del público”. De esta forma, no habrá necesidad de circular o salir del vehículo.

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El expediente señala que se deberán cumplir con “normas de salubridad” tanto en espacios públicos como privados. Para eso los predios deberán contar con arcos sanitizantes tanto en el ingreso como en el egreso del mismo y estará prohibido ingresar caminando. Además, las personas que asistan tendrán que cumplir con los protocolos de prevención e higiene.

En cuanto a la venta de entradas para el autocine en Mar del Plata, o en este caso “autoeventos”, el proyecto establece que “la venta deberá ser digital y bajo ningún concepto se permitirá venta en puerta”. En cuanto al uso del espacio, se especifica que se deberá delimitar un sector para el estacionamiento exclusivo de cada vehículo respetando una distancia de 1,50 metros. Además, el predio deberá contar con un baño cada 30 personas.

El proyecto también establece que todas las instalaciones y cualquier espacio que esté en contacto con las y los usuarios deberá ser desinfectado antes y después de cada función. Asimismo, los puestos de comida también conocidos como food-trucks que vendan alimentos o bebidas deberán designar personal para la atención al público y recolección de residuos en el predio.

En este marco, los lugares que practiquen la modalidad “autoeventos” deberán cumplir con distintas modalidades de organización y seguridad. Así, las proyecciones o eventos deberán finalizar c”omo máximo 20 minutos antes del horario que indique el Departamento Ejecutivo para el cese de actividades”.

En cuanto al formato autocine en Mar del Plata, el sistema de sonido de las proyecciones de material audiovisual deberá “obligatoriamente transmitir la señal a través de frecuencia modulada, bluetooth o similar”.

Para la venta de alimentos o bebidas se deberá implementar un sistema de “pedido digital o compra al ingreso, sin descender del vehículo”. Y el texto de la propuesta aprobada fija que las o los conductores no podrán consumir bebidas alcohólicas dentro del predio.

El expediente también remarca en el artículo 6 que los responsables de los establecimientos que incumplan con la ordenanza serán “penalizados con las sanciones previstas en el Código de Faltas Municipal”.

En la sesión en la que se aprobó la iniciativa, la misma fue debatida e incluso se incorporaron modificaciones para contemplar la participación de gestores culturales locales. Por lo cual tendrán prioridad para la habilitación de este tipo de formato las empresas y/o productoras locales que “se encuentren habilitadas para la explotación de salas cinematográficas y/o cualquier otra expresión cultural o religiosa”.

Al respecto, la ordenanza establece en el artículo 8 como autoridad de aplicación y fiscalización a aquel que el Departamento Ejecutivo determine a través de la Subsecretaría de Inspección General y a la Secretaría de Seguridad.

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15/09/2020