Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
25/02/2021

Salas de cine: la reapertura será a partir de marzo con una capacidad del 30%

Así lo dispuso la Provincia luego de que el gobierno nacional autorizara la reapertura bajo protocolo. La organización deberá ser por turnos.

Salas de cine: la reapertura será a partir de marzo con una capacidad del 30%
(Foto: ilustrativa/ Qué digital)

El gobierno nacional autorizó este jueves la reapertura de las salas de cine a través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, una para la Provincia de Buenos Aires y otra para Capital Federal. Y si bien la resolución a nivel nacional sugiere una capacidad de las salas que no supere el 50%, el gobierno bonaerense confirmó que la reapertura de los espacios será a partir de marzo con un aforo permitido del 30%.

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense finalmente este jueves habilitó la apertura de las salas y complejos cinematográficos en la Provincia desde marzo. A partir de la resolución que se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, el gobierno provincial aprobó la “apertura con un 30%” de aforo.

De esta manera, el gobierno de la provincia de Buenos Aires habilitó la reapertura con un aforo igual al de las salas teatrales y fijó la fecha para que vuelvan a abrir las salas de cine, en sintonía con la resolución firmada por el jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, que establece que la actividad queda autorizada para realizarse bajo “el protocolo de higiene y seguridad covid-19” para garantizar la reapertura de salas de cine.

Por lo cual, en la Provincia, y por ende en Mar del Palta, a partir de marzo dentro de las salas de cine el uso de barbijo será obligatorio y solo se podrá quitar para “ingerir alimentos o bebidas”. La norma también establece que se tendrán que organizar “turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene” para disminuir el riesgo de contagio de covid-19.

En concreto, el documento señala que los o las titulares o responsables de las salas de cine deberán “garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores”, por lo cual las salas de cine tendrán que ser higienizadas y sanitizadas antes y después de cada función.

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Cada sala de cine tendrá que establecer un cronograma con horarios de funciones que va a depender de la programación y las instalaciones para “evitar la congestión de público” que asista al ingreso y egreso de cada función.

Si las condiciones arquitectónicas lo permiten, la ventilación de la sala tendrá que ser natural, con las puertas abiertas –tanto las de ingreso como las de la salida de emergencia- durante al menos 10 minutos entre función y función. En los casos que no se pueda cumplir con la ventilación natural exterior se deberán realizar “renovaciones por medio de inyección y extracción de aire forzada y/o complementar renovaciones con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado”.

El anexo también establece medidas de capacitación del personal para reforzar la comunicación, seguimiento y registro ante casos sospechosos de covid-19.

MEDIDAS PREVENTIVAS DENTRO DE LAS SALAS DE CINE

De acuerdo a la resolución aprobada, dentro de cada sala se van a establecer “burbujas sociales de recreación”, que no podrán superar las 6 personas, lo cual permite compartir un mismo espacio y se tendrá que cumplir con la distancia entre grupos de personas no vinculadas. La distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 a 2 metros como mínimo. Y no se va a permitir el “desplazamiento de público durante el espectáculo”.

A su vez, las y los empleados tendrán que desarrollar tareas de limpieza y desinfección en superficies “potencialmente contaminables” como mostradores, barras y picaportes. Los lentes 3D tendrán que ser “desinfectados después de cada uso” por el personal que trabaja en la sala.

La norma resalta que en las salas de cine se tendrán que “usar tapabocas, no llevarse las manos a la cara, desinfectar con jabón, detergente y/ alcohol los objetos”, por lo cual cada sala deberá ofrecer espacios que dispongan de alcohol en gel o alcohol al 70%. También establece el control de la temperatura de las y los espectadores como de sus trabajadores la cual deberá ser menor de 37.5°C.

Las salas deberán incentivar que el público pueda sacar las entradas a través de medios digitales de compra y pago tanto para las entradas como para comida y bebida.  Y permite brindar un servicio gastronómico y de “Candy bar”, que deberá adecuar el funcionamiento al protocolo establecido.

Por último, la resolución administrativa del gobierno nacional establece que el gobierno de la provincia de Buenos Aires “podrá limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar”.

Y además, detalla que la reapertura de las salas de cine “podrá ser dejada sin efecto por la autoridad local, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme la evolución epidemiológica”.

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25/02/2021