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23/02/2023

Lucía Pérez, segundo juicio: el fiscal pidió prisión perpetua para Farías y 20 años para Offidani

Ratificó la acusación por abuso sexual y femicidio en carácter de autor para Farías y de partícipe secundario para Offidani.

Lucía Pérez, segundo juicio: el fiscal pidió prisión perpetua para Farías y 20 años para Offidani
(Fotos: Qué digital)

Al ratificar la acusación por los delitos de abuso sexual y femicidio, el fiscal Leandro Arévalo pidió que se condene a prisión perpetua a Matías Farías y a 20 años de prisión a Juan Pablo Offidani, los dos acusados en el segundo juicio por Lucía Pérez que se lleva adelante en el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata.

Mientras afuera nuevamente se realizaba una concentración de allegados a la adolescente de 16 años con la compañía de organizaciones y el seguimiento de lo que sucedía en la sala a través de una pantalla, en el sexto piso de Tribunales este jueves el fiscal dio inicio a la etapa de alegatos, en el que cada parte brinda sus conclusiones en base a la prueba producida y los posibles pedidos de pena.

De esa manera, y tras dos horas de exposición, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que los jueces condenen a Farías, de 29 años, a la pena de prisión perpetua por considerarlo autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de sustancias estupefacientes y por ser en un contexto de  violencia de género en concurso ideal con femicidio”.

Y para Offidani, de 47 años, solicitó 20 años de prisión, al plantear que tuvo un rol de partícipe secundario en el hecho. Sobre ese punto radica la diferencia entre los acusadores ya que para las abogadas de la familia de Lucía el rol de Offidani debe ser considerado como de partícipe necesario. De manera subsidiaria, en función de una distinta interpretación de la normativa, el fiscal solicitó que se le impongan 15 años como pena.

Y teniendo en cuenta la condena previa de ocho años impuesta a los dos acusados en el primer juicio de 2018 por venta de drogas Arévalo pidió que se aplique un criterio “acumulativo y no composicional” a la hora de fijar la pena única, y que sea perpetua en el caso de Farías y de 28 años de prisión para Offidani.

En el primer juicio realizado en 2018, cabe recordar, la fiscalía había pedido perpetua para Farías y 18 años de prisión para Offidani, en tanto que la familia había requerido dos condenas a perpetua.

Para ambos, a la hora de valorar la pena a pedir, el fiscal requirió en este segundo juicio que se consideren como agravantes, entre otros aspectos, que se trata de una víctima menor de edad, el aprovechamiento de una dependencia a las drogas y  el contexto generalizado de violencia de género. Sobre las características personales de Offidani señaló su “carácter perverso” por ser “adicto a la pornografía”. Y en el caso de Farías sumó su “falta de arrepentimiento” y “usurpación del rol de víctima”

La audiencia de este jueves, a diferencia de las anteriores en las que pasaron las y los testigos, fue seguida por parte de los acusados a través de una videoconferencia desde las cárceles de Florencio Varela y de Batán en las que están detenidos.

Tras el alegato del fiscal, este mismo jueves expusieron las abogadas de la familia de Lucía, Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, quienes pidieron la pena de prisión perpetua para los dos acusados al considerar, a diferencia de la fiscalía, que Offidani fue partícipe necesario o primario. El martes que viene, mientras tanto, será el turno de las defensas representadas por Laura Solari y César Sivo, que ya adelantaron que buscarán la absolución de ambos al considerar que no existió un abuso sexual sobre la adolescente.

El fiscal Arévalo en su alegato remarcó que desde el inicio de su vinculación, a través de la venta de droga, Farías tenía la intención de “quebrantar la voluntad de Lucía” y remarcó que, además de esa venta de drogas, tenía ese “otro plan”: mantener relaciones sexuales “por la vía en que fuera posible” y aprovechándose de su rol de vendedor ante adolescentes menores de edad. Para eso, graficó, el acusado se dirigió a vender la droga hasta la puerta de la escuela a la que asistía la adolescente.

Asimismo, planteó que al momento del hecho, ya en su casa, Farías concretó un “suministro indeterminado de cocaína para lograr quebrantar su voluntad”.

Entonces, el fiscal consideró que el acusado mantuvo actitudes de “machismo salvaje” ante “una nena de 16 años”. A su vez enumeró distintas pruebas que a su entender denotan que “no había interés de Lucía” en mantener alguna relación con Farías para desacreditar la postura de las defensas.

La relación desigual de poder está presente en todo momento en este caso”, definió tras trazar diversas variables que hicieron a la vulnerabilidad de Lucía y señaló como elementos sobresalientes “la misoginia y utilización de la mujer como un mero objeto de satisfacción”.

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LOS HECHOS

Al igual que ocurrió en el primer debate realizado en 2018 en el que Farías y Offidani terminaron condenados por venta de drogas pero absueltos por los delitos de abuso sexual y femicidio -en una sentencia después anulada y fuertemente criticada por su falta de perspectiva de género-, la clave de este segundo juicio vuelve a ser la valoración de lo que ocurrió en el interior de la casa del barrio Alfar en la que vivía el principal acusado.

La investigación del caso da cuenta que Farías había conocido a Lucía Pérez el viernes 7 de octubre de 2016 al venderle marihuana junto a una amiga afuera de la Escuela Media N°3. A eso le siguió un intercambio de mensajes que derivó en que al día siguiente, el sábado 8, la pasaran a buscar en la camioneta de Offidani -en la misma que se desplazaban al momento de la venta de drogas- para ir hasta la casa de Farías.

Para el fiscal, los hechos se desarrollaron de la siguiente manera: el 8 de octubre de 2016 Farías en colaboración con Offidani en su camioneta pasaron a buscar a Lucía en cercanías de su casa. Luego, la trasladaron a la casa de Farías en el barrio Alfar con la finalidad de abusar sexualmente de ella conociendo su condición de menor de edad y de consumidora de drogas. Este último, remarcó el fiscal, terminó por ser el medio para cometer el crimen.

Una vez en la casa, ya sin Offidani presente, Farías le suministró cantidades indeterminadas de drogas, principalmente cocaína. Y después en un “indudable contexto de violencia de género” abusó sexualmente de ella en varias oportunidades. Arévalo planteó que a lo largo de la prueba se constató que ese abuso fue “brusco y/o violento” y que se presentaron lesiones en la zona genital en ese sentido.

Todas esas circunstancias, concluyó, derivaron en la muerte de la adolescente a partir de una asfixia tóxica, con congestión y edema pulmonar, según definió la Junta Médica.

Tras ese episodio, reconstruyó el fiscal, cerca de las 15 Offidani -con Alejandro Maciel, acusado por encubrimiento en el primer juicio, absuelto y luego fallecido en 2020- regresó en su camioneta en la casa para “continuar colaborando” y “prestando asistencia” a Farías: afirmó que primero ayudó a acondicionar el cuerpo -no a lavarlo, acción que descartó a partir de las pruebas presentadas- y después trasladarlo a la sala de salud de Playa Serena.

DESIGUALDAD Y ABUSO

Como parte de su alegato, y como una característica central que hace al debate, el fiscal Arévalo se adentró en el análisis de acusados y víctima como personas completamente “desiguales” basado en aspectos centrales como la diferencia de edad y de género.

“¿Cómo vamos a hablar de iguales sobre una persona que tiene 16 años frente a una que tiene 23?, cuestionó e hizo referencia a aspectos de la vida de cada uno. En el caso de Lucía, se refirió a ella como una adolescente de 16 años que vivía con sus padres y que concurría a la escuela secundaria, y en cuanto a Farías, habló de un hombre en “otra etapa de enfrentamiento de la vida” con dos hijos, separado de su pareja, vendedor de drogas y “sin fuente de ingreso lícita conocida”. Lucía era consumidora y en ese contexto claramente no está en igualdad de condiciones con el que vende”, apuntó en ese sentido.

También, en base al análisis de los celulares y de otras medidas de prueba, el fiscal consideró que a la salida de la escuela a la que concurría Lucía el acusado “no iba en busca de clientes” sino “en busca de alguien para satisfacer el apetito sexual (sic)”. Iban a buscar nenas, eso es lo que iban a buscar”, insistió. 

En otro tramo cuestionó la “misoginia” de los dos acusados al graficar una conversación entre ambos: mientras Lucía estaba en la casa del barrio Alfar Farías le pedía a Offidani que le llevara preservativos porque ya había gastado varios. “Qué grande le respondió Offidani”, remarcó el fiscal y apuntó: “Eso le respondió sabiendo que estaba con una menor a la que le estaba suministrando droga”. “Es la misoginia por donde se lo quiera ver”, completó. 

Por otro lado, también en base a esas conversaciones por celular, el fiscal entendió que “no hubo ningún interés de Lucía en Farías” más allá de la venta de marihuana. “A Farías le dejaba en claro que no era su deseo una actividad compartida”, analizó.

Ya más adelante, en su alegato remarcó que las “relaciones mantenidas claramente no fueron consentidas”. Y volvió a enfatizar en el “plan” de Farías: “La selección que hizo Farías de ir a colegios en busca de adolescentes no fue caprichosa, estaba orientada”.

También se apoyó en los dichos de peritos en el juicio respecto a que la cocaína puede actuar como una “droga de sumisión que permite ejercer violencia sobre la víctima”. E hizo referencia a las lesiones detectadas en la zona genital durante la autopsia aunque también hizo foco en negar la afirmación o creencia de que “para que haya violencia tiene que haber signos de lucha o violencia”. “En este caso hay de todo menos consentimiento”, concluyó.

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23/02/2023