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27/11/2022

Pampillón procesado: las pruebas que lo ubican como líder neonazi de Mar del Plata

Actos de violencia, odio, discriminación e intolerancia fueron algunos de los conceptos marcados por el juez Inchausti al procesarlo como jefe de los ataques ocurridos entre 2013 y 2016.

Pampillón procesado: las pruebas que lo ubican como líder neonazi de Mar del Plata
(Fotos: archivo / Qué digital)

Los once ataques neonazis probados en el juicio que terminó con siete condenados en 2018, su participación en un acto de amedrentamiento contra alumnos del Colegio Nacional Buenos Aires en 2013, el accionar organizado y violento contra participantes del Encuentro Nacional de Mujeres en Mar del Plata en 2015, los daños provocados en el monumento Memoria, Verdad y Justicia de la Base Naval y el Centro de Residentes Bolivianos, un nuevo caso de una golpiza que no llegó a ser juzgado en 2018 y nuevo material probatorio que demuestra su directa vinculación con los ya condenados son los elementos que llevaron al dirigente de ultraderecha Carlos Pampillón a ser nuevamente procesado por la Justicia Federal, ahora acusado de ser el jefe de la organización juzgada y condenada -en buena parte- en 2018.

Los procesamientos de Carlos Pampillón por liderar la organización y los de Rodrigo De los Santos y Rodrigo La Puente (hoy de 19 y 20 años) por integrarla y cometer agresiones físicas y amenazas, fueron dictados este viernes por el titular a cargo del Juzgado Federal Nº1, Santiago Inchausti, a cuatro años y medio de terminado el juicio que condenó a siete jóvenes que ya recuperaron la libertad ya sea por haber cumplido el monto de la pena impuesta o por morigeraciones implementadas en el cumplimiento de las condenas.

Esas condenas dictadas por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata en mayo de 2018 fueron confirmadas en febrero de 2020 por la Cámara de Casación Penal y en agosto pasado la Corte Suprema de Justicia cerró el último camino posible para las defensas al rechazar por inadmisibles sus recursos extraordinarios contra la sentencia.

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Pero la investigación sobre los ataques concretados bajo idea supremacistas y discriminatorias entre 2013 y 2016 en Mar del Plata no terminó en el aquel histórico juicio sino que siguió en una causa complementaria que, impulsada en el último tiempo por el fiscal Santiago Eyherabide, derivó ahora en los tres nuevos procesamientos entre ellos el de Pampillón por ser el jefe de esa organización.

Inchausti definió que el dirigente neonazi aplicó “violencia verbal y exacerbación de prejuicios basados en cuestiones ideológicas, raciales o religiosas” lo que constituye “una intolerancia social en la cual se trata de imponer de manera totalmente arbitraria al sistema democrático sus ideas, basadas en la fuerza y temor“.

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En la resolución emitida este viernes, el juez Inchausti reparó en que la existencia de la organización criminal y varios de los hechos delictivos contenidos en la acusación ya fueron probados en el juicio realizado en 2018, por lo que en muchos de ellos sólo se evaluó la participación -o no- de los nuevos acusados y destacó la incorporación de solo un hecho nuevo como tal que tuvo a un joven como víctima de una golpiza.

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Así, el dictamen impulsado por la Fiscalía Federal Nº2 y lo establecido por el juez en su resolución dan cuenta de que la acusación encuentra sus antecedentes en los once hechos ya probados por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata y confirmados por la Cámara de Casación, ocurridos entre 2013 y 2016 con amenazas de muerte, insultos, amedrentamientos con armas, persecuciones, golpizas, pintadas neonazis y daños.

Pero también en otros hechos que no formaron parte directa de las condenas aplicadas en el juicio: un acto intimidatorio realizado en 2013 en el marco de la toma del Colegio Nacional Buenos Aires en la Ciudad de Buenos Aires, daños causados al monumento Memoria, Verdad y Justicia y al Centro de Residentes Bolivianos -por los cuales Pampillón fue beneficiado con una probation y finalmente sobreseído pese a probarse su participación-; el violento accionar en el Encuentro Nacional de Mujeres en inmediaciones de la Iglesia Catedral; y la vinculación probada en diversos audios y comunicaciones entre Pampillón y algunos de los condenados como Nicolás Caputo y Franco Pozas.

En el caso del accionar violento en el marco del Encuentro de Mujeres de 2015, el episodio ya había sido mencionado por los jueces del juicio de 2018 aunque no formó parte directa de la acusación. “Hace 2 semanas venía preparando la defensa de la Catedral de las lacras esas, se repudrió todo el domingo, estuvimos un rato presos y nos dejaron salir para que la pudiéramos seguir”, reseñaron en la sentencia que le escribió Nicolás Caputo a otra persona dos días después de los incidentes y que ahora volvió a ameritar el análisis judicial.

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En la resolución de Inchausti se señala también que en aquella oportunidad Nicolás Caputo y Olexandr Levchenko -dos de los ya condenados- atacaron a un grupo de mujeres que se manifestaban a favor del aborto, y fueron aprehendidos por la Policía Local alrededor de las 16:20 para después ser liberados. Esa situación fue alertada por la comisión organizadora del evento, desde donde vincularon el hecho directamente con Pampillón.

Con respecto al amedrentamiento desplegado contra alumnos del Colegio Nacional Buenos Aires en septiembre de 2013, el juez dio por probado que Pampillón formó parte de un grupo que tras haberse producido disturbios en una iglesia en el marco de la toma, viajó hacia la Ciudad de Buenos Aires para participar del acto de intimidación junto a otro joven ahora procesado, La Puente, y a dos ya condenados Alan Olea y Franco Pozas.

La resolución del juez también se apoyó en conversaciones extraídas del celular del condenado Nicolás Caputo y del propio Pampillón en las que le da “indicaciones directas de lo que debe hacer” en torno a las denuncias en su contra y en otras del también condenado Franco Pozas en las que el magistrado entendió que se “reafirma” el liderazgo de la organización por parte del dirigente de ultraderecha.

En ese material incautado del celular aparecen fotos de Pampillón reunido con varios de los jóvenes condenados, y en una de ellas se ve puntualmente a Pozas mostrando su puño izquierdo con lo que sería una manopla de acero.

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Para el juez, a partir de las distintas conversaciones y fotos encontradas, quedó acreditada “la coexistencia de un grupo de organizaciones que, interrelacionadas entre sí, reconocían a Carlos Pampillón como líder o conductor de las mismas”. Y eso el magistrado lo ilustró también con dos audios del propio acusado:

  • “El grupo se maneja como digo yo y se terminó, al que no le gusta se va y listo, a la mierda, ya se me está acabando la paciencia. Las casas particulares no se tocan, salvo que sea algo personal y eso lo dispongo yo. ¿Queda en claro? Al que no le gusta, se va”.
  • “No tengo nada que hablar yo, los que están conmigo están conmigo y listo. Las cosas están separadas. Yo no quiero cagadas ni que me manejes las cosas. El Fonapa y La Giachino las manejo yo. Los pelados hagan lo que quieran. Quieren estar están, no quieren estar no están. Listo. Es una posibilidad para ustedes no para mí. Para mí es un honor estar todos juntos, pero las cosas las manejo yo, nadie se infiltra, nadie me maneja mis cosas, punto y aparte. Te gusta bien, no te gusta a otra cosa mariposa”.

LAS INDAGATORIAS

La declaración indagatoria de Pampillón en la causa se llevó a cabo en dos tramos: el primero el 12 de octubre y el segundo el 10 de noviembre. Acompañado por el abogado Pablo Romano, el acusado negó todos los hechos, afirmó que el proceso penal abierto lo afecta personalmente y que la acusación constituye una “persecución” en su contra, según reseñó el juez.

También llegó a decir que atribuía el avance de la causa a “su rectitud personal ya que siempre le fueron ofrecidos cargos políticos o dinero y que no los aceptó”, y afirmó que “nunca ordenó algún acto de violencia” y que la imputación era “una construcción forzada, atemporal y que carecía de lógica con un tinte de persecución ideológica”.

Por su parte, tanto De los Santos como La Puente, acompañados por sus abogados Agustín Robbio y Cristian Moix, respectivamente, se negaron a prestar declaración.

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Al primero de ellos, además de formar parte de la organización, se lo señala por haber participado en uno de los hechos ya juzgados en el que una joven fue amenazada de muerte en octubre de 2013 por pertenecer al colectivo punk al grito de “los vamos a matar, son unas lacras para la sociedad… los vamos a matar uno por uno, sabemos dónde se juntan”.

A La Puente, por su parte, se lo acusa de dos de esos hechos ya juzgados: realizar amenazas de muerte contra un joven al grito de  “¿vos sos punk?” mostrándole una manopla, un cuchillo y un tatuaje con un águila y una cruz esvástica, como también el ataque al local “Nevermind” donde rompieron dos vidrios y dañaron las paredes de su fachada además de amenazar de muerte mediante expresiones discriminatorias hacia las personas que se encontraban en su interior.

Además, se le sumó un hecho nuevo que no fue juzgado en 2018: una golpiza concretada en 2013 contra un joven en la zona de Luro y Marconi a quien le provocaron fracturas en las costillas, un corte en la cara y le marcaron una esvástica en una mano.

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“ODIO, DISCRIMINACIÓN E INTOLERNCIA SOCIAL”

Al dictar los procesamientos sin prisión preventiva de los tres acusados a los que además se les impuso la prohibición de salida del país sin autorización previa y se les trabó un embargo de $5 millones, Inchausti analizó que “son elocuentes los testimonios que vinculan a los indagados en la presente contingencia, así también resulta profuso el cuadro probatorio reunido”.

Y definió que esos elementos de prueba dan cuenta que Pampillón “asumió el rol de líder de distintas agrupaciones que a nivel local se interrelacionaban entre sí y a su vez era reconocido como tal dentro de los distintos escenarios fascistas de la ciudad” por lo que remarcó que “indistintamente de su participación o no en los hechos materiales por los cuales el Tribunal Oral Federal impuso condena a los restantes imputados, no se puede dejar de destacar la influencia que ejercía sobre tales organizaciones“.

Así, planteó que las agrupaciones investigadas “promovieron la intranquilidad pública, mediante la implementación sistematizados actos de violencia con fundamento en cuestiones de odio y discriminación”.

Y concretamente sobre Pampillón, afirmó: “Aplicó recursos de distinta índole para fomentar y organizar este tipo de asociaciones cuyo fin primordial era crear la intranquilidad pública valiéndose de la violencia verbal, exacerbación de prejuicios basados en cuestiones ideológicas, raciales o religiosas. Todo esto, constituye una intolerancia social en el cual se trata de imponer de manera totalmente arbitraria al sistema democrático sus ideas, basadas en la fuerza y temor”.

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27/11/2022