Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
24/11/2022

Torturas contra dos adolescentes: límites al accionar policial y protección de la salud

La Justicia hizo lugar a un habeas corpus preventivo presentado por la Comisión por la Memoria en representación de las familias.

Torturas contra dos adolescentes: límites al accionar policial y protección de la salud
(Foto: archivo / Qué digital)

La declaración de inconstitucionalidad de la aplicación en niños, niñas y adolescentes de un artículo de la ley que habilita a la Policía a limitar la libertad de las personas por averiguación de identidad, la orden de que los efectivos “den acabado cumplimiento” de distintas pautas dispuestas y el pedido de que organismos municipales y provinciales adopten medidas para proteger la salud de las víctimas son algunas de las definiciones trazadas por la Justicia al hacer lugar a un habeas corpus preventivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) en representación de las familias de los dos adolescentes de 14 y 16 años que fueron torturados en septiembre por un grupo de policías en el barrio Libertad.

Mientras tres de los cuatro policías acusados siguen detenidos tras el dictado de la prisión preventiva en la causa penal en la que se investiga su accionar, semanas atrás desde la CPM, que se presentó como particular damnificado institucional en esa causa, inició de manera paralela un habeas corpus preventivo con el objetivo de que se garantice la seguridad de las familias que se animaron a denunciar los hechos, entre otros puntos que tiendan a prevenir la vulneración de derechos y garantías de las víctimas y sus familiares.

Esa tramitación quedó a cargo del Juzgado de Garantías del Joven a cargo de jueza Mariana Gulminelli que hizo lugar al planteo y emitió una resolución en la que, entre diversos puntos, declaró la inconstitucionalidad de aplicación sobre niños, niñas y adolescentes del artículo 15 de la ley bonaerense 13.482 que organiza las funciones policiales y habilita a los efectivos a limitar la libertad de las personas “cuando sea necesario conocer su identidad, en circunstancias que razonablemente lo justifiquen, y se niega a identificarse o no tiene la documentación que la acredita”.

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Según informó la agencia de noticias Andar de la CPM, como parte de la resolución la jueza Gulminell también ordenó a la Jefatura Departamental que establezca el cese de cualquier restricción de la libertad de las personas alcanzadas por el habeas corpus y que garantice que los policías “den acabado cumplimiento” a las pautas de actuación policial respecto de niños, niñas y adolescentes y la normativa correspondiente.

En ese sentido también pidió Ministro de Seguridad que conduce Sergio Berni que instrumente mecanismos de formación, capacitación y difusión entre los policías en materia de intervención con niñas, niños y adolescentes ante la presunción de infracción a la ley penal.

Asimismo, requirió a la Dirección de Niñez y Juventud de la Municipalidad y al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño bonaerense que adopten medidas “que protejan la salud de los jóvenes involucrados”.

EL CASO

El sargento Jonatan Cabrera, la sargenta Vanesa Cano y el oficial ayudante Ariel Estevez Pitrau -integrantes de la comisaría sexta- están detenidos desde el 4 de octubre acusados por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada y torturas. Por su parte, el día siguiente de la detención, la oficial Micaela Estigarribia fue excarcelada luego de que en su declaración confirmara la versión de las víctimas y se ubicara en un rol “pasivo” en los hechos, en comparación con sus tres compañeros.

Según la reconstrucción de los hechos, los adolescentes de 14 y 16 años habían salido a comprar en la tarde del 17 de septiembre. En el camino, los interceptó un patrullero y los efectivos a cargo, Estigarribia y Cabrera, decidieron “identificarlos” para lo cual los obligaron a poner las manos contra el patrullero.

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Sin embargo, en ese momento Cabrera golpeó en la boca al adolescente de 14 años antes de esposar a ambos y, tras la llegada de un segundo patrullero a cargo de Cano y Estévez Pitrau, los efectivos incluso sacaron sus armas reglamentarias apoyándolas en los cuerpos de los adolescentes.

Así, los detuvieron ilegalmente, los subieron a los patrulleros y los trasladaron a un descampado de la zona, en Strobel al 10.500, amenazándolos en el camino con la posibilidad de matarlos y que nadie se enterara. Después de bajarlos en el descampado, a los adolescentes los obligaron a arrodillarse y les practicaron un simulacro de fusilamiento antes de liberarlos y hacerlos correr por el campo mientras uno de los efectivos permanecía armado con una escopeta.

“Estaban mal, vinieron súper asustados, llegaron embarrados, golpeados, con la ropa rota, lastimados”, relató sobre el día del hecho la hermana de uno de los adolescentes y, semanas después, en una marcha realizada hacia la comisaría sexta reclamó que el de su hermano “sea el último caso” de violencia policial.

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24/11/2022