Viernes 19 de abril | Mar del Plata
01/05/2020

Violación de la cuarentena: insólito cruce entre la Justicia federal y provincial

El fiscal federal Daniel Adler busca dejar de hacerse cargo de los casos, mientras que el fiscal general Fernández Garello se niega a recibirlos. Hasta ahora, se infraccionaron a 11 mil personas.

Violación de la cuarentena: insólito cruce entre la Justicia federal y provincial
(Fotos: Qué digital)

Los fiscales generales de la Justicia federal y de la provincial -u ordinaria- de Mar del Plata quedaron envueltos este viernes en un cruce de opiniones ni más ni menos que respecto a quién debe hacerse cargo de abrir las causas a quienes son detectados por las fuerzas de seguridad en violación o incumplimiento de la cuarentena obligatoria vigente en todo el país por el coronavirus. Es que mientras el fiscal general federal Daniel Adler dispuso dejar de recibir las actuaciones para que pasen al fuero ordinario, desde allí el fiscal general Fabián Fernández Garello respondió que los fiscales a su cargo no recibirán las causas ya que corresponden a la Justicia Federal.

Desde que entró en vigencia el pasado viernes 20 de marzo el decreto presidencial que declaró el aislamiento social, preventivo y obligatorio los ciudadanos que son detectados en violación a esa disposición son notificados por parte de las distintas fuerzas de seguridad de la formación de una causa por estar en infracción al artículo 205 del Código Penal que fija hasta penas de prisión de seis meses a dos años a la persona que viole medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

Hasta este viernes cada vez que las fuerzas detectaban estas infracciones le daban intervención a la fiscalía federal de turno, entre las dos que hay en Mar del Plata. En ese marco, hasta ahora se infraccionaron a 11 mil personas.

Pero este viernes el fiscal general federal Adler -que interinamente también está a cargo de la Fiscalía Nº2, ahora de turno- emitió una resolución por medio de la cual entendió que a partir del último decreto que entró en vigencia con la prórroga de la cuarentena debe cambiarse en ámbito judicial de intervención en estas causas.

“Encontrándonos frente a una situación de cuarentena que provincializa y municipaliza las normas que integran el artículo 205 del Código Penal corresponde comunicar a las fuerzas de seguridad que actúen durante el turno de la fiscalía federal a mi cargo que deberán dar intervención a la autoridad local correspondiente, a excepción de los casos que por razón del territorio o afectar un específico interés federal resultan competencia de la justicia de excepción”, estableció.

El fiscal Adler

Concretamente, argumentó que a partir del mayor poder en la toma de decisiones respecto a la cuarentena que dio el gobierno nacional a los gobiernos provinciales y locales debe modificarse el fuero en el que se tramitan las infracciones a la cuarentena. Para ello se tomó del artículo 9º del último decreto que fijó que “las autoridades de las jurisdicciones y organismos del sector público nacional, en coordinación con sus pares de las jurisdicciones provinciales, de la Ciudad Autónoma de buenos Aires y las autoridades municipales, cada una en el ámbito de sus competencias, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias”.

Por otro lado, Adler reparó en la cantidad de causas que ingresaron en estos 44 días de cuarentena lo cual complejiza la capacidad operativa de respuesta de las fiscalías federales.

Comunicada esa decisión a la fiscalía general provincial, su titular Fabián Fernández Garello decidió rechazar la recepción de esas causas por no compartir los argumentos expresados por Adler.

“Disponer que los miembros del Ministerio Público Fiscal Departamental no reciban causas en las que las fuerzas de seguridad hayan prevenido por infracción al artículo 205 del Código Penal, atento a existir una admisión indiscutida en el ámbito jurisdiccional federal local, hasta la fecha, de dicha competencia”, sostiene la resolución emitida también este mismo viernes.

Lo que Fernández Garello argumenta es que, concretamente, no ha habido variaciones en la vigencia de los decretos que hagan modificar la competencia judicial al exponer que “la invocada ‘provincialización o municipalización’ de las normas que integran la eficacia del artículo 205 del Código Penal, no han sido dictadas por autoridad alguna en los ámbitos provinciales y municipales”. Y señala que la transferencia de “‘facultades de ‘fiscalización’ a las provincias o municipios (…) en modo alguno puede ser confundida con competencias de judicialización“.

El fiscal Fernández Garello

Asimismo, planteó que “tampoco el señor Presidente de la Nación ha delegado facultad alguna para dictar normas penales a provincias o municipios; por el contrario, la delegación para diseñar planes sanitarios según la realidad epidemiológica de cada lugar, reafirma el control absoluto de la pandemia por parte del gobierno nacional”.

Y además Fernández Garello respondió que “la compleja tarea que enfrenta a diario la Justicia Federal de la ciudad, en modo alguna le quita relevancia a la gravedad de los hechos que se ventilan en esta jurisdicción ordinaria”, a lo que suma que desde su Fiscalía General se han llevado adelante otras numerosas tareas respecto a la pandemia como relevamientos sobre 4059 ciudadanos provenientes del exterior y recepción de denuncias de las más variadas que no comprenden ni siquiera delitos.

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01/05/2020