Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
09/10/2020

Ataques neonazis: rechazan el pedido de salidas transitorias de un condenado

La defensa de Alan Olea había solicitado la medida por haber superado la mitad de la condena y ante la necesidad de vinculación con sus hijas.

Ataques neonazis: rechazan el pedido de salidas transitorias de un condenado
(Foto: archivo / Qué digital)

El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata rechazó otorgarle salidas transitorias a uno de los siete condenados en 2018 por los ataques neonazis concretados años atrás en la ciudad. La defensa de Alan Olea (condenado a 9 años de prisión) había solicitado la medida por haber superado la mitad de la condena y ante la necesidad de vinculación con sus hijas.

La decisión fue tomada por el juez Roberto Falcone esta semana luego de que la defensa de Olea presentara un pedido de salidas transitorias por haber superado la mitad de la condena y de la necesidad de vinculación con sus hijas menores edad.

Al darle intervención al Ministerio Público Fiscal para que emitiera su dictamen la respuesta fue favorable al pedido, en tanto que la querella -representada por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA)- se opuso a la solicitud.

Por último, la defensa técnica también solicitó subsidiariamente que Olea sea incorporado al régimen de prisión domiciliaria, pedido para el cual el juez decidió por el momento dar intervención a la Asesoría de Menores y a las víctimas para que realicen las consideraciones pertinentes antes de la resolución.

Y en torno al pedido de salidas transitorias, el juez resolvió rechazarlo.

“El encartado no cumple con los requisitos necesarios para acceder al beneficio solicitado”, entendió y remarcó que Olea aún “reviste la calidad de procesado, por encontrarse pendiente de resolución el recurso extraordinario federal ante la Cámara Federal de Casación Penal y por ello no se encuentra incorporado al programa de tratamiento penitenciario”.

Cabe recordar que si bien esta semana la Cámara de Casación resolvió rechazar recursos extraordinarios para recurrir a la Corte Suprema contra la sentencia en esa decisión fueron analizados los pedidos de otros cuatro condenados.

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El juez Falcone también planteó en su resolución tomada el miércoles que Olea “tampoco ha solicitado ser incorporado al Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena  por lo que no cumple con el requisito esencial de estar incorporado al período de prueba del programa de tratamiento penitenciario y por ende usufructuar los beneficios de dicho estadio”. Y a ello sumó que  “no cuenta con la calificación correspondiente al ‘concepto’  del cual se desprende la ponderación de su evolución personal de la que sea deducible su mayor o menor posibilidad de adecuada reinserción social”.

En este marco, el magistrado remarcó que “el solo cumplimiento de la pauta temporal no es argumento suficiente para el otorgamiento del beneficio solicitado, máxime cuando el encartado contó con las herramientas necesarias para cumplir con los requisitos planteados sin ver afectada su condición de procesado, las cuales no ha aprovechado”.

Y, por último, estableció que la materialización de las salidas transitorias, dada la actual situación de pandemia, “resultaría de imposible cumplimiento (…) en función de los períodos de cuarentena que tendría que realizar el interno por el traslado de jurisdicción, sumado al hecho de que no se encuentran operando los transportes de media y larga distancia”.

Cabe recordar que el Tribunal de Mar del Plata -compuesto por Roberto Falcone, Mario Portella y Bernardo Bibel– condenó en 2018 -decisión que fue ratificada por Casación– a Alan Olea y Gonzalo Paniagua a 9 años de prisión; a Nicolás Caputo a 8 años y seis meses; a Olexandr Levchenko a 9 años y seis meses; a Franco Martín Pozas a 4 años y seis meses; a Giuliano Spagnolo a 5 años y seis meses y a Marcos Caputodebido a su condición de menor al momento de perpetuar los ataques, a un tratamiento tutelar de 2 años. Por su parte, el único absuelto fue Giordano Spagnolo.

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09/10/2020