Jueves 18 de abril | Mar del Plata
09/06/2021

Boleto estudiantil en Costa Azul: la Cámara ordena tratar el amparo de las madres

Hizo lugar a la apelación presentada por las madres de los alumnos afectados por la quita de los pases ante la pasividad del Estado y ordenó un nuevo pronunciamiento del tribunal que negó un amparo. 

Boleto estudiantil en Costa Azul: la Cámara ordena tratar el amparo de las madres
(Foto: archivo / Qué digital)

La Cámara de Apelación en lo Contencioso y Administrativo de Mar del Plata falló a favor de las madres que desde 2019 reclaman por la quita del boleto estudiantil en la empresa Costa Azul ante la pasividad del gobierno provincial y municipal: hizo lugar a una apelación presentada luego de un revés judicial y ordenó un nuevo pronunciamiento del tribunal que había negado un amparo. 

En su sentencia, por mayoría los jueces Elio Horacio Riccitelli, Roberto Mora y Fernando Ucin decidieron hacer lugar al recurso de apelación y “revocar el pronunciamiento en crisis en cuanto dispuso rechazar in limine la acción de amparo y, en consecuencia, mandar a sustanciar el presente proceso”.

Cabe recordar que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 16 de Mar del Plata, a cargo de Alejandro Almenta, había rechazado la acción de amparo iniciada por las madres contra la Provincia, la Municipalidad y la empresa, y por lo tanto también desestimada la medida cautelar que les devuelva los pases en pugna.

Las madres, cuyos hijos concurren a escuelas como la Secundaria N°71 de Chapadmalal, a la Escuela Técnica N°1 de Miramar, y a la Escuela Media N°2 de Otamendi, y a la Escuela Agraria N°12 de Miramar, reclaman a través del amparo que se les garantice a través de una medida cautelar hasta tanto se resuelva el conflicto de fondo, el acceso al boleto estudiantil suprimido en 2019, enfocadas en el derecho al acceso, permanencia y egreso a la educación en igualdad de oportunidades y condiciones

Al respecto, el Juzgado de Primera Instancia había afirmado para su rechazo que no está afectada de manera directa el derecho a la vida ni a la salud y que, además, se trataba de una cuestión que exigiría “un estudio complejo” por la presencia de intereses de numerosos sujetos con una “complejidad de relaciones”.

Frente a ello, en su apelación las familias advirtieron que el Juzgado “desconoce” que se encuentran en juego “derechos esenciales de niños, niñas y adolescentes” que no pueden concurrir a las escuelas de jurisdicciones vecinas y que, además de la naturaleza de esos derechos, está la necesidad “urgente” de resolver la situación de más de 600 familias que viven en cercanías de las rutas 88, 11 y 2. El reclamo, afirman, no es “caprichoso” sino que se funda en un acuerdo entre las empresas y las comunidades educativas que estuvo vigente durante más de 37 años.

Frente a esta situación, quien tomó intervención fue la Asesora de Incapaces N°1 del Departamento Judicial Mar del Plata, quien asumió la representación colectiva de las y los estudiantes que concurren a escuelas de jurisdicciones vecinas, haciendo foco en la gran cantidad de niñas, niños y adolescentes que está afectada por la situación: estiman unos 600.

En su apelación, la Asesoría remarca que la “complejidad de relaciones” no puede ser un argumento para soslayar los derechos vulnerados y que, la “gravead y la urgencia” del asunto requerían del tribunal “un proceso intelectivo más profundo”.

De la misma manera, la Asesoría argumenta con citas de Unicef y la Asociación Argentina de Pediatría que “la medida implementada por la autoridad y los prestadores del servicio del servicio público de transporte repercute de manera negativa en el derecho a la educación y a la salud integral” ante la frustrada posibilidad de asistir a los establecimientos educativos.

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Desde la Cámara, ante ello, sumaron que un rechazo en los términos del Juzgado de Primera Instancia a la acción de amparo requiere de “una detallada y severa apreciación de las circunstancias”. Además repararon en que la presentación se basa en la transgresión de derechos “que cuentan con un especial resguardo constitucional y supranacional”. 

Es por ello que, consideran, el rechazo resulta un “juicio prematuro”, sobre todo teniendo en cuenta el peso del derecho a la educación que, por la quita del boleto, estaría vulnerado. De la misma manera, apuntaron a una situación soslayada por el Juzgado de Primera Instancia: la situación de vulnerabilidad socioeconómica denunciada por las familias. 

Por lo expuesto y mientras se resuelve la cuestión de fondo, sostienen que se impone “hacer lugar a los recursos de apelación intentados por la parte actora y la Asesoría de Incapaces y, en consecuencia, revocar el pronunciamiento” del Juzgado. De todas maneras, reiteraron que la imposición de una medida cautelar debe ser interpuesta por un nuevo pronunciamiento del Juzgado de grado.

BOLETO ESTUDIANTIL EN COSTA AZUL

El conflicto se inició en 2019 cuando dieron de baja a la empresa El Rápido del Sud de los servicios que brindaba entre Mar del Plata y algunas localidades vecinas. Esos servicios eran utilizados por las familias de los barrios más alejados del centro para enviar a sus hijos e hijas a colegios de otros barrios o incluso otras localidades, con pases otorgados por la propia empresa.

Sin embargo, al tomar los recorridos que unen a la ciudad con localidades de la Ruta 11, 2 y 88, la empresa 12 de Octubre-Costa Azul, propiedad del empresario Juan Inza, se negó a otorgar esos pases, amparándose en que se trata de un servicio de media distancia, provincial, y que no tiene una normativa vigente que la obligue a ofrecerlo como sí ocurre en los de corta distancia.

En el medio, las familias tuvieron el cambio de autoridades a nivel nacional, provincial y municipal y, más allá de avances a principios de 2020, luego todo volvió a foja cero con la paralización que supuso la pandemia, por la cual además los estudiantes dejaron de concurrir a las escuelas.

Además, a la falta del boleto estudiantil, también se suma la falta de frecuencias ante los insuficientes servicios que implementó la empresa tras el reinicio de los servicios de media distancia, lo cual incluso hace que estudiantes queden varados por cumplimiento del aforo en las unidades.

El inicio del ciclo lectivo 2021, entonces, encuentra a estas familias prácticamente igual que en 2019, a pesar del tiempo transcurrido y las gestiones que exigieron durante todo este tiempo. Lo único que sí cambió es el poder adquisitivo de las familias que, en medio de la crisis, deben pagar altísimas sumas a la empresa solo para que sus hijos e hijas puedan ir al colegio.

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