Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
31/08/2020

Casación confirma la condena de Federico Sasso y revoca la prisión domiciliaria

La sala segunda hizo lugar al pedido del abogado de la mamá de Lucía Bernaola en torno a la prisión domiciliaria, al tiempo que confirmó la condena a seis años de prisión.

Casación confirma la condena de Federico Sasso y revoca la prisión domiciliaria
(Foto: archivo / Qué digital)

El Tribunal de Casación bonaerense revocó este lunes la prisión domiciliaria que cumple Federico Sasso, el joven que fue condenado a la pena de seis años de prisión por atropellar y matar en 2017 a la adolescente Lucía Bernaola, de 14 años, mientras caminaba por la costa. Los jueces confirmaron la condena impuesta en abril de 2019, al rechazar los recursos interpuestos en ese sentido, pero hicieron lugar parcialmente a uno presentado por el abogado Maximiliano Orsini, en representación de la mamá de la víctima, que justamente pedía revocar la prisión domiciliaria.

A 16 meses de dictada la condena de seis años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata contra Federico Sasso bajo el delito de homicidio culposo agravado por conducción temeraria y lesiones culposas agravadas, este lunes la sala segunda del Tribunal de Casación bonaerense, integrada por María Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini, finalmente analizó los recursos interpuestos por cada una de las partes: el fiscal general Fabián Fernández Garello; el abogado del padre de la víctima, Marcelo Savioli Coll; el representante de la mamá de Lucía, Maximiliano Orsini; y el defensor Facundo Capparelli.

En ese sentido, los jueces resolvieron rechazar el recurso presentado por la fiscalía y por Savioli Coll y lo propio hicieron con el del defensor Capparelli. Sin embargo, sí hicieron lugar parcialmente al recurso de Orsini.

De esta manera, dispusieron “revocar el arresto domiciliario que viene cumpliendo el imputado Sasso y ordenar que, por intermedio del a quo (el tribunal que emitió la sentencia), se disponga su alojamiento en una unidad del Servicio Penitenciario Bonaerense”.

sasso

Al momento de dictar la sentencia en abril del año pasado, la decisión de mantener la prisión domiciliaria de Sasso había sido sostenida por mayoría por los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas (miembros originales del Tribunal) en tanto que el juez Juan Manuel Sueyro había entendido que esa medida debía ser revocada.

En la resolución de Casación se mencionó una decisión previa de la misma sala que a semanas de haberse conocido el fallo había resuelto anular la prisión domiciliaria -aunque eso nunca se concretó por haber resultado abstracta debido al tiempo en el que fue resuelta- y había determinado que el joven incurrió en “diversos incumplimientos en el transcurso de su arresto domiciliario, los cuales se comprobaron a partir del control por monitoreo electrónico, que arrojó el número de 29 quebrantamientos en total, durante el lapso comprendido entre el día 18 de diciembre del año 2017 y el día 2 de febrero del siguiente año”.

Ahora, esta resolución cuestiona el hecho de mantener el arresto domiciliario ya que la causa avanzó por el tribunal de juicio y en este caso llegó a la instancia superior por lo que solo puede llegar a ser desvirtuada por la Suprema Corte “a través de alguno de los recursos extraordinarios legalmente previstos, lo que en el caso, además, se ve acotado en atención al monto de la pena impuesto”.

De esta manera, la defensa de Sasso tendrá diez días hábiles desde la notificación de la resolución para interponer un recurso extraordinario a la Suprema Corte al entender que hasta que la decisión del tribunal no esté firme, la misma no debe ejecutarse, contrario a la interpretación realizada por el representante del particular damnificado que entiende que la decisión de Casación ordena al Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 ejecutar de manera inmediata la medida, más allá de la última instancia disponible, por lo que se esperan definiciones en el transcurso de las próximas horas.

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Obviamente que la condena todavía no puede reputarse firme hasta tanto quede agotada la vía recursiva y, por ende, el imputado todavía goza de un estado de inocencia, pero la revocación del arresto domiciliario que estoy proponiendo no obedece a una negación de aquel principio constitucional desde que toda medida de coerción -no otra cosa se decide aquí- es impuesta a un sujeto que aún tiene estatus de inocente, sino que lo que postulo es considerar que la progresiva concreción de la amenaza punitiva se produce cuando al final del debate recae una sentencia de condena y más aún cuando esta es confirmada por la segunda instancia, agrava considerablemente el dilema al que se debe enfrentar el imputado sobre si seguir permaneciendo a derecho aún cuando existe una amenaza de pena sumamente concreta que solo podría cuestionar mediante un eventual recurso extraordinario“, expresa uno de los votos de los jueces.

En el juicio realizado en 2019 no se discutió el hecho ni la autoría sino que la calificación del delito a aplicar a Sasso -homicidio con dolo eventual u homicidio culposo agravado– fue el punto central de debate, teniendo en cuenta los montos posibles de la condena. Al aplicar la pena de seis años de prisión por el delito de homicidio culposo agravado los jueces le impusieron a Sasso la mayor cantidad de años posibles en lo que respecta a ese delito y descartaron así la aplicación de la calificación de homicidio simple, que suponía una pena mayor. Al rechazar ahora Casación los recursos interpuestos por las partes en ese sentido, el tribunal ratificó la condena y el monto de la pena impuesto por entonces.

Lucía Bernaola murió luego de ser atropellada por Sasso en la madrugada del domingo 4 de junio de 2017 en la costa y Alberti. Sasso conducía su Renault Clio y al doblar embistió a un grupo de nueve jóvenes que iba caminando por la costa, entre ellos Lucía que falleció en el lugar producto de la gravedad de las lesiones provocadas.

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31/08/2020