Miércoles 24 de abril | Mar del Plata
14/04/2022

Choferes fantasmas: la querella apelará y apuntó contra un “pacto de impunidad”

Desde la Casa del Trabajador, en representación de una de las víctimas, cuestionaron la resolución de la causa a través de la suspensión del juicio a prueba.

Choferes fantasmas: la querella apelará y apuntó contra un “pacto de impunidad”
Un allanamiento realizado en 2017 en la empresa 25 de Mayo (Fotos: archivo / Qué digital)

La decisión del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata de convalidar el acuerdo de suspensión de juicio a prueba con el empresario que monopoliza el sistema de colectivos en Mar del Plata, Juan Inza, y otros tres acusados en el marco de la causa “Choferes fantasmas” generó el repudio de la querella que representó en el proceso a una de las personas de las que se usaron datos personales para hacerlos pasar como trabajadores de las empresas: apuntaron que se trató de un “pacto de impunidad” e incluso un fallo “clasista” y adelantaron que apelarán la resolución.

Tal como informó Qué digital, este miércoles el juez del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata Fernando Machado Pelloni terminó de confirmar el acuerdo al que llegó el poderoso empresario Juan Inza –y los otros tres imputados Diego Basílico (por la empresa Peralta Ramos), Carlos Málaga (gerente de la 25 de Mayo) y Federico Pomero (contador)– con el fiscal general Juan Manuel Pettigiani, y sobre el cual se expidió de manera favorable el Ministerio de Transporte de la Nación.

Concretamente, y tras ese acuerdo firmado hace algunas semanas, el juez Machado Pelloni dispuso suspender el juicio a prueba por el término de dos años para Inza, Basílico, Málaga y Pomero, lo que representa que no serán juzgados ni condenados. Y que, a cambio, durante el plazo de dos años deberán cumplir una serie de reglas de conducta, devolver $20 millones al Ministerio de Transporte en concepto de lo cobrado de manera ilegal en 2016 por la inscripción de trabajadores falsos y construir apenas diez garitas en la ciudad.

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En el marco del proceso, además del Ministerio de Transporte de la Nación, se encuentra presentado como querellante -con patrocinio de la Casa del Trabajador– una de las víctimas: un hombre al que le usaron los datos personales falsamente para darlo de alta en las empresas de colectivos y que producto de ello perdió los beneficios sociales que percibía, entre ellos ni más ni menos que la Asignación Universal por Hijo (AUH). Y pese a que se había opuesto a la “probation” y había pedido que se avanzara con un juicio oral en contra de los empresarios, su postura fue rechazada por el juez.

Conocida la decisión, el abogado Julio Hikkilo, cuestionó en duros términos el fallo, tal como lo había hecho previamente con el acuerdo firmado entre el fiscal y los empresarios. Así, lo calificó como un “pacto de impunidad” y lamentó el “mensaje” que otorgan resoluciones de este tipo a la sociedad.

En ese sentido, valoró que la maniobra delictiva quedó expuesta a partir de denuncias de personas desempleadas que impulsaron el caso al haber perdido sus beneficios sociales por haber sido anotados como trabajadores de las empresas de colectivos, pero reparó en que resoluciones de este tipo “desalientan” el compromiso ciudadano de denunciar situaciones de este tipo.

En otro sentido, el abogado consideró que el fallo del juez Machado Pelloni tuvo características “clasistas” y remarcó que en ningún momento se tuvo en cuenta ni a la totalidad de las personas afectadas por la maniobra (357 acreditadas en la causa pero que ascenderían a más de 400) ni a las y los usuarios del transporte público que abonan una tarifa basada en datos que, como quedó probado en la causa, no son reales.

Asimismo, Hikkilo lamentó la escasa repercusión que tuvo el escándalo en la clase política, fundamentalmente en el Concejo Deliberante, y planteó como cuenta pendiente el hecho de que no se haya investigado responsabilidades políticas en función del control que se debía llevar a cabo.

De esta manera, el abogado reparó en que tras analizar en detalle el fallo la intención es recurrir la decisión a la instancia superior para intentar revertir la suspensión del juicio a prueba y que lo imputados tengan que enfrentar un juicio oral.

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En la causa conocida como “Choferes fantasmas” quedó acreditado tras más de cinco años de investigación que Inza, Basílico, Pomero y Málaga, estafaron a la administración pública nacional, concretamente al Ministerio de Transporte, ya que cada uno, en su rol de dirección, gestión, administración o trabajo en las empresas 25 de Mayo, 12 de Octubre, Peralta Ramos y El Libertador intervinieron en la maniobra por medio de la cual se cometió la defraudación por un monto aproximado a $16 millones en 2016.

Los investigadores concluyeron que los cuatro acusados desplegaron una maniobra “consistente en inscribir ante distintos organismos públicos –especialmente ante la AFIP- a distintas personas como choferes en relación de dependencia de esas empresas, para las cuales o bien no prestaban funciones, o bien no lo hacían de forma registrada y en ese categoría”, según se desprende de la causa. En general, se trataba de personas que habían dejado sus currículum en busca de trabajo en esas empresas y que, en buena parte, se encontraban desocupadas.

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14/04/2022