Jueves 25 de abril | Mar del Plata
12/09/2019

CNU: Ullúa y Corres se negaron a declarar en el inicio del juicio

Los acusados por delitos de lesa humanidad hicieron uso de su derecho. La próxima audiencia será el 25 de septiembre.

CNU: Ullúa y Corres se negaron a declarar en el inicio del juicio
(Fotos: Marcelo Nuñez)

En el inicio del nuevo juicio contra dos acusados de haber formado parte de la Concentración Nacional Universitaria (CNU) -organización de ultraderecha que cometió delitos de lesa humanidad previos a la última dictadura cívico militar-,  Eduardo Salvador Ullúa -quien fue detenido en abril de 2017 tras permanecer nueve años prófugo de la Justicia- y Oscar Héctor Corres -que llegó al proceso en libertad- se negaron a prestar declaración al hacer uso de su derecho de poner hacerlo o no a lo largo de todo el debate.

La primera audiencia se realizó este miércoles en el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata –esta vez integrado por los jueces Daniel Obligado, Nicolás Toselli y Enrique Méndez Signori- y tras algunas demoras en el inicio finalmente se escuchó en primer término la acusación que pesa contra los dos imputados a partir de la elevación a juicio realizada oportunamente.

En este sentido,  allí el fiscal federal que llevó adelante la investigación, Nicolás Czizik, reparó en que la causa no se centra en la actividad de la CNU ni en la persecución de las ideas políticas que detentaban sus miembros, sino que se limita a la investigación del accionar de una asociación ilícita que actuó enmascarada en esta agrupación política entre el 20 de febrero de 1975 y el 15 de marzo de 1976.

De esa manera, la acusación que recae sobre Corres, justamente, es la del delito de “asociación ilícita”, sin perjuicio de la calificación jurídica que en definitiva pudiera corresponder e imponerse en el debate.

Por su parte, a Ullúa además se lo acusa de haber formado parte de los homicidios de Enrique “Pacho” Elizagaray, sus primos y tío Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla; el médico Bernardo Alberto Goldemberg; Daniel Gasparri y Jorge Stoppani; y la privación ilegítima de la libertad y homicidio de la entonces decana de la Facultad de Humanidades de la Universidad Católica, María del Carmen Maggi, por lo que también debe responder por esos delitos.

La primera jornada del debate se extendió a partir de un pedido formulado por la defensa de Ullúa de querer acumular este juicio con otra causa también por delitos de lesa humanidad en la que está imputado y que también ya se encuentra elevada a juicio, algo que fue rechazado por el Ministerio Público Fiscal –representado por Pablo Ouviña y María Eugenia Montero- y los jueces al entender que los magistrados carecen de jurisdicción para disponer unilateralmente de la acumulación parcial ya que se trata de una causa que se encuentra bajo la jurisdicción de otro tribunal, más allá de que quien la presidirá será el propio actual presidente Daniel Obligado.

Sobre la izquierda, Corres. Y en el fondo, Ullúa

Por otro lado, y sin oposición de la fiscalía y las querellas, los jueces habilitaron a Ullúa a no concurrir a las próximas audiencias y estar a disposición ante cualquier necesidad vía teleconferencia en el penal en el que está alojado.

Finalmente, y tras la desestimación de algunos testigos que empezarán a declarar en la próxima audiencia, los jueces dieron a conocer el cronograma para el juicio, que se retomará el próximo miércoles 25 de septiembre a las 9.30 y luego seguirá el 9 de octubre a las 9.30, el 16 de octubre a las 14 y el 6 de noviembre a las 9.30.

 LA CAUSA 

De acuerdo a la causa, los “miembros” de la CNU habrían tomado parte en la organización de las más diversas formas: existían grupos de ideólogos y grupos operativos que se encargaban de los hechos más violentos y, en algunos casos también, de la inteligencia previa. También necesitaban los espacios para las ejecuciones -muchas de las víctimas fueron acribilladas por más de una veintena de disparos-, para lo que debían necesariamente interactuar con las autoridades de otros ámbitos para la coordinación de sus tareas y, sobre todo, manejarse con un grado de impunidad otorgado por la cobertura de organismos del Estado.

De acuerdo a la prueba que consta en el expediente, y el juicio condenatorio a otros integrantes de la banda, cometieron distintos delitos como homicidios, privaciones ilegales de la libertad, robos, amenazas, “para la persecución y eliminación de personas en el marco de un ataque sistemático y generalizado contra una parte de la población civil y de conformidad con una política de Estado”. Si bien los hechos juzgados son anteriores al Golpe cívico militar, son catalogados como delitos de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles.

En el histórico juicio que finalizó en diciembre de 2016, fueron condenados a prisión perpetua el exfiscal Gustavio Demarchi, Fernando Alberto Otero y Mario Ernesto Durquet, mientras que José Luis Granel fue condenado a 7 años, Juan Pedro Asaro a 5 años y Roberto Alejandro Justel y Juan Carlos Asaro a 3 años. En tanto que Raúl Rogelio Moleón y Raúl Arturo Viglizzo resultaron absueltos.

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12/09/2019