Miércoles 24 de abril | Mar del Plata
12/07/2021

Coronavirus: la Justicia ordena a la Provincia garantizar la vacunación en las cárceles

Lo resolvió la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata en el marco de un amparo impulsado por la Comisión Provincial por la Memoria.

Coronavirus: la Justicia ordena a la Provincia garantizar la vacunación en las cárceles
(Foto: archivo / Qué digital)

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata ordenó al gobierno provincial garantizar un plan de acceso a la vacuna contra el coronavirus para las personas privadas de su libertad en las cárceles que dependen del Servicio Penitenciario Bonaerense en iguales condiciones que avanza la campaña de vacunación para el resto de la población. Así lo resolvió en el marco de un amparo impulsado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y después de que un juzgado de garantías de La Plata rechazara su dictado.

La decisión, firmada el viernes pasado y notificada este lunes, fue tomada por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo platense, con los votos de los jueces Gustavo Spacarotel y Claudia Milanta y con la disidencia de Gustavo De Santis.

En detalle, la resolución revoca la decisión del juzgado interviniente, admite la medida cautelar solicitada por la CPM y así ordena al Estado provincial a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Ministerio de Salud “a que en el plazo de cinco días arbitre con carácter urgente las medidas necesarias para garantizar un plan programado de acceso a la vacuna contra el covid-19 a las personas privadas de su libertad que formen parte de los grupos de riesgo frente a dicha enfermedad, en compatibilidad con la evolución en la inoculación en el que se encuentra el programa provincial Buenos Aires Vacunate“.

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El amparo, presentado por Adolfo Pérez Esquivel y Roberto Cipriano García, presidente y secretario de la CPM, respectivamente, solicitaba justamente el dictado de una medida cautelar por la que se ordenara a Estado de la Provincial que comience “con carácter inmediato a vacunar a la población privada de su libertad que reúna las demás condiciones objetivas definidas por la autoridad sanitaria para el acceso a la vacuna en igualdad de condiciones que el resto de la población bonaerense”.

La acción fue interpuesta en favor de las y los detenidos que permanecen bajo la custodia del Servicio Penitenciario Bonaerense y del Ministerio de Seguridad “y que pertenecen a los grupos definidos por la autoridad sanitaria de conformidad al Plan Provincial de vacunación para el acceso a la inoculación contra el covid-19″ lo cual al momento de la presentación alcanzaba a personas mayores de 60 años y de entre 18 y 59 años con enfermedades preexistentes. Actualmente, ello implicaría tener en cuenta que la “vacunación libre alcanza a todos los mayores de 40 años que no hayan recibido ninguna dosis además de personas gestantes y mayores de 18 años con comorbilidades.

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“No se ha implementado en el ámbito de encierro punitivo bonaerense un mecanismo por el cual las personas privadas de su libertad que reúnan las condiciones previstas por la autoridad sanitaria puedan ser vacunadas en la etapa correspondiente”, alertaba la presentación y cuestionaba que las personas privadas de su libertad en la Provincia “no han accedido al derecho a vacunarse en iguales condiciones que el resto de los ciudadanos bonaerenses, y que incluso, ha habido casos en los que si bien se ha podido gestionar la preinscripción y la asignación de turno para la inoculación, no se consiguió luego la consecuente autorización ni el traslado por parte del Servicio Penitenciario Bonaerense a tales efectos”.

De acuerdo a datos difundidos por la CPM, durante 2020 29 personas murieron de covid-19 en las cárceles bonaerenses. “El sistema de encierro se encuentra colapsado con índices alarmantes de sobrepoblación y hacinamiento: en los 65 establecimientos penitenciarios se alojan 45.467 personas en 21.500 plazas, lo que implica un 111 % de sobrepoblación”, reiteraron.

Los jueces de la Cámara, al hacer lugar al dictado de la cautelar, analizaron que en el contexto de la pandemia “se ha incrementado la vulnerabilidad de las personas privadas de su libertad en atención a las condiciones habitacionales en las que viven, máxime si forman parte del grupo de riesgo frente a la enfermedad” y remarcaron que la cuestión planteada en el amparo se encuentra “íntimamente relacionada –o más aún, es inherente- al derecho a la salud”.

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Y advierte que “las personas que se encuentran privadas de su libertad pueden tener mayores obstáculos al momento de acceder al programa de vacunación provincial que aquellas personas que no se hallan en tal situación, tanto al momento de inscribirse al mismo, como de concurrir -al serle asignado su turno- a las postas de vacunación instrumentadas por la Provincia”.

“Bajo esas circunstancias, la ausencia de inoculación oportuna del colectivo que se protege mediante la presente acción los colocaría en una situación de desatención que compromete elementales derechos inherentes a la condición humana”, concluyeron los jueces y reparan en los avances de la denominada “vacunación libre” por grupos etarios.

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12/07/2021