Jueves 25 de abril | Mar del Plata
28/12/2021

Coronavirus: un juez de Mar del Plata falló en contra del “pase sanitario”

Se trata del polémico juez federal Alfredo López, quien lo hizo para un caso particular. En sus redes, el magistrado suele expresarse contra la pandemia. 

Coronavirus: un juez de Mar del Plata falló en contra del “pase sanitario”
(Foto: archivo / Qué digital)

El polémico juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, que a través de sus redes suele pronunciarse en contra de las medidas sanitarias, falló en contra de la implementación del pase sanitario contra el coronavirus al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por una marplatense.

Después de haber logrado trascendencia nacional con su fallo en contra de la legalización del aborto, el titular del Juzgado Federal N°4 hizo lugar en las últimas horas a la presentación de una mujer que se opone al uso del “pase sanitario”.

Cabe recordar que en toda la Provincia de Buenos Aires desde el 21 de diciembre rige el pase sanitario, que implica que todas las personas mayores de 13 años deben acreditar al menos dos dosis de la vacuna contra el covid-19 -aplicadas por lo menos 14 días antes- ya sea mediante app VacunatePBA, la app Mi Argentina o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta, o desde el 2022 a través de la app Cuidar. Luego, desde el 1 de enero, su vigencia se extenderá a todo el territorio nacional.

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Concretamente, el juez López de Mar del Plata dictó una medida cautelar en el marco de un amparo presentado por la demandante hasta tanto se pronuncie sobre el planteo de fondo. El Ministerio Público Fiscal, a través del fiscal federal Juan Manuel Portella, se había opuesto rotundamente a que se abriera la instancia de tratamiento del planteo, exponiendo que la vacunación, y las herramientas de prevención como el pase sanitario, “encuentran un rol central, por lo que la normativa cuestionada, que busca tutelar la salud pública en el marco de una pandemia -como se dijo- inusitada, no parece ser manifiestamente arbitraria o ilegal“.

En su fallo, en el que el polémico juez insta a la Provincia y al gobierno nacional a eximir a la denunciante de presentar el pase sanitario, cita potenciales vulneraciones a artículos de la Constitución Nacional y se centra en la no obligatoriedad de inocularse con las vacunas contra el coronavirus. Incluso, sostiene que se vulnera lo dispuesto por la Ley N°26.529 de “Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento informado”.

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Cabe recordar que las actividades para las cuales se debe presentar el pase sanitario será solicitado a nivel nacional, en actividades que revisten un mayor riesgo de contagio, como viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares; en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados; en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados; eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.

Por su parte, a nivel provincial, el “pase sanitario” alcanza también a distintas actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas que impliquen aglomeración de personas, actos y reuniones, bares y restaurantes, realización de trámites presenciales ante organismos públicos provinciales y/o municipales, trámites presenciales ante entidades privados, cuando impliquen aglomeración de personas y trabajadores que realicen atención al público, ya sea de entidades públicas o privadas.

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28/12/2021