Jueves 25 de abril | Mar del Plata
27/11/2021

El Colegio de Magistrados, contra el jury a los jueces del caso Lucía Pérez

Tras la suspensión de los jueces, desde la institución plantearon que la decisión “desvirtúa la naturaleza” del Jurado de Enjuiciamiento.

El Colegio de Magistrados, contra el jury a los jueces del caso Lucía Pérez
Los integrantes del TOC Nº1 (Foto: archivo / Qué digital)

Tras la suspensión provisoria de los jueces que dictaron sentencia por el crimen de Lucía Pérez Montero – Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas- en el marco del jury de enjuiciamiento conformado para analizar la actuación de los funcionarios judiciales, el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial Mar del Plata emitieron un comunicado en el que rechazaron la decisión tomada, manifestaron su preocupación y aseguraron estar en “estado de alerta”.

Utilizar la figura del jury como un remedio, cuando se trata de una decisión jurisdiccional que pudo ser revisada y de un tribunal cuyos antecedentes son de probidad e idoneidad, desvirtúa la naturaleza de ese instituto”, advirtieron, al tiempo que repararon en que “esta situación se agrava cuando la causa todavía debe ser juzgada por otro tribunal”.

El pasado martes, el Jurado de Enjuiciamiento constituido para evaluar una acusación por mal desempeño y una posible destitución de los jueces que dictaron sentencia en el primer juicio por el caso Lucía Pérez Montero, resolvió iniciar el jury y suspender provisoriamente a los magistrados Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, una decisión que para la familia de la joven es “un mensaje para los poderes judiciales de todo el país”.

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Sin embargo, para el colegio que nuclea a los funcionarios judiciales, esta decisión genera “profunda preocupación” y los hace estar en un “estado de alerta”, teniendo en cuenta que si bien es “un instrumento de contralor del desempeño de los integrantes del Poder Judicial”, el juryno puede ser aplicado al contenido de la sentencia, sino a delitos cometidos por los jueces o faltas en el desempeño de sus funciones”.

“No es una herramienta de corrección de decisiones ni de promoción de cambios de conductas o marcos culturales”, advirtieron a través de un comunicado, en el que también aseguraron que “resulta inadecuado para revisar el contenido de las sentencias”.

Es que, para los magistrados, lo que preocupa es que, en función de dar respuesta a los reclamos, “se termine vulnerando uno de los principios básicos que deben respetarse en una República, como lo es la independencia del Poder Judicial, limitando la capacidad futura de decisión de los magistrados, al momento de resolver y dictar sentencia, por generar una limitante ante la amenaza de represalia”.

Cabe recordar que la acusación contra los magistrados había sido presentada por la Procuración General de la Provincia junto a la Comisión Bicameral de la Legislatura Bonaerense, la Defensoría del Pueblo y la familia de Lucía Pérez en torno al desempeño de los jueces en la sentencia del juicio llevado adelante en 2018, sobre todo en lo que respecta a la absolución de los acusados por femicidio, Matías Farías y Juan Pablo Offidani.

En este contexto, para los funcionarios judiciales “la presión política por el contenido de las sentencias que no sean del agrado de determinados factores de poder puede significar una advertencia de disciplinamiento para la magistratura bonaerense”. Y en ese sentido, los magistrados enfatizaron en que, a partir de esta situación, “lo que está en juego es la independencia de los jueces”.

“Es inviable que el juicio político o la eventual destitución de juezas o jueces se fundamente en el contenido de las decisiones que hayan dictado”, sumaron y aseguraron estar analizando “las acciones a seguir”.

CASO LUCÍA PÉREZ

Por el crimen de Lucía Pérez, en la investigación de los hechos sucedidos el 8 de octubre de 2016, la Justicia imputó a Matías Farías y Juan Pablo Offidani por los delitos de venta de drogas a menores en inmediaciones de una escuela y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio, en calidad de autor y partícipe secundario, respectivamente. A Alejandro Maciel, en tanto, lo imputó por encubrimiento agravado.

Tras la etapa de instrucción que estuvo a cargo en primer lugar de la cuestionada fiscal María Isabel Sánchez y luego a Daniel Vicente -quien finalmente representó al Ministerio Público Fiscal durante el proceso- el juicio se llevó adelante en noviembre de 2018. Allí, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº1 absolvió a Maciel –fallecido en julio de 2020– y también a Farías y Offidani, al entender que no hubo abuso sexual y femicidio, y solo les impuso condena por venta de drogas, a 8 años de prisión. 

Tras la sentencia, recurrida tanto por la familia como por la Fiscalía General de Mar del Plata, la sala 4 del Tribunal de Casación, con la firma de los jueces Mario Kohan, Carlos Natiello y Fernando Mancini, decidió el 12 de agosto de 2020 anular las absoluciones y ordenar la realización de un nuevo juicio.

Desde entonces, la familia de Lucía Pérez permanece a la espera de ese nuevo pronunciamiento de la Justicia en torno al caso, con cuestionamientos a la dilación de los plazos por parte del proceso ya que hasta el momento no se sabe la fecha del nuevo debate, que estará presidido por los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone.

Caso Lucía Pérez

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27/11/2021