Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
15/02/2022

El gobierno nacional apela el freno a las petroleras y busca apartar al juez

El Ministerio de Ambiente cuestionó los fundamentos del juez Santiago Martín y además planteó su recusación por una foto publicada con un abogado ambientalista.

El gobierno nacional apela el freno a las petroleras y busca apartar al juez
(Foto: archivo / Qué digital)

Tal como lo había adelantado, el gobierno nacional presentó este martes el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata que ordenó la suspensión de las tareas de exploración sísmica para la eventual explotación con petroleras, pero además planteó la recusación del juez Santiago Martín, a quien busca apartar del proceso luego de la publicación a través de las redes sociales de una foto con un abogado ambientalista que fue parte del proceso administrativo a partir de una presentación que en su momento hizo frenar momentáneamente el procedimiento de impacto ambiental.

El recurso de apelación, que deberá terminar de resolver la Cámara Federal de Mar del Plata, apunta contra la ausencia de comprobación de un “interés público comprometido”, defiende los “estándares de información y participación” que se dieron a lo largo del proceso administrativo, cuestiona el “carácter oportunista” del amparo presentado por el gobierno de Guillermo Montenegro y plantea la “inexistencia de peligro de demora” ya que la empresa Equinor detalló que tiene previsto iniciar las tareas en octubre de este año y realizarlas hasta marzo de 2023. En relación al juez, desde el Ministerio de Ambiente sostienen que “se encuentra bajo graves sospechas su imparcialidad”.

La presentación contra la resolución tomada el viernes por el titular del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata fue difundida este martes con la firma de la abogada que representa al Ministerio de Ambiente de la Nación, Susana Pérez Vexina, de acuerdo a lo publicado por A24.com.

LA RECUSACIÓN DEL JUEZ

El primero de los planteos tiene que ver con la recusación del magistrado. Es que el gobierno busca apartarlo del caso luego de que durante el fin de semana el abogado constitucionalista Daniel Sabsay publicara en su cuenta de Twitter una foto con el juez Martín y el abogado ambientalista de Mar del Plata José Esaín, con el mensaje: “Poco después del dictado de la sentencia que frenó la explotación petrolífera en las costas de Mar del Plata junto al autor, el juez Santiago Martín. Honra a la Justicia argentina. Feliz de compartir la mesa con él y con el gran ambientalista José Esain”.

El planteo de recusación por medio del cual el gobierno busca que el juez se aparte o sea apartado del proceso se basa en que el abogado Esaín, además de haber sido asesor del ministro de Ambiente del gobierno anterior, Sergio Bergman, fue el abogado patrocinante por medio del cual el Consejo de Empresas Pesqueras de Argentina (CEPA) elevó el año pasado críticas acerca de cuestiones técnicas, jurídicas e institucionales relativas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, presentación por la cual el Ministerio de Ambiente llegó a paralizar durante algunos meses el procedimiento hasta que finalmente terminó por aprobarlo a fines de diciembre.

“La amistad del juez con los doctores Sabsay y Esain, que se ve reflejada en el trato familiar y frecuente que denota la publicación del Dr. Sabsay, puede constituir una de las causas de recusación de los jueces que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece”, sostiene la presentación y repara en que si bien “Sabsay y Esain no son litigantes en este proceso (…), el Dr. Sabsay es la fuente de inspiración doctrinaria de gran parte de la sentencia y el Dr. Esain no solo ha sido parte de la anterior gestión de gobierno sino que es patrocinante de un tercero que se opone a la campaña de exploración offshore y así lo ha manifestado en sede administrativa”.

De esta manera, el gobierno sostiene que “por razones graves de decoro y delicadeza el juez habría debido (sic) excusarse de intervenir en esta causa” y sostiene que en caso de seguir interviniendo “afectaría sin duda el debido proceso, en particular la garantía del juez imparcial”. “Se encuentra bajo graves sospechas su imparcialidad”, concluye la presentación.

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LA APELACIÓN

Los argumentos del Ministerio de Ambiente para presentar la apelación a la medida cautelar que busca que quede sin efecto a instancias de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata se resumen en tres puntos principales: “ausencia de ponderación del interés público comprometido”; “inexistencia de verosimilitud del derechos” al sostener que se realizó un “adecuado cumplimiento” de la normativa en cuanto a los requisitos de información y participación y al acusar un “carácter oportunista” del amparo presentado por el Municipio de General Pueyrredon; e “inexistencia del peligro alguno en la demora“.

En este último punto el gobierno repara en que, de acuerdo a un escrito de la empresa Equinor agregado al expediente, si bien inicialmente la firma tenía previsto llevar adelante las tareas de exploración entre octubre de 2021 y marzo de 2022, ello no se concretó debido a que la autorización del gobierno nacional fue emitida el 30 de diciembre de 2021, y anticipó que el nuevo objetivo trazado es iniciar las operaciones en octubre de 2022 hasta marzo de 2023, en la misma ventana temporal que fue prevista en el Estudio de Impacto Ambiental.

Por su parte, en cuanto a la afectación del interés público que requiere el dictado de una cautelar y que fue valorado por el juez, la presentación del Ministerio de Ambiente afirma que existe un “equivocadísimo encuadre” por parte del magistrado al sostener que “‘entendió’ por interés público aquel ‘..que se aprecia por la repercusión que ha tenido en la sociedad y en los medios de comunicación la noticia sobre su aprobación'”.

“Lo descripto por el magistrado no es el interés público comprometido; en todo caso es una descripción de aspectos que concitaron la atención pública y mediática locales, pero su posicionamiento se aparta del concepto jurídico como tal”, cuestiona el escrito.

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TRANSICIÓN ENERGÉTICA

El extenso recurso de apelación también analiza diversas cuestiones estructurales ambientales y del proyecto y en un tramo repara en la “transición energética”.

“Se espera que el desarrollo del complejo hidrocarburífero pueda contribuir no sólo a la transición energética sino también a aumentar los niveles de exportación a la región, contribuyendo a mejorar la performance de la economía argentina con generación de divisas y reduciendo la vulnerabilidad externa. Ahora bien, la sostenibilidad del proceso de transición energética puede ser analizada sobre la base de la interacción de cuatro dimensiones: seguridad energética, equidad social, mitigación del cambio climático y el desarrollo tecno-industrial. El éxito de la estrategia dependerá de la resolución conjunta de estas dimensiones que presentan tensiones o dilemas entre sí”, analiza.

En este sentido, interpreta que el freno puesto por el juez “interfiere y altera severamente el éxito de la transición, pues incide en la interacción entre las dimensiones señaladas, por lo que contrariamente a lo que pretende el juez de grado, la transición, debe ser justa, asequible y sostenible”. Y concluye: “Entender a estos sectores no como antagonistas sino como complementos estratégicos debería constituir la base de una transición ordenada y sostenible, capaz de armonizar la mitigación del cambio climático con la seguridad energética, la justicia social y el desarrollo tecnoindustrial”.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA E INFORMACIÓN PÚBLICA

Por su parte, y en torno a los cuestionamientos por la deficiente información pública y difusión de los procesos de evaluación de impacto ambiental, en el escrito el gobierno afirma que la mayoría de las personas y entidades que presentaron los amparos “ostentan haber tenido un acabado acceso a la información ambiental generada en el Estudio de Impacto Ambiental” y señala su participación en la audiencia pública y la presentación de “numerosos informes técnicos de las más variadas especialidades con el objeto de impugnar el estudio que efectuó Equinor”.

“La Administración puso a disposición del público la información disponible de manera proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible”, responde el gobierno a los argumentos del juez y también apunta contra “el carácter oportunista de la acción entablada por el Municipio de General Pueyrredon”.

Y así remarca que el juez al hacer lugar al planteo del intendente Montenegro de no haber sido anoticiado del proyecto “presume que el Ejecutivo comunal no conoció o no concurrió, atento que debió extendérsele una invitación especial o articular con el mismo otro tipo de consulta, pese a que estamos ante un hecho de público y notorio conocimiento”.

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“Mal puede esgrimirse entonces como obstáculo a la legitimidad de la Declaración de Impacto ambiental (DIA) una pretendida ausencia del debate o las consultas al intendente del Municipio cuando estamos ante un hecho que mereció la atención, concurrencia y proactividad no sólo de las asociaciones sindicales y demás organizaciones sino también de partidos políticos con escasa representación electoral, los cuales dieron evidentemente el ejemplo que el Municipio no dio“, apunta.

Y concluye: “Las reglas que imperan el buen arte de gobierno o la buena fe federal imponían al Municipio y al intendente no obrar de antemano con la expectativa de una acción enmarcada en el oportunismo judicial, sino consumar su concurrencia en tiempo y forma, no sólo ante los actos, procedimientos administrativos y debates relacionados con la información ambiental sino también en relación a los restantes actos de gobierno que se venían sucediendo en esta materia que datan al menos desde 2017 (tampoco pareció molestar ello al Ejecutivo comunal que gobernó durante el período 2015-2019). Paradójicamente, hubo organizaciones partidarias ajenas a la autoridad comunal que han demostrado y exhibido un mayor interés y preocupación por las cuestiones públicas”.

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15/02/2022