Viernes 19 de abril | Mar del Plata
05/05/2023

Juicio por Natalia Melmann: “Que se haga justicia”, las últimas palabras de Panadero

Así lo sostuvo el policía después de que su defensor pidiera la absolución y que la fiscalía requiriera la perpetua. La sentencia se conocerá el 17 de mayo.

Juicio por Natalia Melmann: “Que se haga justicia”, las últimas palabras de Panadero
(Foto: archivo / Qué digital)

Que se haga justicia, nada más”, dijo Ricardo Panadero, el cuarto policía acusado por el femicidio de Natalia Melmann, en sus últimas palabras brindadas este viernes en el cierre de los alegatos del segundo juicio en su contra. Lo hizo después de que su abogado defensor, Lautaro Resúa, volviera a pedir su absolución. La sentencia se dará a conocer el miércoles 17.

El pedido de la defensa, en línea con lo sostenido a lo largo de toda la investigación, se produjo después de que tanto la fiscal Ana Caro como los abogados de la familia de la víctima pidieran al Tribunal Oral en lo Criminal N°4 que el policía sea condenado a la pena de prisión perpetua.

En su caso, Resúa hizo foco en la insuficiencia probatoria de la compatibilidad del ADN cotejado con un vello púbico encontrado en el cuerpo de la víctima, y apuntó contra la credibilidad que puede asignarse a un testigo que supo ser de identidad reservada.

Con las posturas de las partes expuestas, los jueces Néstor Conti, Mariana Irianni y Juan Galarreta anunciaron que la sentencia se dará a conocer el miércoles 17 de mayo a las 10.30. Hasta tanto, por pedido de la fiscalía, el policía no podrá ausentarse más de 24 horas de su casa ni salir del país. Previo a esas definiciones, Panadero pudo dar sus “últimas palabras” y en ellas se limitó a decir: “Que se haga justicia, nada más”.

Ricardo Panadero enfrenta este segundo juicio en su contra después de haber sido absuelto en el debate previo realizado en 2018, cuya sentencia fue anulada por el Tribunal de Casación.

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En el juicio no se discute el brutal crimen ya probado y con sentencia firme contra tres policías condenados desde 2002 a perpetua y un civil sentenciado a 10 años. Lo que está en discusión es si Panadero participó o no de los hechos. Es decir, si formó parte del grupo de policías que el 4 de febrero de 2001 a la salida de un boliche de Miramar introdujo a Natalia por la fuerza en un patrullero y la trasladó a una casa para violarla y asesinarla y después arrojar su cuerpo en el vivero municipal.

Al igual que lo hicieron las partes acusadoras, pero en sentido contrario a su valoración para impulsar la absolución, la defensa centró buena parte de su alegato en analizar dos elementos centrales en este juicio, teniendo en cuenta que fueron los marcados por el Tribunal de Casación al momento de anular la sentencia dictada en 2018.

Ricardo Panadero

Ricardo Panadero. (Foto: Qué digital)

El primero de esos elementos es el valor que se le da al testimonio de un perito, Gustavo Penacino, que sostiene que un vello púbico encontrado en el cuerpo de Natalia tiene una compatibilidad de un 97% con el ADN del acusado. Así lo declaró en el primer juicio y lo ratificó en el actual debate.

Esa evaluación se sumó a la de la perita oficial Mercedes Lojo que a lo largo de la causa dictaminó que no podía ser determinante en la definición de identidad a partir de los resultados obtenidos en los estudios realizados.

El segundo elemento gira en torno a la credibilidad o no que se le asigne al testimonio de un testigo presencial del momento del secuestro, quien reconoció haber visto en ese lugar a Panadero ya los otros tres policías ya condenados, cuya declaración en el primer juicio había sido desacreditada al argumentar contradicciones con otros testimonios.

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Sobre el ADN, Resúa planteó que la prueba con la que se cuenta “no da certeza” ya que afirmó que los profesionales en la materia sostienen que el valor de certidumbre para una pericia genética se presenta con resultados coincidentes en un 99.99% o superior. Y así remarcó que por debajo de esos valores no puede considerarse estar ante una evidencia.

“Los resultados no excluyen a Panadero pero a renglón seguido expresa que dado lo incompleto del perfil las compatibilidad no pueden ser señaladas como pruebas concluyentes de identidad”, planteó Resúa sobre el informe pericial e insistió en que el 3% de no coincidencia para una prueba de ADN es un margen “bastante alto”.

Por su parte, sobre el testigo que supo ser de identidad reservada ya que al momento del hecho era menor de edad, el defensor planteó dudas y atacó su credibilidad, en línea con lo que fallaron los jueces en el primer juicio de 2018. Planteó que pese a que señaló a ocho personas como las que estuvieron presentes al momento del secuestro de Natalia -los cuatro policías más otros cuatros en torno a un auto particular- la fiscalía nunca avanzó con identificar quiénes eran las restantes personas y que incluso a uno de ellos el testigo lo identificó pero nunca se lo imputó ni convocó. “No lo hicieron porque no le creyeron al testigo”, entendió.

Ricardo Panadero

La defensa de Ricardo Panadero (Foto: Qué digital)

En la misma línea, entre otros elementos, argumentó la desacreditación de sus dichos en que nunca pudo ser encontrado ni identificado un conocido del testigo, con quien afirmó haber seguido al patrullero en un auto tras observar la secuencia en la calle del secuestro de Natalia.

Durante la jornada de este viernes, la primera en brindar su alegato había sido la fiscal Ana Caro que solicitó que se dicte una condena de prisión perpetua contra Panadero por considerarlo coautor de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y abuso sexual agravado con acceso carnal y partícipe necesario de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y criminis causa, figura que representa que el asesinato se cometió para ocultar un delito previo y lograr impunidad.

A ese pedido se había adherido los abogados de la familia de Natalia Melmann, Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi.

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“CONVENCIDO DE SU ESTADO DE INOCENCIA”

El defensor del policía Ricardo Panadero a lo largo de su alegato dijo estar “convencido de su estado de inocencia” y consideró que cualquiera sea la “perspectiva desde la cual se mire el caso las pruebas producidas no son suficientes para doblegar el estado de inocencia”.

También apuntó contra una “inactividad” del Ministerio Público Fiscal y atribuyó a ello, en gran parte, “el paso de 20 años” en la causa. “El paso del tiempo ha perjudicado su estado de inocencia y su derecho a defensa”, definió con relación a Pandero e insistió en que “ha pasado una cantidad de años que no tiene lógica”.

Y señaló que después de más de 20 años se presentó un juicio “en el que la principal prueba es un testigo que declaró en 2001 y una pericia producida hace más de 13 años”. “En nada ha innovado la acusación que les haya llevado este tiempo”, apuntó.

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