Jueves 25 de abril | Mar del Plata
26/11/2019

La Cámara confirmó el procesamiento del fiscal general Fernández Garello

Los jueces rechazaron los pedidos de nulidad y apelaciones interpuestos por la defensa y confirmaron la resolución que lo acusa por delitos de lesa humanidad.

La Cámara confirmó el procesamiento del fiscal general Fernández Garello
(Foto: archivo / Qué digital)

Mientras se continúa dilatando el inicio del jury contra el fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó su procesamiento por los delitos de lesa humanidad de los que se lo acusa: el secuestro y la tortura de tres militantes comunistas ocurridos entre el 23 y el 24 de julio de 1981.

La resolución de la sala 1 de la Cámara Federal de San Martín fue tomada este lunes y en ella los jueces Marcelo Darío Fernández, Marcos Morán y Juan Pablo Salas rechazaron los pedidos de nulidad y apelaciones interpuestos por la defensa y confirmaron el procesamiento del actual fiscal general de Mar del Plata así también como de otros seis agentes de inteligencia que están implicados en la causa en la que se investiga su participación en crímenes de lesa humanidad.

La decisión de la Cámara -que fue la misma que en diciembre de 2018 revocó la falta de mérito que se había dictado contra Fernández Garello y reimpulsó la investigación- confirmó el procesamiento dictado en abril pasado por la jueza federal de San Martín Alicia Vence al señalar que existen en la investigación judicial pruebas suficientes para avanzar con el proceso, lo que encamina el caso a llegar a la instancia del juicio oral y público.

“La instancia del proceso que actualmente se transita no requiere certeza de culpabilidad, es decir, no exige que la valoración que se realice sobre la prueba lleve, inequívocamente, a una única resolución sobre la responsabilidad del autor sobre el hecho. Para la etapa, basta la convicción suficiente de que existe probabilidad de que el nocente ha cometido los delitos atribuidos”, señalaron los camaritas respecto al estado del proceso en la resolución a la que tuvo acceso Qué digital.

Y plantearon que “la naturaleza de los sucesos investigados, la manera clandestina en que se encaró la represión de la subversión, la deliberada destrucción de documentos y de huellas, la libertad de acción que se otorgó a los cuadros inferiores y el anonimato en que procuraron escudarse sus autores, imponen que la prueba testimonial –cuestionada por los recurrentes- adquiera un valor singular“.

De esta manera, los jueces destacaron el valor del testimonio de los sobrevivientes y la coincidencia entre sus declaraciones. Y, fundamentalmente, remarcaron las pruebas del archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dippba) aportadas por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) cuando impulsó la causa penal. Así destacaron que “a pesar de la destrucción ordenada, ha sobrevivido prueba documental (legajos de servicios, de la DIPBA, manuales, reglamentos, órdenes y Directivas del Ejército) que sustentan las imputaciones”.

¿DE QUÉ SE LO ACUSA?

Fabián Fernández Garello está procesado bajo la acusación de haber participado en los secuestros y torturas de Jorge Oscar Bulacios, Ernesto Ramón Duarte y José Rolando Seitor, militantes del Partido Comunista. Los hechos se produjeron cuando el fiscal general se desempeñaba como agente en la seccional San Martín de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dippba).

La acusación se centra en los delitos de “privación ilegal de la libertad cometida por un funcionario público e imposición de tormentos inflingidos por un funcionario público, agravado dado que se trataba de perseguidos políticos” respecto a los hechos ocurridos entre el 23 y el 24 de julio de 1981.

El procesamiento, ahora confirmado por la Cámara, alcanza al resto de los acusados en la causa: Hugo Carlos Ramón Tresguerras, Daniel Eduardo Ríos, Daniel Cammarota,  Guillermo Horacio Ornstein, Ricardo Alberto Coronel y Jorge Norberto Apa.

La acusación sostiene que “al momento de llevarse a cabo las detenciones el imputado Jorge Norberto Apa se desempeñaba como jefe del Destacamento II de Inteligencia del Comando de Institutos Militares; y por su parte, Fabián Uriel Fernández Garello, Hugo Carlos Ramón Tresguerras, Daniel Eduardo Ríos, Daniel Cammarota, Ricardo Alberto Coronel y Guillermo Horacio Ornstein cumplían funciones dentro de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, seccional San Martín, y de la Brigada de Investigaciones III de San Martín, donde ostentaban los cargos de oficial subinspector, oficial principal, oficial subinspector, cabo primero y agente respectivamente”.

En este sentido, uno de los cuestionamientos planteados por la defensa oficial que representa a Fernández Garello sostuvo que el accionar por el que se lo acusa “se trató de una investigación y allanamientos legítimos, en concordancia con las leyes vigentes en esa época, actuando en cumplimiento de órdenes amparadas en las normas de fondo y forma” al tiempo que sostiene que Garello y los otros imputados estuvieron “dirigidos a la comprobación de  un delito, sin violencia y con la comunicación ‘inmediata’ a la autoridad judicial competente”.

Pero los jueces desacreditaron la postura y en base a la prueba documental y a fallos previos plantearon que “durante los sucesos motivo de esta pesquisa como otros que ocurrieron durante el gobierno de facto, si bien
quienes actuaron en la lucha contra la subversión utilizaron y se valieron de las leyes vigentes, también, en gran medida, utilizaron un modo ilegal y, en consecuencia, secreto de reprimirla”.

Y sostuvieron que “ese modo de operar, más allá de la posterior formación de actuaciones judiciales, comparte las
notas comunes que se han advertido a lo largo de los años de pesquisa con los sucesos directamente relacionados con el modo ilegal de combatir la subversión que adoptó el gobierno de facto hasta el año 1983″.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

26/11/2019