Jueves 25 de abril | Mar del Plata
28/04/2020

La Justicia en cuarentena: reanudación progresiva por medios electrónicos

La Suprema Corte dispuso fases progresivas para reactivar servicios en los distintos fueros sin la afluencia o traslado de personas a sedes judiciales.

La Justicia en cuarentena: reanudación progresiva por medios electrónicos
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Desde el pasado 16 de marzo -algunos días antes de que se dispusiera la cuarentena obligatoria en todo el país- la Suprema Corte mantiene el dictado de asueto en el Poder Judicial bonaerense con la atención de guardias mínimas y exclusivas para asuntos de urgente despacho. Si bien en la realidad eso se fue modificando a medida que pasaron las semanas, ahora el máximo tribunal dispuso la reanudación progresiva de plazos y servicios en los distintos fueros, entre ellos el Penal, aunque siempre por medios electrónicos y sin que impliquen el traslado de personas a sedes oficiales.

Si bien el lunes -ante la continuidad de la cuarentena obligatoria- la Suprema Corte resolvió prorrogar el asueto, remarcó que se trataba de “una medida transitoria al solo efecto de mantener la continuidad jurídica” ya que este martes emitió una nueva resolución en la que oficializó la puesta en marcha de “fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales”.

Por otro lado, mediante otra resolución, el máximo tribunal bonaerense hizo saber a todos los actores judiciales la disponibilidad de la plataforma Microsoft Teams para llevar a cabo audiencias de manera remota con personas alojadas en unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense.

En detalle, la Corte definió la reanudación de los plazos a partir del 29 de abril para el dictado por medios digitales de toda clase de resoluciones y sentencias y de su notificación electrónica en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz.

Asimismo, a partir del 6 de mayo estableció la reanudación de plazos únicamente para realizar presentaciones electrónicas y actos procesales, incluyendo todo acto o diligencia procesal posterior a cada presentación, en tanto sean compatibles con las restricciones vigentes con despachos que “se realizarán en la medida que los medios tecnológicos disponibles lo permitan y siempre que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales”

En torno a los organismos del fuero de Familia, la Corte dispuso que “continúen su actividad bajo las normas de emergencia vigentes” y planteó que “se mantiene la limitación de iniciar nuevos procesos a excepción de los correspondientes a casos urgentes y de aquellos en los que sea inminente la prescripción de la acción”.

Por su parte, en cuanto a los organismos de los fueros Penal y Penal Juvenil desde la Corte determinaron que “continuarán su actividad bajo las normas de emergencia actualmente vigentes” aunque repararon en que “se permitirá la sustanciación y decisión de los procedimientos de juicios abreviados, directísimos y la suspensión del juicio a prueba en la medida que los medios tecnológicos disponibles lo permitan y siempre que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales o suplantado el procedimiento oral por el escrito”.

Además, puntualizó que para “cualquier audiencia con intervención de personas privadas de libertad será en principio aplicable el sistema de videoconferencia“.

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28/04/2020