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23/03/2023

Lucía Pérez: cronología de los seis años entre el femicidio y las condenas del segundo juicio

Qué pasó entre el 7 de octubre de 2016 y este 23 de marzo de 2023 en el que se conoció la condena a perpetua contra Matías Farías y de 8 años a Juan Pablo Offidani.

Lucía Pérez: cronología de los seis años entre el femicidio y las condenas del segundo juicio
(Fotos: Qué digital)

Seis años y cinco meses después del hecho, este jueves la familia de Lucía Pérez volvió a escuchar una sentencia en torno a la muerte de la adolescente de 16 años: el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 condenó a perpetua a Matías Farías (29) y a 8 años a Juan Pablo Offidani (47) por los delitos de abuso sexual y femicidio en calidad de autor y partícipe secundario, respectivamente.

Pero para llegar a esa nueva definición el camino fue muy largo: se desarrolló un segundo juicio, se anuló parte de la primera sentencia, se está por empezar a enjuiciar a dos jueces del primer debate, llovieron críticas contra la actuación de la primera fiscal por dar definiciones terribles sobre el hecho que después fueron descartadas por pericias y la perspectiva de género en el Poder Judicial se volvió un tema de debate central.

A continuación, un repaso cronológico por estos seis años y cinco meses del “caso Lucía Pérez”, desde el viernes 7 de octubre de 2016 en el que los principales acusados conocieron a la adolescente para venderle droga hasta la segunda sentencia dictada este este jueves.

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  • 7/10/2016

De acuerdo a la investigación, Matías Farías conoció a Lucía Pérez a la salida de la Escuela Media N°3 al venderle marihuana. El contacto lo hizo una compañera de la adolescente y conocida del barrio del joven. Hasta la escuela Farías llegó en la camioneta que manejaba Juan Pablo Offidani. Después de venderles la droga, las adolescentes fueron trasladadas hasta una parada de colectivos para ir hacia su casa. Lucía y Farías siguieron hablando por WhatsApp durante la tarde y la noche.

  • 8/10/2016

También de acuerdo a la investigación, después de retomar las conversaciones por WhatsApp, durante la mañana del sábado Farías fue con Offidani en la camioneta de éste último hasta inmediaciones de la casa de Lucía, por donde la pasaron a buscar. Offidani llevó a los dos a la casa de Farías en el barrio Alfar. Horas más tarde, Offidani volvió junto con Alejandro Maciel en la camioneta: después de un tiempo sacaron a Lucía desmayada y la trasladaron al Centro de Salud de Playa Serena. Offidani y Maciel se fueron. Farías se quedó y le avisaron que la adolescente había muerto. Después de un tiempo, fue con la Policía hasta la casa -previo paso por el domicilio de Offidani en busca de las llaves- y entregó las pertenencias de Lucía.

  • 9/10/2016

Farías y Offidani fueron detenidos en inmediaciones de su casa a bordo de la camioneta con marihuana. Su detención se conoció públicamente el 11 de noviembre con los primeros detalles de la investigación.

La titular de la Fiscalía N°8, María Isabel Sánchez, a cargo del caso, convocó a una inusual conferencia de prensa en la que afirmó que existió contra la víctima una “agresión sexual infrahumana” y que fue asesinada tras sufrir “un violento abuso sexual”. Sostuvo que el abuso fue perpetrado por al menos dos personas y que fue vejada con objetos.  “Lo que hubo fue un reflejo del nervio vago, que es justamente provocado por un excesivo dolor que provoca un paro cardíaco”, afirmó la funcionaria judicial.

Familiares, amigos, vecinos, organizaciones sociales y de derechos de las mujeres se congregaron en Playa Serena a pocos días de la muerte con consignas como “Justicia“, “Ni una Menos” y “Vivas nos queremos”.

Tras la multitudinaria convocatoria en Playa Serena que recorrió varias cuadras sobre las Ruta 11, marplatenses se congregaron en la Municipalidad para acompañar a la familia de Lucía. “Asesinos, violadores, narcos”: con esos mensajes pintados en aerosol quedó después el frente de la oficina de la escribanía perteneciente al padre de Juan Pablo Offidani, uno de los acusados, ubicada en el centro de la ciudad.

Alejandro Maciel, el tercer hombre que era buscado por la Policía como parte de la investigación y que se desempeñaba como acompañante terapéutico de Offidani, fue detenido cerca de la medianoche en un hotel de Santa Clara del Mar. Estaba acusado del delito de “encubrimiento”.

Mujeres organizadas en todo el país convocaron a un paro nacional de mujeres, que implicó un cese de actividades entre las 13 y las 14, además de una movilización a partir de las 17, bajo la consigna “Nosotras paramos”. En la ciudad también hubo una masiva marcha por la tarde.

La repercusión que tuvo el caso de Lucía Pérez superó ampliamente a la ciudad e impactó a nivel nacional e internacional. La expresidenta Cristina Kirchner escribió una carta titulada “Lucía. Ni una menos” en la que se refirió a la situación. “Lucía tenía 16 años. Los años que mi hija tuvo la suerte de poder cumplir”, expresó.

A siete meses del hecho, Matías Farías, el principal acusado, decidió declarar a través de un escrito ante la fiscal María Isabel Sánchez. Hasta ese momento había preferido guardar silencio. Sostuvo que mantuvo relaciones “absolutamente consentidas” con Lucía y señaló que luego de advertir que estaba mal la encontró en la habitación inconsciente “posiblemente por el consumo de drogas”. Relató que cuando Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel llegaron y la llevaron a la sala de salud y que luego le dijeron que había fallecido.

Se realizó una junta médica en el Instituto Forense de Lomas de Zamora -tras los primeros resultados de la autopsia practicada en Mar del Plata- en busca de precisiones sobre las causas de la muerte de Lucía y se sumó como hipótesis que la adolescente podía haber muerto por asfixia. La fiscalía resolvió pedir una nueva junta médica a cargo de especialistas de la Suprema Corte bonaerense.

La Justicia de Garantías le otorga a Alejandro Maciel una medida de “coerción atenuada” que implicó el ingreso del acusado a una institución con fines terapéuticos con monitoreo electrónico del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), mediante la colocación de una pulsera magnética.

El resultado de la junta médica realizada por peritos de la Suprema Corte da cuenta que la adolescente murió por asfixia tóxica por congestión y edema pulmonar (a partir del consumo de cocaína) y, además, descartó, por un lado, una muerte súbita y, por otro, el “reflejo vaso vagal”, tal como había sido considerado y difundido inicialmente la fiscal. Los peritos no encontraron lesiones que calificaran como compatibles con un abuso sexual, aunque tampoco lo descartaron rotundamente.

La investigación de Sánchez comienza a mostrar cambios y notificó a los acusados de una modificación de calificación: por un lado, agrava la acusación hacia “abuso sexual seguido de muerte agravado por el suministro de droga en concurso ideal con femicidio”, pero también plantea una hipótesis alternativa alejada de esa: “abandono de persona seguido de muerte”.

Después de las diversas pericias y las juntas médicas realizadas, la fiscal María Isabel Sánchez dio por cerrada la etapa investigativa y pidió a la Justicia de Garantías la elevación a juicio de la causa. Mantuvo las calificaciones de abuso sexual y femicidio y de manera alternativa la de abandono de persona seguido de muerte, que después sería descartada. La defensa de los acusados pidió el sobreseimiento para los tres al sostener que en la causa no se acreditó el delito imputado.

A un año de la muerte de Lucía Pérez, el juez de Garantías Gabriel Bombini elevó la causa a juicio: el magistrado remarcó las dudas sobre el causal de muerte de la joven, y señaló que “más allá de las diferencias de mayor o menor probabilidad de una hipótesis de causal de muerte -por suministro de estupefacientes por sobre la violencia o abuso sexual-, tratándose de un hecho único se dispone la elevación a juicio para ventilar la totalidad de las hipótesis posibles en el debate oral”.

Esa resolución implicó fuertes críticas para la fiscal Sánchez: Bombini apuntó contra una “parsimonia en los albores investigativos”, contra “el modo de exposición pública del caso a escasos días de acontecido el hecho, arrojando certezas contundentes sobre aspectos conmocionantes que no han podido ser suficientemente corroboradas ni descartadas ni siquiera a un año de los acontecimientos”; y contra “el particular modo de conducción de una injustificadamente extendida pesquisa, en la cual se ha oscilado sucesivamente en pluralidad de encuadramientos legales ampliamente divergentes en los distintos actos procesales”.

Una vez cerrada la instrucción, la Fiscalía General otorgó una licencia psiquiátrica de la fiscal María Isabel Sánchez. Tiempo después sería disuelta su fiscalía -una de las seis de turno, que investigan los delitos más graves- y más tarde pasó a integrar la de Flagrancia, en la que se mantiene hasta la actualidad.

En el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 realizó la audiencia preliminar al juicio encabezada los jueces Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso, y en la que estuvieron presentes todas las partes, incluidos los tres detenidos, para acordar las condiciones del debate. El fiscal Daniel Vicente se hizo cargo de la acusación del Ministerio Público Fiscal en lugar de Sánchez, que fue apartada del caso.

Empezó el juicio contra los tres acusados. Además de la acusación a cargo del fiscal Vicente, el abogado Gustavo Marceillac representó a la familia de Lucía. La representación de los tres acusados estuvo a cabo de la defensora oficial Laura Solari. Inicialmente en el caso Offidani había tenido abogados particulares.

En los alegatos del primer juicio el fiscal Daniel Vicente pidió la pena de prisión perpetua para Matías Farías, en tanto para Juan Pablo Offidani solicitó 18 años de prisión por considerarle partícipe secundario. El funcionario judicial mantuvo la acusación por la venta de droga a menores de edad y en cercanías de una escuela y por abuso sexual en un contexto de violencia contra la mujer y de género. Previamente retiró la acusación contra Alejandro Maciel -que llegó acusado de haber lavado y acondicionado el cuerpo de Lucía- al remarcar que “no se ha podido probar ninguno de los extremos de la acusación”.

El abogado Marceillac pidió que los dos principales acusados fueran condenados a la pena de prisión perpetua mientras que, a diferencia de la fiscalía, mantuvo la acusación contra Maciel y solicitó que se lo condene a cuatro años y medio de prisión por encubrimiento.  “Estás pidiendo perpetua de onda, yo no la violé, no la empalé, nada, no la maté”, dijo Farías a los gritos tras el alegato del abogado.

Con fuertes críticas a la actuación de la fiscal Sánchez, la defensora Solari solicitó la absolución para todos los acusados al considerar que no existió abuso sexual, tras sostener que fue ilegal procedimiento en el que se secuestró la droga en la camioneta de Offidani y luego de descartar que el cuerpo de la joven haya sido lavado y acondicionado tras la muerte. De manera alternativa, solo solicitó el mínimo de pena por venta de estupefacientes para Farías.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº 1 condenó a ocho años de prisión a Farías y  Offidani y absolvió a Maciel. Los dos principales acusados fueron condenados por venta de droga agravada por ser a menores de edad y cerca de una escuela. En relación al abuso sexual en concurso ideal con femicidio, para los jueces durante el debate “la prueba  ofreció claridad en torno a la inexistencia de un abuso sexual con acceso carnal y de una responsabilidad (imputación) por la muerte de Lucía”.

Los jueces afirmaron que “no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad”, que “todo fue perfectamente querido y consentido” y que “no ha existido ni violencia física, psicológica ni mucho menos cosificación”.

Con críticas a su actuación, pidieron enviar la resolución a la Procuración General de la provincia de Buenos Aires por el “posible delito de incumplimiento de deberes de funcionario público” por parte de María Isabel Sánchez.

En fallo que absolvió a los acusados de abuso sexual y femicidio desencadenó un “paro nacional de mujeres, lesbianas, travestis y trans”. La acción se desarrolló con miles de mujeres en distintas partes del país manifestándose en contra del “Poder Judicial patriarcal y femicida” y con una multitudinaria movilización en Mar del Plata encabezada por el papá de Lucía y familiares de distintas víctimas de la violencia machista en la ciudad.

La diputada nacional por la Ciudad de Buenos Aires Victoria Donda junto a otros legisladores presentaron públicamente un pedido de juicio político contra los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1.

Tras la presentación formalizada bajo la figura de “mal desempeño en sus funciones”, el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires resolvió abrir el jury contra los jueces Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso -Aldo Carnevale se jubiló antes- al declarar que los hechos denunciados -más allá de lo que se vaya a resolver en un futuro- integran la competencia del tribunal.

Alejandro Maciel murió tras sufrir cáncer, un año y medio después de haber resultado absuelto en el juicio después de que la fiscalía retirara la acusación en su contra.

A partir de la presentación realizada por la Fiscalía General y la familia de Lucía contra el fallo, el Tribunal de Casación bonaerense anuló parcialmente la sentencia del juicio, en relación a la absolución por los delitos de abuso sexual y femicidio, y ordenó la realización de un nuevo debate. La sala 4, compuesta por los jueces Mario Kohan, Carlos Natiello y Fernando Mancini, cuestionó la falta de perspectiva de género de la sentencia: los camaritas afirmaron que “no se está juzgando a la víctima”y que es “inexplicable indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores” de ella. También criticaron que los jueces expusieron “intolerables prejuicios y suposiciones basados en estereotipos de género“. Y calificaron el fallo como “subjetivo y tendencioso, prejuicioso, parcial y discriminatorio”.

El Tribunal de Casación desestimó el recurso extraordinario que había interpuesto la defensa de los dos acusados con el objetivo de acudir a la Suprema Corte para que se dejara sin efecto la decisión tomada en agosto.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata confirmó la prisión preventiva sobre Matías Farías y Juan Pablo Offidani mientras se esperaba la decisión de la Suprema Corte en torno a la realización de un segundo juicio bajo la acusación de abuso sexual y femicidio. De esta manera, no se hicieron efectivos pedidos de libertad asistida realizados por Offidani en relación al cumplimiento de la condena a ocho años de prisión por el delito de venta de droga.

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario que había interpuesto la defensa contra la decisión del Tribunal de Casación de ordenar un nuevo juicio. La decisión fue emitida con la firma de los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres, Daniel Soria y Luis Genoud, quienes admitieron la queja interpuesta por la defensa, la analizaron y finalmente dispusieron rechazar el recurso.

La Suprema Corte denegó los recursos extraordinarios federales que habían presentado las defensas de los dos acusados con los cuales buscaban llegar a que la Corte Suprema de la Nación analizara la anulación parcial de la sentencia que ordenó la realización de un nuevo juicio contra los dos imputados.

En el marco de una audiencia preliminar, el Jurado de Enjuiciamiento bonaerense resolvió por unanimidad admitir la acusación contra los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas y los suspendió de sus cargos mientras se define con el análisis de las pruebas si corresponde su destitución.

La Cámara de Apelación de Mar del Plata rechazó un pedido de las defensas de los dos acusados para el que el nuevo debate se realice mediante la modalidad de “juicio por jurados”, es decir con jurados populares. De esa manera, la Cámara confirmó que el nuevo proceso lo deberían llevar adelante los jueces técnicos que ya habían sido designados para conformar el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2: Gustavo Fissore (integrante original del TOC N°4), Roberto Falcone y Alexis Simaz.

La Suprema Corte rechazó un recurso de queja de los acusados que buscaban evitar ser juzgados por jueces técnicos y que, en cambio, que el nuevo debate se realice a través de la modalidad por jurados.

Con la ratificación de la fiscalía y del particular damnificado que irán en busca de condenas por abuso sexual y femicidio y con la de las defensas que apuntarán a lograr la absolución al entender que no existieron esos delitos, se inició el segundo juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal N°2. Leandro Arévalo fue el fiscal designado para este segundo juicio. Las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini estuvieron a cargo de la representación de la familia de Lucía. Y en la defensa de Farías siguió Laura Solari en tanto que la de Offidani estuvo a cargo de César Sivo y Romina Merino.

En los alegatos, el fiscal Arévalo pidió que se condene a prisión perpetua a Matías Farías y a 20 años de prisión a Juan Pablo Offidani al ratificar la acusación por los delitos de abuso sexual y femicidio, uno en calidad de autor y el otro de partícipe secundario. Por su parte, con la definición de que “el consentimiento no se presume” y con el pedido de que se “reconozca la desigualdad estructural entre el hombre y la mujer”, las abogadas de la familia pidieron que los dos acusados sean condenados a perpetua, uno en calidad de autor y otro por ser partícipe necesario para que el hecho se concretara.

El fiscal pidió “disculpas” en nombre del Ministerio Público Fiscal: habló de “errores” cometidos por la fiscal Sánchez y lamentó que los mismos “derivaron en un perjuicio” para la causa.

Después de que Arévalo cuestionara en duros términos la instrucción realizada por su par María Isabel Sánchez, desde la Fiscalía General salieron a responderle, a rechazar sus dichos y a acusar una “posible transgresión de las normas que rigen el decoro y comportamiento” de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal.

Las defensas pidieron la absolución de los acusados al sostener que “no existió delito alguno” y al entender que entre Matías Farías y Lucía Pérez hubo una “actividad sexual consentida”. Afirmaron que no existe prueba para demostrar lo contrario.

Mientras se esperaba la sentencia, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, recibió a la mamá y al papá de Lucía Pérez. “No vamos a permitir la impunidad”, afirmó en las redes sociales, definió el hecho como un femicidio y expresó que se debe “exigir la búsqueda de justicia”.

El mensaje del presidente Alberto Fernández derivó en un pedido de nulidad del segundo juicio. La defensora oficial Laura Solari acusó al presidente realizar una “abierta coacción” contra los jueces del caso. También denunció una “alarmante intromisión del Poder Ejecutivo” en el proceso.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata rechazó el pedido de nulidad del segundo juicio y el planteo de recusación impulsado por las defensas. La lectura de la sentencia fue reprogramada para el jueves 23 de marzo a las 14.30.

En el día en el que estaba proyectado el inicio del jury contra los jueces del primer juicio con una audiencia de presentación de la prueba, la familia de la adolescente planteó la recusación del fiscal que fue designado para el proceso, Marcelo Lapargo, a cargo de la Fiscalía General de San Martín.

La Cámara de Apelación y Garantías de Mar del Plata confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de rechazar el pedido de nulidad del segundo juicio y el planteo de recusación de los magistrados.

En una lectura abreviada del fallo, el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N°2, Gustavo Fissore, dio a conocer la decisión de condenar a perpetua a Matías Farías (29) por los delitos de abuso sexual y femicidio en calidad de autor y a 8 años a Juan Pablo Offidani (47 )por ser partícipe secundario del delito de abuso sexual.

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23/03/2023