Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
06/04/2021

Lucía Pérez: un nuevo paso hacia la realización de un jury contra los jueces del caso

La Comisión Bicameral de Enjuiciamiento presentó acusación contra los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas para llevar adelante el jury.

Lucía Pérez: un nuevo paso hacia la realización de un jury contra los jueces del caso
Carnevale (jubilado), Viñas y Gómez Urso (Foto: archivo / Qué digital)

Luego de que en diciembre de 2019, ante el pedido de jury contra los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia resolviera declarar que los hechos denunciados -más allá de lo que se vaya a resolver en un futuro- integran su competencia, este martes se sumó un avance ya que la Comisión Bicameral de la Legislatura bonaerense decidió presentar acusación contra los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes intervinieron en 2018 en el juicio por el crimen de Lucía Pérez.

Cabe recordar que la acusación no incluye al tercer magistrado que integró el Tribunal, Aldo Carnevale, ya que se jubiló a mediados de 2019.

El pedido de enjuiciamiento había sido presentado en mayo de 2019 inicialmente por Marta Montero, mamá de Lucía Pérez, con el acompañamiento de legisladores de distintas fuerzas políticas que por aquel entonces ocupaban sus bancas como Victoria Donda, hoy titular del Inadi a nivel nacional, Gabriela Cerruti, Romina del Pla y Facundo Moyano.

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En diciembre de ese año -previo a la pandemia y la paralización de parte de la Justicia- el Jurado de Enjuiciamiento evaluó si los hechos denunciados en contra de los jueces configuraban un caso que integrara la competencia de ese tribunal de enjuiciamiento y así concluyó de manera unánime “declarar que los hechos que se denuncian en relación a los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata -doctores Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas-, integran la competencia del Tribunal”.

De esta manera, el Jurado de Enjuiciamiento -integrado por el presidente de la Suprema Corte, Eduardo Néstor de Lázzari, los legisladores Carlos Ramiro Gutiérrez, Santiago Eduardo Révora y Gustavo Soos y los abogados Lisandro Daniel Benito, Carlos Fernando Valdez, Diana Graciela Fiorini y Guillermo Ernesto Sagues- dispusieron remitir la decisión a la Procuración General y a la Comisión Bicameral para Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios para que manifestaran su voluntad de asumir el rol de acusador en el proceso o solicitar el archivo de las actuaciones.

En ese marco, este martes finalmente la Comisión Bicameral de la Legislatura bonaerense -conformada desde febrero pasado con nuevos integrantes por cinco senadores y siete diputados– presentó al Jurado de Enjuiciamiento el petitorio para que se desarrolle efectivamente el jury contra Gómez Urso y Viñas y asumir en él el rol de acusador.

Entre las razones expuestas por la Bicameral, señalaron que además de la impugnación impuesta a la sentencia por el Tribunal de Casación, queda a la luz la “utilización en la sentencia de numerosos prejuicios, estereotipos, lograda la sentencia con un carácter androcéntrico, que hace foco en la conducta de la menor prescindiendo de la correcta aplicación” de las normativas vigentes.

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Además, focalizaron en un “grave error” en la percepción de los hechos por parte de los magistrados, a quienes también acusan de “estigmatizar” a la víctima, por lo cual, para las y los legisladores, “los jueces denunciados no reúnen las condiciones que la constitución y las leyes determinan para proseguir en el cargo”.

De la misma manera, apuntaron que su labor en el juicio fue “inidónea y arbitraria, perjudicando la fe del sistema jurisdiccional, desprestigiando la administración de justicia” y, además, “desconociendo la aplicación obligada de la cuestión de género y no discriminación”.

Un “jury de enjuiciamiento” o “enjuiciamiento de magistrados y funcionarios judiciales” tiene el objetivo de investigar la conducta de los jueces y funcionarios de las instancias inferiores. Se trata de un organismo de naturaleza política cuyo accionar se limita a determinar si el juez o funcionario denunciado debe -o no- continuar en el ejercicio de su cargo, al “verificar” si subsiste la “buena conducta” que la Constitución Nacional requiere para continuar en el ejercicio de la función.

EL CASO

Por el crimen de Lucía Pérez, sucedido el 8 de octubre de 2016, inicialmente la Justicia en el debate imputó a Matías Farías y Juan Pablo Offidani por los delitos de venta de drogas a menores en inmediaciones de una escuela y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio, en calidad de autor y partícipe secundario, respectivamente. A Alejandro Maciel, en tanto, lo imputó por encubrimiento agravado.

El juicio se llevó adelante en noviembre de 2018. Allí, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 absolvió a Maciel –fallecido en julio de 2020– de su acusación de encubrimiento y también a Farías y Offidani al entender que no existió abuso sexual y femicidio, y solo les impuso a estos dos últimos condena por venta de drogas, a 8 años de prisión.

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Tras la sentencia, recurrida tanto por la familia como por la Fiscalía General de Mar del Plata, el Tribunal de Casación bonaerense decidió el 12 de agosto de 2020 anular las absoluciones y ordenar la realización de un nuevo juicio, que todavía no tiene fecha ni dignación de nuevo tribunal.

 

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06/04/2021