Jueves 18 de abril | Mar del Plata
19/11/2020

Madaho’s: tras el acuerdo con penas menores, avanza la causa por lavado de dinero

En marzo, un acuerdo entre la fiscalía y las defensas descartó el delito de trata de personas y la pena máxima impuesta fue de 3 años. Ahora piden elevar a juicio una segunda investigación.

Madaho’s: tras el acuerdo con penas menores, avanza la causa por lavado de dinero
(Foto: archivo / Qué digital)

En marzo pasado la Justicia de Mar del Plata resolvió en un juicio abreviado la causa contra seis empresarios en torno al prostíbulo Madaho’s: se les aplicaron penas menores a cuatro de los acusados a partir de que la fiscalía a cargo de Juan Manuel Pettigiani resolviera quitar el delito de trata de personas de la acusación y acordar una condena por la calificación de “explotación económica de la prostitución ajena” con penas máximas de tres años de prisión de ejecución condicional, es decir sin ir a la cárcel.  Ahora, la Fiscalía Federal difundió que una segunda causa que se había abierto en torno al delito de lavado de dinero continúa su trámite y en las últimas horas se solicitó que diez personas sean llevadas a juicio.

“Madaho’s Pub” estaba ubicado en Alem 4285. Se trató de un prostíbulo VIP, que tuvo sus puertas abiertas durante años para la explotación de mujeres. El 19 de septiembre de 2014 el lugar fue allanado, y así comenzaron a ser detenidas y procesadas distintas personas acusadas -inicialmente- de captar y recibir con fines de explotación sexual a al menos 25 mujeres en situación de vulnerabilidad. En marzo pasado, con un recurrente cambio de criterio, la fiscalía a cargo del juicio -a diferencia de las que llevan adelante las investigaciones- desestimó que los imputados hubieran captado, recibido y acogido a las víctimas y por eso se los condenó por el delito “explotación de la prostitución ajena”.

LAS CONDENAS ACORDADAS

A diferencia de lo ocurrido en la etapa de instrucción en la que la causa tuvo una fuerte difusión por parte de los canales oficiales, el acuerdo de juicio abreviado firmado entre el fiscal Pettigiani y las defensas de los acusados se produjo en febrero sin ninguna difusión y finalmente el 6 de marzo el juez Roberto Falcone, del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, lo convalidó.

Sustancialmente, pese a que la causa en el Juzgado Federal N°3 se instruyó por infracción a la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, e incluso eso fue respaldado por la propia Cámara Federal de Casación Penal, en la instancia de juicio la fiscalía a cargo de Pettigiani decidió variar la calificación legal de los hechos. Así, las penas finalmente impuestas presentan una escala considerablemente menor al delito inicial investigado.

Entre los condenados por el delito de “explotación de la prostitución ajena” aparecen los dueños del emprendimiento y el encargado operativo del lugar. Estas tres personas –Mario Alberto Sasiain, Daniel Alberto Fay y Mario Lafalce– acordaron la pena de sólo tres años de prisión de ejecución condicional (sin ir a la cárcel)  en tanto que Antonio Darío Navarro, quien ante la ausencia del encargado operativo tomaba su rol, recibió la pena de un año de ejecución condicional.

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En el acuerdo, el fiscal también retiró la acusación contra otros dos acusados que resultaron absueltos: Alejandro Ferrarello -asesor jurídico/administrador del inmueble y Diego Fay -contador que asesoró y realizó tareas contables para las sociedades comerciales bajo las que se amparaba el local-.

Asimismo, las partes acordaron una reparación económica a 16 víctimas por $350.000 a cada una, “propuesta que fue aceptada por las víctimas con las cuales el Fiscal pudo tomar contacto, habiendo agotado las diligencias para contactar a las restantes”, según fijó el fallo.

EL PEDIDO DE ELEVACIÓN A JUICIO POR LAVADO DE DINERO

Pasados nueve meses del juicio abreviado, ahora el fiscal federal general de Mar del Plata, Daniel Adler, solicitó al juez Santiago Inchausti que diez acusados sean juzgados en una segunda causa abierta años atrás en torno al funcionamiento de Madaho’s. En este caso, por el delito de lavado de activos agravado, es decir, maniobras realizadas “para dar apariencia lícita a sumas millonarias de dinero obtenidas de la explotación económica y sexual de mujeres”.

Según se informó a través de fiscales.gob.ar, las conductas de lavado detectadas fueron contemporáneas y posteriores a la explotación de las víctimas y “conllevaron un proceso de legitimación de activos por un monto que ascendió, como mínimo, a un total $16.620.040″.

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Según se desprende de la causa, en la que los diez acusados fueron procesados en mayo de 2018, a los tres hombres ya condenados por explotación sexual -Alberto Fay, Mario Alberto Sasiain y Mario Alejandro Lafalce- se suman otras dos personas. Se trata del hermano de uno de ellos -Diego Alejandro Fay- que intervino en la contabilidad de la empresa, y un abogado -Alejandro Héctor Ferrarello- encargado del asesoramiento jurídico, quien además actuó como fiduciario del inmueble donde funcionaba el lugar de explotación

En la investigación se remarcó “el armado de una contabilidad que reflejara una realidad económica aparente donde, mediante la declaración de supuestas ventas, se encubrieran los ingresos de origen ilícito que percibía ROLAFA SRL, principalmente por pagos con tarjetas de crédito efectuados por los prostituyentes/clientes” quienes concurrían al local de Alem 4285, que funcionó hasta los allanamientos del 19 de septiembre de 2014 que terminaron con su clausura.

Para el Ministerio Público Fiscal, también tuvieron una participación relevante en este despliegue las parejas de los principales acusados, ya sea como integrantes de tales figuras asociativas y/o como prestanombres en operaciones realizadas a título propio. También estuvo implicado otro hombre, que fue socio y gerente de una de las sociedades creadas y vinculada a los imputados de la causa. Esa sociedad que estaba a su cargo fue utilizada como andamiaje legal para la explotación del emprendimiento Madaho’s en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Al difundir el pedido de elevación a juicio, desde la fiscalía señalaron que en los casos de lavado de activos provenientes de la explotación sexual de mujeres, el decomiso “tendrá una especial función reparatoria de los daños ocasionados por el delito frente a la víctima y frente a la sociedad”. “Su reparación excede el interés privado de las partes y es una cuestión que atañe a toda la sociedad y al Estado, que se ha comprometido internacionalmente a generar las condiciones para hacerla efectiva”, subraya la acusación.

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19/11/2020