Martes 23 de abril | Mar del Plata
18/10/2022

Petroleras: el juez mantiene la cautelar y sigue frenada la exploración sísmica

El Juzgado Federal N°2 consideró que el gobierno y Equinor no cumplieron con todas las exigencias impuestas por la Cámara de Apelaciones. 

Petroleras: el juez mantiene la cautelar y sigue frenada la exploración sísmica
(Fotos: Qué digital)

El desarrollo de la exploración sísmica para una eventual instalación de petroleras a 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata seguirá frenada ya que el Juzgado Federal N°2 de la ciudad decidió mantener la medida cautelar que detuvo en febrero pasado el avance de la actividad. El juez Santiago Martín consideró que no fueron cumplidos todos los requisitos que impuso en junio la Cámara Federal de Apelaciones y que el gobierno nacional dijo haber implementado a partir de estudios de impacto ambiental complementarios.

En la resolución tomada este martes, el juez Martín dio por cumplidos tres de los puntos exigidos por la Cámara marplatense pero descartó que se hayan respetado otros dos por lo que comunicó al Ministerio de Ambiente de la Nación que conduce Juan Cabandié “que deberá dar efectivo cumplimiento a los recaudos a la fecha insatisfechos, manteniéndose hasta tanto la orden cautelar dictada por la Cámara Federal de Apelaciones”.

La actividad que sigue suspendida por la Justicia -la prospección sísmica para la búsqueda de hidrocarburos en los bloques marinos CAN 108, CAN 100 y CAN 114– es uno de los proyectos que impulsa el gobierno nacional ya que de manera simultánea para esta semana está programado el inicio de una audiencia pública en torno a otra iniciativa, el “Proyecto Argerich” que consta ya no de una exploración sísmica sino del desarrollo también por parte de la empresa Equinor de una perforación del lecho marino a través de un buque exploratorio.

Entre los dos puntos que el juez dio por incumplidos por el gobierno nacional aparece el de dar participación a la Administración de Parques Nacionales (APN) para que cumpla con sus obligaciones normadas por ley en relación a la ballena franca austral en su carácter de monumento natural y tras ello evaluar y valorar su opinión o dictamen y tomar las medidas que correspondan.

El juez analizó el informe elevado por el organismo y planteó que “lo requerido por la Cámara Federal no se agota en una mera intervención ‘formal’ de la APN” en el dictado de la declaración de impacto ambiental complementaria “ya que dicho tribunal manda a evaluar y valorar su opinión ‘tomándose entonces las medidas que correspondan en consecuencia'”. Así, consideró “evidente” que esas medidas no fueron tomadas y, por lo tanto, no se cumplió con lo dispuesto por la Cámara.

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El segundo punto incumplido por el Ministerio de Ambiente que señaló el juez fue el que ordenó incluir y analizar “en forma conglobada el ámbito espacial y los plazos temporales” en los que se desarrollará el proyecto “atendiendo a los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos”.

En ese sentido, para el juez Martín, en los nuevos estudios presentados por la empresa Equinor y aprobados por el gobierno “se desconoce fehacientemente qué se hará, cómo se hará y cuándo se harán las actividades de las otras empresas, lo que impide lógicamente arribar a conclusiones sólidas sobre los impactos acumulativos y sinérgicos de dichas actividades en relación a las que desarrollará” la firma.

Además, cuestionó que en las conclusiones del informe complementario “son conjeturales los tiempos en que cada empresa desarrollará sus actividades” dado que “no hay un cronograma preciso aprobado por la autoridad competente que englobe a todas ellas, y planifique en conjunto los tiempos y modalidades de la exploración y eventual explotación hidrocarburífera, y que haya evaluado previamente los impactos acumulativos y sinérgicos que en conjunto tales actividades podrían conllevar”.

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Desde hace algunas semanas, y a la espera de la decisión finalmente conocida este martes, la Asamblea por un mar libre de petroleras llevó a cabo diversas jornadas de concentración y visibilización de su reclamo frente al Juzgado Federal N°2, ubicado en Independencia al 2000.

EL CAMINO JUDICIAL

La intervención del Poder Judicial en torno a la resolución del gobierno nacional que autorizó el 30 de diciembre de 2021 el desarrollo del proyecto de exploración sísmica para la posible instalación de petroleras se produjo a partir de la presentación de cuatro amparos: el primero lo impulsó La Casa del Trabajador, el segundo un grupo ambientalista autoconvocado, el tercero el propio intendente Guillermo Montenegro y el cuarto un conjunto de organizaciones como la Asociación de Surf Argentina, Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.

Los cuatro expedientes quedaron a cargo del titular del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, Santiago Martín, y el 12 de enero obtuvieron un primer paso beneficioso pero por parte de la Fiscalía Federal interviniente, a cargo de Laura Mazzaferri, quien dictaminó a favor del dictado de una medida cautelar que suspendiera la resolución del gobierno nacional que aprobó el desarrollo de la actividad hasta tanto se realizara una “evaluación ambiental estratégica”

Tras haber mandado a pedir informes y toda la documentación del procedimiento administrativo al Ministerio de Ambiente, el juez Martín resolvió el 11 de febrero dictar la medida cautelar solicitada por los amparistas “sin límite temporal” y ordenó la suspensión de las tareas adjudicadas a la empresa Equinor hasta que hubiera una sentencia definitiva en el trámite de la causa.

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Contra esa decisión, el gobierno nacional presentó un recurso de apelación y también planteó la recusación del juez Martín. El 23 de marzo la Cámara rechazó la recusación efectuada por el gobierno y por la empresa Equinor contra el magistrado, por lo que se mantiene al frente del proceso. Y el 3 de junio los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, si bien dejaron sin efecto la cautelar dictada originalmente, ordenaron al gobierno nacional llevar adelante -bajo una nueva medida cautelar– una nueva Declaración de Impacto Ambiental que complementara a la ya realizada y que contuviera diversos elementos que no habían sido tenidos en cuenta como no haber realizado una “Evaluación Ambiental Estratégica” que integrara y analizara “impactos acumulativos” del proyecto de exploración sísmica.

De esa manera, el 9 de agosto el gobierno nacional aprobó los estudios de impacto ambiental complementarios presentados por la empresa Equinor con el objetivo de cumplir con esas exigencias judiciales y los elevó a la Justicia, por lo que el juez Martín quedó en condiciones de controlar si esa documentación nueva cumplió con lo ordenado por la Cámara. En la previa de la decisión conocida ahora, la mayoría de los amparistas lo había considerado insuficiente y la Fiscalía Federal N°2, a cargo de Juan Manuel Pettigiani, había dado el visto bueno.

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18/10/2022