Martes 23 de abril | Mar del Plata
12/11/2022

Prostitución: la fiscalía general pidió dejar sin efecto el rechazo del amparo

La Cámara de Apelaciones deber resolver si confirma o anula la decisión del juez López en torno a la acción impulsada por el gobierno nacional contra la regulación.

Prostitución: la fiscalía general pidió dejar sin efecto el rechazo del amparo
Operativo policial contra el desarrollo de la prostitución (Foto: archivo / Qué digital)

La fiscalía general federal de Mar del Plata dictaminó que debe dejarse sin efecto el rechazo del amparo que fue presentado por el gobierno nacional contra la vigencia de la ordenanza que regula la prostitución en la ciudad al cuestionar los argumentos del juez Alfredo López que se centraron en una falta de competencia del Comité nacional de Lucha contra la Trata de Personas para impulsar una acción judicial de este tipo. La decisión está en manos de la Cámara Federal de Apelaciones.

Después de que el 22 de agosto el titular del Juzgado Federal N°4, Alfredo López, rechazara el amparo impulsado por Comité nacional de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de la Nación y encabezado por el dirigente Gustavo Vera, el organismo presentó un recurso de apelación contra esa decisión con el objetivo de que sea analizada -y revertida- por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

Sin embargo, el juez López rechazó esa posibilidad al argumentar que la designación de Vera al frente del organismo a través del cual interpuso el amparo estaba vencida tras una última prórroga en 2021 de 180 días hábiles.

La falta de formalización administrativa en la designación de Vera al frente del organismo también había provocado una demora en la tramitación del expediente en el inicio: al momento de presentar el amparo se encontraba vencida y por ello debió hacerse el trámite que prorrogó su designación por 180 días hábiles desde el 27 de noviembre de 2021.

En la continuidad de la tramitación de la causa, el Comité nacional de Lucha contra la Trata presentó un recurso de queja contra esa decisión de López que hace unas semanas fue resuelto de manera favorable por la Cámara al volver a analizar las fechas de designación y de vigencia del cargo de Vera al frente del organismo nacional. Es decir, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez le ordenaron el juez López que formalmente conceda el recurso de apelación, un mero formalismo para que entonces sí pueda ser analizado el expediente en esa instancia.

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Cumplido ese plazo formal, antes de pasar a resolver si el rechazo del amparo estuvo correctamente fundado o, caso contrario, corresponde hacer lugar a lo allí planteado, los jueces Tazza y Jiménez enviaron el expediente para que el fiscal general Daniel Adler dictamine al respecto y esta semana el funcionario judicial presentó su respuesta en la que, concretamente, plantea que debe dejarse sin efecto el rechazo del amparo y ordenarse una nueva resolución al respecto.

El amparo busca, como primera medida, el dictado de una medida cautelar que frene la ejecución de la ordenanza y que, de manera definitiva, la declare inconstitucional.

Al momento de rechazar el amparo, el juez López había entendido que Vera en su rol del titular del Comité contra la Trata “carece de legitimidad” para impulsar una acción penal de este tipo, es decir que las funciones que tiene a cargo el organismo -dependiente de la Secretaría de Coordinación Presupuestaria y Planificación del Desarrollo- no incluyen representar al Estado nacional en un proceso judicial de estas características.

Sin embargo, el fiscal Adler cuestionó esa interpretación de la normativa. “Cuando se denuncian situaciones vinculadas a la tutela de derechos humanos, no resulta acertado que el acceso a la justicia se limite por formalismos extremos que constituyen un verdadero exceso ritual”, criticó.

Es que entendió que “resulta fundamental comprender la magnitud de la temática sometida a debate” y, a su vez, exponer “la improcedencia de analizar la cuestión desde el prisma exclusivo y acotado del campo del derecho administrativo en torno a la Ley de Ministerios, cuando están en juego derechos constitucionales fundamentales”.

Para el fiscal, de acuerdo a diversas normativa enumerada, “es inexacto que el Comité carezca de autonomía” y “no necesita en modo alguno actuar por intermedio de otra dependencia, dado que ha sido la ley la que le ha otorgado dicho rol autónomo”.

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Por otro lado, Adler consideró que “es precisamente el carácter de los derechos constitucionales en juego el que exige habilitar la intervención de un organismo con autonomía funcional, especializado en la materia, y con la función específica de hacer efectivo todo aquello que el Estado nacional se obligó a cumplir ante el concierto internacional” ya que se pregunta “quién más capacitado entonces para hacer efectiva la tutela de este grupo postergado que el organismo que el Estado Nacional ha creado con conocimientos específicos en la materia y que con su accionar pretende prevenir este tipo de delitos además de resguardar la intimidad de todos los integrantes del colectivo afectado”.

“Ya transcurridos casi cinco meses de la presentación del amparo, se siguen discutiendo cuestiones procesales, mientras la ordenanza ya se encuentra afectando los derechos humanos de este colectivo social”, se quejó Gustavo Vera en las últimas horas al difundirse el dictamen del fiscal.

La ordenanza que establece la regulación de la prostitución en Mar del Plata entró en vigencia el 24 de septiembre. En ella se habilita una zona -300 metros sobre la avenida 10 de Febrero entre Cacique Chuyantuya y Juan Cuta- para el desarrollo de la actividad en tanto que para quienes la incumplan se fijaron como sanciones multas con valores que oscilan, a valores actualizados, entre los $181 mil y $909 mil o arrestos de 5 hasta 30 días. Desde el gobierno municipal informaron que hasta el 10 de noviembre se labraron 156 actas de infracción que fueron derivadas a la Justicia de Faltas para su tratamiento.

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12/11/2022