Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
20/05/2022

Secta en el Hotel City: condenan a los tres acusados a 25, 14 y 6 años de prisión

El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dio a conocer la sentencia y además ordenó una reparación millonaria para cuatro víctimas.

Secta en el Hotel City: condenan a los tres acusados a 25, 14 y 6 años de prisión
(Fotos: archivo / Qué digital)

A ocho meses de iniciado el juicio en torno a los múltiples delitos cometidos por la secta que funcionó durante años en el Hotel City de Mar del Plata, este viernes el Tribunal Oral Federal dio a conocer la sentencia en la que finalmente los tres acusados que llegaron a esta instancia fueron condenados a penas de 25, 14 y 6 años de prisión, de acuerdo a su grado de participación en los hechos. Además, los jueces ordenaron una reparación millonaria para cuatro víctimas.

Después de haber escuchado en las audiencias finales las últimas palabras de los imputados, este viernes los jueces Roberto Falcone, Fernando Machado Pelloni y Nicolás Toselli dieron a conocer la sentencia contra los tres acusados que llegaron hasta esta instancia del proceso teniendo en cuenta el previo fallecimiento de otros dos: el principal acusado, Eduardo Agustín De Dios Nicosia, murió en enero de 2021 mientras esperaba el debate en prisión y Fernando Velázquez falleció hace algunos meses mientras se desarrollaba al juicio.

Concretamente, la pareja de Nicosia, Silvia Cristina Capossiello, fue condenada a la pena de 25  años de prisión por ser coautora del delito de trata de personas, bajo la modalidad de captación y acogimiento, con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre en cuatro casos; partícipe necesaria de violación reiterada agravada (cuatro hechos) por haber sido consumado por un ascendiente en perjuicio de una víctima y abuso deshonesto agravado (dos hechos) por haber sido consumado por un ascendiente en perjuicio de una víctima.

También se le suman los delitos de “hacer incierto y alterar la identidad de un menor de diez años” y falsedad ideológica de instrumento público.

Por su parte, a Sinecio de Jesús Coronado Acurero se le impuso la pena de 14 años de prisión por ser partícipe necesario del delito de trata de personas bajo la modalidad de captación y acogimiento, con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre en cuatro casos.

Y a Luis Antonio Fanesi se lo condenó a 6 años de prisión por ser partícipe secundario del delito de trata de personas bajo la modalidad de captación y acogimiento, con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre en cuatro casos.

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Capossiello se encuentra actualmente detenida en la Unidad Penal 31 de Ezeiza, en tanto que Coronado Acurero y Fanesi lo están en Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

El juez Roberto Falcone

En la resolución, que sólo consta de su parte resolutiva ya que los fundamentos se conocerán el 21 de junio, los jueces también ordenaron una reparación económica de entre $30 millones y $10 millones por el “daño moral ocasionado” para las cuatro víctimas del delito de trata de personas contenidas en la condena y también de violación y “abusos deshonestos” en dos de ellas.

Teniendo en cuenta la alteración de la identidad de algunos niños menores de edad, los jueces dispusieron inscribir en el Registro de las Personas el desplazamiento de la filiación paterna por no resultar hijas o hijos biológicos de los hombres incriptos. “Conservarán su nombre, apellido y número de documento por existir justos motivos, sin perjuicio de la posibilidad de peticionar su cambio por las vías pertinentes”, explicaron los jueces.

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Por otro lado, dispusieron decomisar los inmuebles de Diagonal Alberdi 2561 (“Hotel City”) y dos departamentos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de un auto y dos motorhome y también distintas sumas de dinero secuestradas en su momento y otras existentes en cuentas bancarias. Lo mismo dispusieron para la totalidad de las armas y municiones secuestradas en los allanamientos concretados en 2018 en el inicio de la investigación.

Si bien la causa detectó por parte de la secta la captación de al menos 33 víctimas en Mar del Plata para luego reducirlas a la servidumbre y explotarlas económica, sexual y laboralmente, desde la fiscalía en la instancia final del juicio planteó la acusación en torno a diez.  En su alegato, el fiscal Carlos Fioriti había pedido penas un tanto más elevadas para los tres acusados de 40, 27 y 17 años de prisión.

EL HORROR DE LA SECTA

Las actividades de la secta -según se desprende de la investigación- comenzaron al menos en la década de 1970, aunque a partir de 2005 y hasta el allanamiento del 3 de julio de 2018, se dieron en Mar del Plata, puntualmente en el hotel de Diagonal Alberdi al 2561.

Los investigadores descubrieron que las clases de yoga fueron un elemento central de captación de la secta. A partir de ahí fueron fundamentales entrevistas personales que realizaban sus responsables para detectar vulnerabilidades y el supuesto privilegio de pertenecer, en las que se exponían historias de derechos negados que se conjugaron con engaño y violencias.

Una parte acusación apuntó a que Nicosia sometió a los integrantes de la congregación, previamente captadas, y a los miembros de su propio grupo familiar a aberrantes delitos contra la integridad sexual. “Esas conductas las llevó a cabo con la complicidad de los coimputados Capossiello, pareja del líder, Coronado Acurero, Fanesi y Fernando Velázquez, mediante engaños, falsas promesas, fuerza, violencia, abuso de situaciones de vulnerabilidad, y valiéndose de su figura de líder religioso y/o espiritual y obteniendo a partir de ellos un consentimiento viciado”, señalaron desde la fiscalía durante su alegato.

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“Les efectuó personalmente tocamientos, abusos sexuales con acceso carnal y en reiteradas oportunidades y a su vez obligó a tener relaciones sexuales a los discípulos y a los integrantes del grupo entre sí”, describieron desde el Ministerio Público Fiscal e incluso puntualizaron que producto de esos abusos Nicosia tuvo catorce hijos: doce con seis mujeres diferentes y los restantes con dos de sus propias hijas biológicas. Asimismo, salvo un caso, todos fueron inscriptos o registrados como hijos biológicos de otros miembros de la congregación.

De acuerdo a la investigación, la finalidad de la organización era obtener ganancias para los imputados a costa del sometimiento de las víctimas: Nicosia no registraba en AFIP actividad económica  que le permitiera llevar a cabo sus actividades diarias, ni adquirir los bienes que poseían, ni realizar los viajes que tenían con frecuencia.

Los primeros testimonios reunidos en la causa permitieron detectar cómo, a través del discurso de espiritualidad basado en la práctica del yoga que utilizaban para manipular a las víctimas, las alejaban de sus familias y las inducían a trabajar todo el día de forma exclusiva para “la comunidad”.

Entre las diferentes maniobras de explotación, según la acusación, se encontraban la entrega del sueldo, la realización de la limpieza, quehaceres domésticos y arreglos de cada uno de los domicilios que ocupaba la organización, el brindar un servicio exclusivo y diario para todos los requerimientos que tanto Nicosia como Capossiello tuviesen, sometimientos sexuales, el deber de trabajar en los distintos emprendimientos económicos desarrollados y la obtención de créditos en entidades financieras, siempre en favor de los acusados.

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