Viernes 19 de abril | Mar del Plata
18/06/2020

Un represor pidió dos veces domiciliaria a un mes de ser condenado a perpetua

Carlos María Robbio fue uno de los 35 condenados en el juicio “Subzona 15”. El Tribunal Oral Federal rechazó sus pedidos realizados bajo la excusa del coronavirus.

Un represor pidió dos veces domiciliaria a un mes de ser condenado a perpetua
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

A poco más de un mes de haber sido condenado en Mar del Plata a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad, un represor pidió en dos oportunidades acceder a la prisión domiciliaria, lo cual fue rechazado en los dos casos por el Tribunal Oral Federal de la ciudad. El argumento utilizado por la defensa en los dos pedidos fue la pandemia del coronavirus, a lo cual los jueces respondieron negativamente por entender que tiene garantizadas las medidas de prevención adecuadas.

Carlos María Robbio (ex jefe de la Agrupación Buzos Tácticos de la Armada) es uno de los 35 condenados en el juicio conocido Subzona 15 cuya sentencia se conoció el pasado 26 de abril. Él -al igual que otros 27 represores- recibió la pena de prisión perpetua por haber formado parte como jefe de una asociación ilícita agravada por mediar violencia, amenazas e imposición de tormentos contra perseguidos políticos y además por haber sido autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravada y homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas.

Robbio permanece alojado en la Unidad Penal 31 de Ezeiza dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), y desde el momento de su condena hace poco más de un mes su defensa ya pidió dos veces su prisión domiciliaria bajo la excusa de la pandemia del coronavirus.

En las dos oportunidades, los jueces del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, Roberto Falcone y Mario Portela, rechazaron los pedidos.

El primer rechazo llegó el pasado 18 de mayo al entender que “la modalidad de cumplimiento de la pena no firme de Robbio en unidad carcelaria deviene proporcional y adecuada” teniendo en cuenta el tipo de condena impuesta por delitos de lesa humanidad cometidos en la última dictadura cívico-militar. Y remarcaron que la situación de Robbio como paciente de riesgo frente a la pandemia “no constituye elemento novedoso ni único” para resolver el pedido.

Asimismo, los jueces repararon en informes de la división Seguridad Interna sector “A” anexo residencial para adultos mayores y la división Asistencia Médica de la Unidad 31 del SPF que dieron cuenta que “no padece enfermedad  infectocontagiosa y que se encuentra en tratamiento con medicación acorde a sus patologías”.

También esos informes se expresaron sobre las medidas sanitarias adoptadas, tanto para la población penal alojada como para el personal penitenciario, incluso al ingreso del penal, con control de temperatura corporal, elementos de desinfección y la obligación del uso de barbijos.

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Sin embargo, semanas atrás la defensa de Robbio volvió a realizar otro pedido ante el Tribunal que fue resuelto también de manera negativa en las últimas horas. Esta vez el nuevo argumento expuesto fue “la confirmación de dos casos positivos de covid-19 dentro del personal que presta funciones en el establecimiento y el aislamiento preventivo de otros 13 agentes”.

Sin embargo, los jueces sostuvieron que la confirmación de dos casos positivos dentro del personal de la Unidad Penal 31 “carece de aptitud para modificar el temperamento adoptado” ya que las autoridades del Penal “dieron cuenta sobre el cumplimiento de los protocolos de prevención establecidos al efecto”, otorgando licencia excepcional de manera preventiva a todos los agentes afectados o sospechosos.

“A ello sumamos la inexistencia entre sus internos de casos de contagio o siquiera con ‘síntomas compatibles con covid-19’, permaneciendo Carlos María Robbio, medicado según sus patologías, asintomático, en celda individual y provisto de lavandina, detergente, desodorante, trapo rejilla y alcohol en gel colocado estratégicamente en el pasillo central del sector anexo y acceso a los distintos pabellones”, plantearon los jueces.

Previo a tomar esta segunda decisión, el fiscal Juan Pablo Curi había dictaminado que debía concederse la detención domiciliaria a Robbio “hasta que se supere el contexto actual de pandemia”. Sin embargo, las dos querellas, representadas por Manuel Marañón y Gloria León de la Subsecretaria de Derechos Humanos de la Provincia y la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación, al igual que las víctimas, se opusieron al pedido.

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18/06/2020