Sábado 20 de abril | Mar del Plata
02/12/2022

Vacunación covid-19: el Ministerio de Salud recusó al juez López por su “parcialidad”

La Cámara de Apelaciones de Mar del Plata deberá resolver, además, si revoca la cautelar que apunta a suspender la promoción de la vacunación hasta los 16 años.

Vacunación covid-19: el Ministerio de Salud recusó al juez López por su “parcialidad”
(Foto: archivo / Qué digital)

El Ministerio de Salud de la Nación formalizó este viernes el recurso de apelación contra la medida cautelar emitida por el cuestionado juez marplatense Alfredo López que apunta a suspender la campaña nacional de vacunación contra el coronavirus para las personas menores de 16 años y además pidió apartar al magistrado al señalar su “parcialidad” debido a su reconocida militancia antivacunas, expuesta a través de las redes sociales. López rechazó la recusación a la espera de la decisión que deberá tomar la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

Tal como informó Qué digital, la decisión del titular del Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, Alfredo López, fue tomada el miércoles en el marco de un amparo colectivo patrocinado por un abogado -también de activa militancia antivacunas- y puntualmente dispuso “la suspensión de la promoción de la campaña/plan de vacunación contra el covid-19 en bebés y niños cuyo rango etario se encuentre comprendido entre los seis meses y 16 años de edad” al afirmar que existe “falta de información” para el acceso de la población a la inmunización.

El término “promoción” de la campaña de vacunación usado por el magistrado en la resolución se explica en la no obligatoriedad de la campaña por lo que, en ese sentido, desde el gobierno nacional remarcaron que “la medida no suspende la vacunación” y “los chicos y chicas pueden seguir yendo a vacunarse con vacunas que son seguras y efectivas”.

Tal como había adelantado la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, este viernes los abogados de la dependencia formalizaron la presentación del recurso de apelación en el que pidieron que se revoque la decisión de López -y que se archive el caso- y además solicitaron que se otorgara con “efecto suspensivo”, es decir que la cautelar no tenga vigencia hasta que resuelva la Cámara Federal de Apelaciones.

Sin embargo, el juez López al conceder el recurso y elevarlo a la Cámara lo hizo con “efecto devolutivo” por lo que su decisión, mientras tanto, sigue vigente.

Pero además del recurso de apelación, el Ministerio de Salud impulsa la recusación del juez al manifestar la parcialidad mostrada por López a través de las redes sociales, donde a lo largo de toda la pandemia se mostró públicamente como un activo militante antivacunas y de las más insólitas teorías conspirativas respecto a la pandemia.

Ese planteo fue rechazado por López al considerarlo “extemporáneo” por no haber sido realizado en anteriores intervenciones en la causa, por lo que en caso de insistir con el pedido de apartarlo será también la Cámara la que resuelva o no su recusación.

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Para los abogados del Ministerio de Salud existen “graves circunstancias que ponen seriamente en duda su actuación como juez imparcial en esta causa, toda vez que configuran causales objetivas de temor de parcialidad que vulneran el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio”. Básicamente para fundamentar ello se centraron en su militancia antivacunas expuesta a a lo largo de toda la pandemia través de Twitter.

De esa manera, señalaron que el juez “ha adelantado opinión acerca de cuestiones que están pendientes de resolución”, entre ellas haber sostenido que existe un “carácter experimental de las vacunas”, algo completamente descartado por las autoridades sanitarias en base a la evidencia científica.

“La opinión que se ha formado sobre el afirmado carácter experimental de las vacunas y sus efectos adversos, y que coincide con la de los amparistas, le impiden tomar una decisión con imparcialidad sobre el fondo del asunto. En ese sentido, cabe preguntarse ¿Qué posibilidades existen de que (el juez) desestime las acciones de amparo y considere que las vacunas no son experimentales cuando ha expresado públicamente su opinión en sentido contrario?”, expusieron los abogados y remarcaron que sus múltiples manifestaciones en ese sentido “socavan seriamente su imparcialidad”.

Al plantear ese argumento, los abogados señalaron que incluso, además de su apartamiento del caso, la situación “podría hacerlo incurrir en la causal de ‘mal desempeño’ en los términos de la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados, situación definida como la del juez a quien se probare que estaba impedido de entender en el asunto y a sabiendas haya dictado en él resolución”.

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Aunque parezca insólito, en el expediente los abogados tuvieron que exponer en base a la evidencia científica presentada por el Ministerio de Salud que “las vacunas no son experimentales; no dañan la salud” y que “quienes reciben las vacunas no están participando de un experimento masivo, en tanto todas fueron aprobadas por los organismos con competencia en la materia y según la normativa vigente”.

En ese sentido fue incorporado un escrito de la Dirección Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles en la que se desarrolla cómo se llevan adelante las estrategias de prevención a través de las inmunizaciones y se remarca que las vacunas se convirtieron en “un punto de inflexión en la pandemia demostrando una elevada efectividad en la prevención de formas graves de covid-19, fundamentalmente reduciendo hospitalización y muerte asociadas a la infección, pero también logrando un impacto en la transmisión viral”.

Asimismo, sostiene que “la vacunación de menores de 16 años representa un hito fundamental en el avance de la estrategia de control y mitigación de la pandemia” que, además, “se realiza en la mayoría de los países del mundo “. Y enfatiza que “todas las vacunas contra covid-19 demostraron eficacia cercana del 100% para prevenir enfermedad grave y muerte” y “redujeron el riesgo de desarrollo de enfermedad sintomática en porcentajes significativos (70-90%)”.

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02/12/2022