Jueves 25 de abril | Mar del Plata
11/12/2020

Vuelven a sobreseer al juez Pedro Hooft en la causa por delitos de lesa humanidad

Hace un año la Cámara Federal de Mar del Plata había revocado esa resolución y había ordenando un nuevo pronunciamiento. El juez Martín Bava ratificó su decisión.

Vuelven a sobreseer al juez Pedro Hooft en la causa por delitos de lesa humanidad
(Foto: archivo / Qué digital)

Luego de que en diciembre del año pasado la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata resolviera revocar el sobreseimiento del juez provincial Pedro Hooft en la causa por delitos de lesa humanidad y ordenara que se emita un nuevo pronunciamiento en el caso, este viernes el magistrado Martín Bava ratificó aquella decisión que había tomado en 2018 y volvió a sobreseer tanto a Hooft como al resto de los imputados en la investigación por su accionar en la “Noche de las Corbatas“.

La resolución del juez de Azul que interviene en la causa radicada en el Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata, Martín Bava, se produjo exactamente un año después de que la Cámara Federal marplatense integrada por Alejandro Tazza, Santiago Martín y Julio Reborero revocara el sobreseimiento de Hooft. Concretamente, desde la Cámara habían ordenado emitir un nuevo pronunciamiento al reparar en “la falta de fundamentos” expuestos en aquella resolución, más allá de hacer referencia a la decisión del Jurado de Enjuiciamiento que en 2014 absolvió a Hooft en ese proceso y le permitió seguir al frente del Juzgado Correccional Nº 4 -cargo que mantiene hasta la actualidad-. Es que los camaristas habían entendido que ante esa circunstancia se veían “impedidos de efectuar un análisis puntual y razonable de las circunstancias acaecidas en la presente causa”.

Con la nueva resolución, tomada este viernes, Bava volvió a sobreseer a Hooft y a los otros imputados: Federico Gastón Amadeo L’Homme, Rodolfo Bernardino Morales Ridecos, Edgardo Osvaldo Bernuzzi, Carlos Enrique Reinaldo Haller; Jorge Horacio Gabriel García Collins, Alicia María Teresa Ramos de Fondeville y Alicia Morrell.

Asimismo, sostuvo que lo resuelto por la Corte Suprema de la Nación al ratificar la absolución de Hooft en el jury de enjuiciamiento que se llevó adelante en 2014 “no puede ser ignorado”, y remarcó que esa resolución del máximo tribunal de Justicia “confirma novedosos criterios de apreciación para los hechos investigados en la presente causa; unifica la perspectiva de lo que debe ser calificado como ‘delito de lesa humanidad’; y determina específicamente cómo debe ser la interpretación de la actividad judicial en el período 1976-1983”.

“Reitero que ignorar las conclusiones de convalidación en la respectiva revisión judicial de la Corte Suprema de la Nación y la revisión administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires al fallo del jury de enjuiciamiento, de fecha 28 de abril de 2014, en atención a una supuesta irrelevancia sobre los efectos de esta causa, atenta contra el imperio de una sola ley a aplicar a los ciudadanos de la nación”, sostuvo el juez Bava en respuesta a lo sostenido por la Cámara marplatense.

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Y reparó en que en esas resoluciones “se consagra el criterio de ‘función jurisdiccional disminuida’, por el cual los integrantes del período 1976-1983 del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires no podían ejercer la totalidad de su ‘imperio’, ya que la persecución de la acción penal ‘estaba muy cerrada’

“De esta manera objetiva (‘función jurisdiccional disminuida’) se determina en forma categórica la falta de intención específica en la conducta procesal del imputado Pedro Cornelio Federico Hooft para proyectarse de algún modo en un supuesto delito de lesa humanidad, en el sentido de favorecimiento o ‘solidarización’ con el gobierno militar de facto”, definió el juez y más adelante abundó que “ya no importan las opiniones vertidas en la causa” original ya que la decisión de la Corte “sella definitivamente cualquier tipo de discusión sobre los hechos investigados y cómo deben ser interpretados”.

EL CASO

Hooft se encuentra acusado desde 2006 -momento de presentación de la denuncia en su contra- de tener participación en la “Noche de las Corbatas”, el megaoperativo represivo perpetrado por las fuerzas armadas y con la colaboración de integrantes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU) entre junio y  julio de 1977. Durante esas jornadas, un grupo de abogados laboralistas fue secuestrado y la mayoría permanece desaparecido. Según sostienen los denunciantes y las querellas, el magistrado “cajoneó” los habeas corpus presentados por los familiares de los abogados y también “ocultó” el asesinato del abogado Jorge Candeloro.

En el marco de la tramitación de la causa judicial en su contra, Hooft fue sometido a jury de enjuiciamiento en 2014 y finalmente resultó absuelto.

Dos años más tarde, la Suprema Corte de Justicia, respaldó la absolución en ese jury y luego, en marzo de 2018, la Corte Suprema de la Nación hizo lo propio. Apenas ocurrió ello, y pese a que anteriormente sostenía que la causa judicial se tramitaba independientemente de los resultados del jury, el juez Bava resolvió sobreseer a Hooft a partir de las resoluciones tomadas con respecto al jury por los máximos tribunales de justicia.

En ese marco fue que tanto el Ministerio Público Fiscal y las querellas -Edgardo Osvaldo Bernuzzi; Gloría Del Carmen León en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación; Natalia Messineo en representación de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos; y Manuel Alejandro Marañón en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia- apelaron ese sobreseimiento. Así, en diciembre de 2019 la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata resolvió revocar aquella resolución y ordenó a Bava a emitir una nueva, que ahora dictó el magistrado para ratificar el sobreseimiento oportunamente dictado.

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11/12/2020