Viernes 19 de abril | Mar del Plata
20/07/2015

Base Naval: procesaron a doce represores por asociación ilícita

Así lo dispuso la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, al hacer lugar a un recurso presentado por la fiscalía. Además les confirmó las imputaciones por secuestros, torturas y homicidios calificados durante la última dictadura.

Base Naval: procesaron a doce represores por asociación ilícita

La sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal responsabilizó a doce represores que actuaron en la Base Naval de Mar del Plata durante la última dictadura cívico-militar por el delito de “asociación ilícita calificada” al hacer lugar a un recurso presentado por la fiscalía. La semana pasada la Corte Suprema cerró la puerta al último intento de dos de los procesados para recusar a dos jueces del Tribunal Oral en lo Federal de Mar del Plata.

Según informó la agencia oficial de noticias jurídicas Infojus Noticias, la Cámara también confirmó los procesamientos, con prisión preventiva, que le fueran dictados a los represores en julio de 2013 por secuestros, torturas y homicidios calificados durante la última dictadura cívico-militar.

Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Gemignani ratificaron los procesamientos de Alfredo Manuel Arrillaga, Justo Alberto Ignacio Ortiz, Juan José Lombardo, Rafael Alberto Guiñazu, Mario José Forbice, Roberto Luis Petrusio, Juan Eduardo Mosqueda, Raúl Alberto Marino, Ariel Macedonio Silva, Julio César Falcke, José Francisco Bujedo y José Omar Lodigiani.

Aunque en un primer momento habían sido absueltos por el delito de asociación ilícita, los jueces de la casación explicaron que “el hecho de que los imputados pertenecieran a las Fuerzas Armadas con anterioridad al golpe de Estado de 1976 y que por lo tanto se encontraran vinculados con sus pares, jefes y subordinados en virtud de lazos en su origen legales en nada condiciona las relaciones configuradas a través de la voluntad de convergencia ilícita posterior”.

SIN RECUSACIÓN PARA LOS JUECES

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon y Juan Maqueda declaró inadmisible un recurso de queja presentado por la defensora oficial ad hoc de los imputados Justo Alberto Ignacio Ortiz y Roberto Luis Pertusio, quienes llegaron a la Corte Suprema con el objetivo de obtener la recusación de dos de los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata.

El recurso presentado por la defensora oficial de los represores, Magdalena Laiño, apuntaba a los jueces Mario Alberto Portela y Néstor Rubén Parra porque, según sus argumentos, habrían intervenido en los “Juicios por la verdad”. El pedido de recusación fue descartado por el TOF de Mar del Plata porque “la intervención de los magistrados en el “Juicio por la Verdad” no genera temor de parcialidad”. Esto fue ratificado por la Cámara Federal de Casación Penal y por la Corte Suprema.

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20/07/2015