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20/03/2019

Caso Bernaola: la defensa de Sasso pide una pena condicional

El abogado Facundo Capparelli dijo no poder especificar un monto a aplicar y fue enfático al rechazar la aplicabilidad de la figura de homicidio simple con dolo eventual.

Caso Bernaola: la defensa de Sasso pide una pena condicional
(Fotos: QUÉ Digital)

Al sostener la inaplicabilidad de la figura del homicidio simple con dolo eventual -y rechazar así que Federico Sasso se haya representado que su accionar podría provocar un siniestro vial fatal- además de descalificar agravantes planteadas, la defensa del imputado -representada por Facundo Capparelli- pidió que el joven sea condenado a una pena de ejecución condicional -es decir, no en prisión- en el marco del juicio que se le sigue por haber atropellado y matado a la adolescente Lucía Bernaola, de 14 años, mientras caminaba por la costa y Alberti junto a un grupo de amigos en junio de 2017.

Luego de la primera jornada de alegatos en la que el fiscal Rodolfo Moure solicitó 10 años de prisión bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual y lesiones graves y leves dolosas y en la que los tres abogados que representan a las víctimas coincidieron en el pedido de pena de 12 años, este miércoles se abrió la última jornada del juicio -antes de que la semana que viene se dé a conocer la sentencia- con una extensa exposición del abogado de Federico Sasso.

Al respecto, Capparelli pidió que se le aplique a Sasso una pena de ejecución condicional -es decir que no se ejecuta en prisión y se lo condiciona a una serie de reglas de conducta- por el delito de homicidio culposo y dijo no estar en condiciones de solicitar un monto de pena concreto. “Estamos frente a un hecho trágico no querido“, resumió tras cuatro horas de exposición y pidió que sea cual sea la decisión “se haga un esfuerzo para que no quede (instalado) que esa decisión es a medida del imputado”. Además, solicitó que los jueces rechacen el pedido de revocatoria del arresto domiciliario.

El extenso alegato de Capparelli se centró en seis puntos de análisis. El fundamental tuvo que ver con la inaplicabilidad de la figura de homicidio simple con dolo eventual, en este caso en particular.

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De esta manera, el abogado negó que hubiera existido la posibilidad de que Sasso se representara el desenlace fatal. Entre otros puntos, señaló que ni el imputado ni ninguno de los jóvenes que lo acompañaba en su auto vio previamente la presencia de Lucía y el grupo de adolescentes en la costa. Y desestimó las alarmas que los acusadores sostuvieron que se encendieron previamente, como el conocimiento de la peligrosidad de la zona y que sus amigos le dijeran -y que él escuchara- que bajara la velocidad, entre otros

En ese marco, también, Capparelli hizo un pormenorizado repaso por leyes, debates legislativos de esas leyes y antecedentes.

Y luego analizó lo que llamó un “fraude de etiquetas” al plantear que, siguiendo la acusación de la fiscalía, también se tendría que haber imputado por tentativa de homicidio a Sasso con relación al resto de las personas que estaban en el lugar y no resultaron heridas y a sus propios tres acompañantes del auto.

“La única representación de riego que puede haber tenido mi defendido es por los ocupantes del auto. La acusación no acusó por eso. Reducir la imputación a los casos lesivos desnuda que para los acusadores el hecho es un hecho imprudente“, sostuvo.

Inicialmente en el alegato de Capparelli, el cuestionamiento apuntó a la pericia oficial, la que calificó como incompleta. Es que a diferencia de lo planteado por la fiscalía y los abogados del particular damnificado, sostuvo que hubo varios elementos externos que incidieron en el trágico hecho, por fuera de la velocidad con la que conducía Sasso, y entre ellos postuló las condiciones de humedad, la presencia de baches y una alcantarilla.

De todas maneras, el defensor reparó en que su estrategia no apunta a centrarse en la presencia de un pozo como único desencadenante y reconoció que el joven sí condujo de manera imprudente.

 CONTRA LAS AGRAVANTES 

Tras un cuarto intermedio después de dos horas iniciales de exposición, el abogado buscó desacreditar las agravantes planteadas por la acusación. En primer lugar pidió la nulidad del test de alcoholemia que se le realizó a Sasso en la madrugada del hecho y que resultó positivo, ya que presentaba 1.23 g/l de alcohol en sangre. Es que el abogado acusó que el control se le realizó por orden de la fiscalía una vez que ya estaba en la comisaría y, según afirmó, sin que se le hicieran conocer sus derechos, algo que luego fue negado por el fiscal Rodolfo Moure.

En ese sentido, afirmó que luego – cuando lo trasladaron en dos oportunidades para hacerle examen de sangre- el joven se negó, ya en conocimiento de sus derechos. También descalificó lo dicho por la médica de policía que lo atendió a la mañana y aseguró que estaba en fase uno de alcoholemia. Afirmó que la testigo tiene relación con algunas de las víctimas, aunque reparó en no haber llegado a presentar las pruebas necesarias para respaldar esos dichos.

Los cuestionamientos del defensor luego siguieron contra la agravante de velocidad, ya que puso en duda que esa zona de la costa pueda ser consideraba una “encrucijada” y como tal tener una velocidad máxima permitida de 30 kilómetros por hora. Pero fundamentalmente cuestionó la pericia oficial y la falta de exactitud sobre la velocidad determinada con la que manejaba, teniendo en cuenta, también, que la fiscalía se había apoyado en que la velocidad fue mayor a los 78 k/h.

Y, finalmente, las críticas del defensor apuntaron a negar que el acusado tuviera una “pasión por la velocidad”, a desacreditar que su retirada del lugar -para luego volver- haya constituido una fuga y a cuestionar la pericia psiquiátrica oficial. Así, remarcó el afectado estado psicológico que demostró el joven durante el juicio.

Tras el extenso alegato y las últimas palabras del acusado, los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Juan Manuel Sueyro anunciaron que la sentencia se dará a conocer el próximo viernes 5 de abril al mediodía.

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20/03/2019