Viernes 19 de abril | Mar del Plata
09/05/2017

Caso Martín Campos: trece años de prisión para los acusados

Así lo resolvió la Justicia en el marco de un juicio abreviado. El hombre de 31 años fue asesinado en 2013, en medio de un violento robo perpetrado por Daniel López y Matías Trevisiol.

Caso Martín Campos: trece años de prisión para los acusados
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Tras las idas y vueltas en el ámbito judicial, y luego de la disconformidad de la familia de la víctima en relación a la modalidad del proceso de juzgamiento, finalmente la Justicia condenó durante un juicio abreviado a trece años de prisión a Daniel López y Matías Trevisiol, los dos acusados por el homicidio de Martín Campos, quien fuera asesinado en 2013 tras un violento robo.

Según consta en la resolución que lleva la firma del juez Ricardo Perdichizzi, tanto Trevisiol como López fueron encontrados culpables -“fuera de toda duda”- en relación al delito de robo con homicidio como resultante. Ambos son considerados coautores penalmente responsables de lo ocurrido el 24 de marzo de 2013.

Ese día, Martín Campos -quien era papá de tres hijos y de un cuarto en camino- se bajó del colectivo para volver a su casa tras una reunión con amigos, pero fue interceptado por dos individuos que le robaron $20 y el celular y lo mataron de una puñalada en el pecho. Luego, escaparon en una motocicleta.

En 2015, su familia llevó adelante numerosas acciones para manifestar su disconformidad con la decisión de la fiscalía y la defensa de los imputados de avanzar en un juicio abreviado, justamente con 13 años de prisión como pena. Finalmente, y pese a los reclamos de la familia, el expediente pasó por distintos estamentos y culminó con la reciente sentencia.

En ese contexto, y en lo relativo a la resolución judicial, en la misma el juez Perdichizzi no solo hace hincapié en la pertinencia del juicio abreviado como modalidad de del proceso de juzgamiento -pese al fallo del juez Fabián Riquert, quien en junio 2015 había anulado el primer juicio abreviado– sino que repara en la ausencia de eximentes y la presencia de atenuantes, como la juventud de los imputados, la ausencia de antecedentes y el “buen concepto”. Como agravantes, el magistrado tiene en cuenta la pluralidad numérica de autores, la modalidad del hecho, el abuso de superioridad, el obrar con abuso de confianza y actuar en una zona despoblada.

En cuanto a la materialidad y autoría del hecho, para el juez, la responsabilidad de los imputados es innegable y en ese marco el magistrado relata la prueba colectada durante la investigación -en especial durante los allanamientos a las viviendas- y los testimonios de numerosas personas, quienes sindicaron a ambos jóvenes como los autores del hecho. Incluso en una de las declaraciones, el propio Trevisiol no solo le confesó a un testigo lo sucedido sino que relató que su compañero, López, tenía en su poder el reloj y celular que fuera propiedad de la víctima al momento del robo.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

09/05/2017