Sábado 20 de abril | Mar del Plata
19/10/2018

Caso Melmann: anulan las salidas transitorias de los policías

El Tribunal de Casación hizo lugar al recurso presentado por la fiscalía contra la resolución de la Cámara de Apelación, que había beneficiado el año pasado a los condenados y que ahora deberá dictar un nuevo pronunciamiento.

Caso Melmann: anulan las salidas transitorias de los policías
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Exactamente un año después de haberles otorgado el beneficio, el Tribunal de Casación anuló la resolución que posibilitó las salidas transitorias de las que gozan los policías que fueron condenados a prisión perpetua por haber matado a Natalia Melmann en Miramar en 2001. De esta manera, decidió remitir nuevamente las actuaciones a la Cámara de Apelación -que había tomado aquella decisión- para que dicten un nuevo pronunciamiento.

La resolución fue tomada por los jueces Carlos Natiello y Luis María Mancini, de la sala tercera del Tribunal de Casación Penal de la Provincia, al declarar admisible un recurso que había presentado la Fiscalía General de Mar del Plata contra la decisión que en octubre del año pasado tomaron los jueces Javier Gustavo Mendoza y Esteban Ignacio Viñas de la Cámara de Apelación y Garantías de Mar del Plata, en la cual le otorgaron el beneficio de las salidas transitorias a los policías condenados a perpetua en 2002 Ricardo Suárez, Oscar Echenique y Ricardo Anselmini.

En concreto, los jueces de Casación resolvieron anular la resolución de la Cámara que otorgó las salidas transitorias y dispusieron reenviarles a los jueces las actuaciones “a los fines de que dicten un nuevo pronunciamiento de conformidad con los argumentos expuestos”.

En la resolución, el juez Natiello reparó en que si bien los tres policías “gozan de conducta ejemplar 10 y concepto bueno, sin sanciones disciplinarias” , por otro lado, “no cuentan con dictamen favorable del Departamento Técnico Criminológico, cuyo fundamento resulta ser el informe psicológico practicado a los penados del que se desprende que no asumen arrepentimiento en torno al hecho, lo que permite demostrar indicio de peligrosidad a la hora de ser externados”.

De esta manera, el magistrado remarcó que “no están dadas las condiciones para instrumentar el beneficio en trato, en función de las reservas que surgen de los informes psicológicos”. Es que repara en que “si bien el dictamen emitido por los organismos del Servicio Penitenciario Provincial no reviste carácter vinculante, resultan de especial gravitación para decidir la cuestión”.

JUICIO NATALIA MELMANN  (2)

En otro tramo, el juez hizo foco en que, respecto a Ricardo Suarez, “al riesgo de su soltura se suma la presencia de menores de edad en el domicilio ofrecido para el régimen de salidas transitorias”.  Y, con relación a Echenique señala la “cercanía con el domicilio de la  aura Calampuca -la mamá de Natalia- como así también el deficiente ámbito familiar receptor, toda vez que personal del Patronato de Liberados ha recibido maltratos del grupo familiar que hoy se ofrece para acompañarlo en el ámbito externo”.

La resolución de los jueces se produjo en el marco de la causa que en 2002 condenó a los tres policías a reclusión perpetua por los delitos de “rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa en concurso real entre sí”. Por fuera de esa causa y fallo que se encuentran firmes este año se realizó un segundo juicio en el que finalmente un cuarto policía acusado, Ricardo Panadero, resultó absuelto.

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19/10/2018