Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
19/09/2017

Catorce años de prisión por enjaular a su familia: cinco claves

En su resolución, el juez calificó como un “perverso maltrato crónico” el accionar de Oviedo contra sus hijos y esposa, e hizo hincapié en la vulneración de todos los derechos de su hijo autista desde su primer año de vida.

Catorce años de prisión por enjaular a su familia: cinco claves
(Foto: QUÉ Digital)

Edgardo Oviedo –el hombre que encerraba en una jaula a su hijo autista, de 33 años, y a su mujer, y quien fue detenido en septiembre de 2015 en su casa del barrio Las Dalias- fue condenado este martes a catorce años de prisión por el delito de “reducción a la esclavitud y servidumbre”. Por su parte,  Alejandra Suárez Bacone, con quien Oviedo mantenía una relación y fue acusada de haberlo ayudado, fue absuelta.

El juez Alfredo Deleonardis dio lectura durante poco más de una hora a su resolución en la que calificó como un “perverso maltrato crónico” el accionar desarrollado por Oviedo contra su familia, valoró los testimonios de los hijos que decidieron romper el miedo y el silencio y ser los impulsores de la causa e hizo hincapié en la vulneración de todos los derechos de su hijo Gerardo desde su primer año de vida.

PERVERSO MALTRATO CRÓNICO

Una de las descripciones que usó el juez Deleonardis para referirse al accionar de Oviedo fue “perverso maltrato crónico” y describió que su comportamiento al que expuso a todos los integrantes del núcleo familiar se agravó con el paso del tiempo mientras mantenía distintas relaciones con mujeres. En otro tramo, habló de “características perversas que reinaban en el hogar” y describió cómo hacia el exterior de su familia era una persona de buen concepto por parte de amigos y conocidos.

EL TESTIMONIO DE LOS HIJOS

Los dos principales testigos del caso fueron dos de los hijos de Oviedo, de los que valoró el “alto grado de credibilidad” de sus dichos y destacó que sus descripciones de momentos tan crueles en sus vidas “no fueron conducidos por la ira y el rencor”. En ese sentido, señaló una frase que expuso la hija de Oviedo al momento de su declaración: “Hubiera esperado que mi papá tuviera problemas psicológicos y psiquiátricos, y me hubiera hecho cargo tal como hice con mi mamá”. Por otro lado, su hijo lo calificó como “un linyera nazi”.

EDUARDO OVIEDO

Oviedo cuando fue detenido en septiembre de 2015

VULNERACIÓN DE DERECHOS

En otro tramo de la resolución, el juez destacó que los daños producidos contra su familia no se limitó, naturalmente, al período acreditado en la investigación que fue entre mediados de 2014 y septiembre de 2015. De esta manera, señaló testimonios de profesionales que asistieron a su hijo Gerardo tras la detención de Oviedo y así explicó que al joven tuvieron que “enseñarle todo” hasta las conductas más básicas de una persona. Asimismo, apuntó que “su padre nunca le dispensó cuidados específicos que requería” teniendo en cuenta su diagnóstico de autismo.

En este sentido, el juez entendió que Oviedo a su hijo “lo denigró al no generarle el hábito de hacer sus necesidades fisiológicas en un lugar privado” y remarcó que eso fue “mucho antes” de encerrarlo en la jaula. Así, remarcó que “fueron vulnerados todos los derechos desde su primer año de vida” y reparó en que “el último año fue el brutal desenlace de los ataques a sus atributos esenciales”.

DIGNIDAD DEL CIUDADANO

Por otro lado, el juez contrarrestó la postura de la defensa que solicitó su absolución al sostener que Oviedo “obró desconociendo la ilegalidad de sus actos” ya que “no se puede hablar de una culpabilidad porque había un desconocimiento del delito”.  Al afirmar que Oviedo comprendía “la antijuridicidad de la conducta” que se le imputó, el juez remarcó que los peritos concluyeron que no presenta alteraciones de sus facultades mentales y sostuvo que “Oviedo no solo no ignoraba el deber jurídico de los que había sino que le era exigible que lo comprendiera”.

Asimismo, graficó que Oviedo no vivía en las mismas condiciones que su hijo y su mujer ya que él sí se había tramitado el DNI y la jubilación, cosa que no había hecho con sus víctimas.

Por otro lado, apuntó que “la misma persona que en la intimidad de su hogar descargada todo tipo de vejaciones a su familia, al mismo tiempo bregaba por la dignidad del ciudadano”. Es que hizo referencia a que Oviedo además de haber sido secretario general de la Uocra en Mendoza también fue militante y hasta candidato a concejal por el Movimiento por la Dignidad y la Independencia (Modin) encabezado por Aldo Rico. Durante el juicio, incluso, su hija contó que durante su infancia en el patio de su casa “se entrenaba un grupo que decía que eran carapintadas”.

SENTENCIA OVIEDO (6)

Bacone con su abogado

BACONE MINTIÓ

Si bien Alejandra Suárez Bacone llegó al juicio imputada como partícipe primaria del delito de “reducción a la esclavitud y servidumbre” y la fiscalía había pedido que fuera condenada a siete años de prisión por haber ayudado a Oviedo al momento de mantener encerrado a su hijo, con acciones como haberle sumistrado combustible para ser aspirado o proporcionado medicación para dormirlos , el juez decidió absolverla a partir de entender que ello no se acreditó “con el grado de certeza que se necesita a esta altura del proceso”. Según sostuvo, las pruebas ofrecidas no fueron suficientes para atribuirle una “colaboración efectiva para el encierro”.

De todas maneras, el juez -que durante todo el proceso tuvo que advertir a la mujer que se caracterizó por gritar e interrumpir a todas las partes– aseguró que Bacone “mintió cuando negó la relación” con Oviedo y y cuando dijo desconocer los maltratos sobre la familia de Edgardo Oviedo ocurridos durante largos años y los que les aplicaba en el momento de su relación. De esta manera, el magistrado estableció que “los hechos estuvieron basados en la inquebrantable voluntad de Oviedo”.

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19/09/2017