Viernes 19 de abril | Mar del Plata
15/04/2019

El fiscal Fernández Garello, procesado: de qué se lo acusa

La investigación se centra en hechos ocurridos entre el 23 y el 24 de julio de 1981 cuando fueron secuestrados y torturados tres militantes comunistas.

El fiscal Fernández Garello, procesado: de qué se lo acusa
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

En los secuestros y torturas de los militantes comunistas Jorge Oscar Bulacios, Ernesto Ramón Duarte José Rolando Seitor se centra la causa en la que este lunes el fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, fue procesado por delitos de lesa humanidad por la Justicia federal de San Martín a partir de su desempeño por aquellos años en la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dippba).

Concretamente, la jueza Alicia Vence definió la acusación contra Fernández Garello por ser partícipe necesario penalmente responsable de la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por un funcionario público e imposición de tormentos inflingidos por un funcionario público, agravado dado que se trataba de perseguidos políticos, en tres hechos, todos los cuales concurren realmente entre sí.

El procesamiento también alcanza al resto de los acusados en la causa: Hugo Carlos Ramón Tresguerras, Daniel Eduardo Ríos, Daniel Cammarota,  Guillermo Horacio Ornstein y Ricardo Alberto Coronel. Y amplió el procesamiento ya decretado sobre Jorge Norberto Apa.

 HECHO 1 

El primero de los hechos que es materia de acusación tiene como víctima a Jorge Oscar Bulacios, que, según la causa, fue detenido el 23 de julio de 1981 a las 11 en Villa Lynch, provincia de Buenos Aires por oficiales de la Brigada de Investigaciones III de San Martín en conjunto con oficiales subinspectores de la Dippba, entre los que se encontraba Fernández Garello.

Según se desprende de la causa, tras la detención, a Bulacio lo hicieron ingresar  a un baño y comenzaron a golpearlo y en el lugar secuestraron documentación y bibliografía. Como consecuencia de la detención, Bulacios fue trasladado por personas que no pudieron ser identificadas a la Brigada de Investigaciones III de San Martín, donde quedó alojado dentro de un pequeño cubículo muy chico, agachado y sentado con las rodillas para arriba. Desde ese lugar fue llevado a señalar los domicilios de otros integrantes del partido comunista.

Para ello, fue subido a un auto, y en un momento del recorrido, lo bajaron y lo amenazaron con ponerle la cabeza debajo de la rueda si no aportaba los datos solicitados, lo agarraron del hombro y le insinuaron que lo ejecutarían si no hablaba. Al regresar a la Brigada fue colocado en un calabozo cerrado, sin ventanas y allí fue interrogado por personal de la Dippba acerca de diferentes circunstancias de la actividad del partido. Finalmente, el 27 de julio de ese año fue llevado al Juzgado Federal de San Isidro, donde se le recibió declaración indagatoria, y finalmente el 28 fue dejado en libertad.

 HECHO 2 

El segundo hecho que es materia de acusación tuvo como víctima a Ernesto Ramón Duarte, que, de acuerdo a la investigación, fue detenido el 23 de julio de 1981 a las 18.55 horas en San Miguel, provincia de Buenos Aires por oficiales de la Brigada de Investigaciones III de San Martín y por los oficiales subinspectores Eduardo Daniel Ríos y Fernández Garello de la Dippba como así también otras personas que no han podido ser identificadas.

Según se desprende de la causa, en el lugar se secuestró documentación, y Duarte fue golpeado dentro de un baño frente a lo cual se defendió. Tras ello, fue trasladado a la Brigada de Investigaciones III de San Martín, donde quedó alojado y fue interrogado acerca de diferentes circunstancias de la actividad del partido y le habrían aplicado pasajes de corriente eléctrica por diferentes partes de su cuerpo. Finalmente, el 27 de julio  fue llevado al Juzgado Federal de San Isidro donde se le recibió declaración indagatoria, y finalmente el 28 de julio fue dejado en libertad.

 HECHO 3 

En el tercer hecho motivo de investigación, la víctima fue José Rolando Seitor, que fue detenido el 24 de julio de 1981 a las 2:30 en Grand Bourg, provincia de Buenos Aires, por integrantes de la Brigada de Investigaciones III de San Martín. Al ingresar a la vivienda, Seitor fue golpeado y se secuestró documentación. Tras ello, le dijeron que se abrigara ya que hacía frío, le colocaron una venda en los ojos, y lo subieron a un auto. Así, lo trasladaron a la Brigada de Investigaciones III de San Martín donde quedó alojado en primer lugar dentro de un calabozo pequeño y al día siguiente en otro calabozo en el que había más detenidos, donde se encontraban también Duarte y Bulacios.

Dentro de la Brigada fue interrogado por personas no identificadas pertenecientes a la Dippba acerca de diferentes circunstancias de la actividad del partido. El 27 de julio de ese año fue llevado al Juzgado Federal de San Isidro donde se le recibió declaración indagatoria, y finalmente el 28 de julio fue dejado en libertad.

 LA ACUSACIÓN 

En este marco, y al disponer el procesamiento de Fernández Garello y de otros acusados, la jueza describió que “al momento de llevarse a cabo las detenciones el imputado Jorge Norberto Apa se desempeñaba como jefe del Destacamento II de Inteligencia del Comando de Institutos Militares; y por su parte, Fabián Uriel Fernández Garello, Hugo Carlos Ramón Tresguerras, Daniel Eduardo Ríos, Daniel Cammarota, Ricardo Alberto Coronel y Guillermo Horacio Ornstein cumplían funciones dentro de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, seccional San Martín, y de la Brigada de Investigaciones III de San Martín, donde ostentaban los cargos de oficial subinspector, oficial principal, oficial subinspector, cabo primero y agente respectivamente”.

En este sentido, expuso que “se ha establecido que Apa convocó a través de la jefatura de la Unidad Regional de San Martín, y de la Dippba San Martín a los nombrados Fernández Garello, Ríos, Cammarota, Coronel y Ornstein (entre otros) para que junto con personal militar que aún no ha podido ser identificado, llevaran adelante las detenciones de Bulacios, Duarte y Seitor“.

Asimismo, sumó que Tresguerras “elaboró y retransmitió o distribuyó información relacionada con los procedimientos y las detenciones mencionadas” y puntualizó que “se ha podido sostener que la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Brigada de Investigaciones III de San Martín, habrían operado junto con el Destacamento de Inteligencia 201 en sucesos que tenían características de ‘subversivos'”.

“Por lo tanto, y en esa inteligencia, los aquí imputados, que fueron convocados para llevar a cabo las detenciones de Bulacios, Seitor y Duarte, y retransmitieron la información relativa a sus procedimientos, actuaron a partir de órdenes basadas en la Directiva 604/79 y anexos, que establecía en el año 1979 que los Comandos de Zona continuaban con la ofensiva contra ‘la subversión’, más aún cuando el Partido Comunista era un objetivo de interés”.

En su análisis de la acusación, la jueza relató que en sus declamaciones indagatorias “los imputados han sido contestes en relatar que efectivamente fueron convocados por sus respectivos jefes a los fines de proceder a las detenciones de Bulacios, Seitor y Duarte” y así entendió que “los descargos realizados por los imputados no hacen más que confirman su participación en los hechos, en consonancia con el análisis probatorio”.

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15/04/2019