Jueves 25 de abril | Mar del Plata
09/09/2019

Femicidio de Nancy Segura: veinte años de prisión para Rafael Inglera

Tras haber sido encontrado culpable por un jurado, este lunes la jueza le impuso la pena de 20 años por el delito determinado.

Femicidio de Nancy Segura: veinte años de prisión para Rafael Inglera
(Fotos: QUÉ Digital)

Luego de que tres semanas atrás un jurado popular encontrara culpable a Rafael Inglera bajo el delito de “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” por haber apuñalado y matado a su por entonces pareja, Nancy Segura, en junio de 2017, este lunes la jueza interviniente lo condenó a la pena de 20 años de prisión.

Pasadas más de dos semanas del juicio en el que un jurado popular encontró culpable a Inglera de haber matado a su pareja, el lunes pasado en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 y ante la jueza Mariana Irianni se llevó a cabo la audiencia de cesura del proceso en la cual las partes intervinientes solicitaron los montos de pena.

En ese sentido, el fiscal Fernando Castro -que apuntaba a una pena de prisión perpetua en el inicio del debate- solicitó, en base a lo fijado por el jurado, la pena máxima de 25 años de prisión.  Por su parte, el defensor de Inglera, Eduardo Toscano, solicitó que se le aplique la pena mínima de 8 años –“o que bordeé el mínimo”, según expresó– al volver a insistir con la falta de intención de Inglera de provocar el homicidio.

De esta manera, y tal como había sido previsto, este lunes la jueza Irianni dio a conocer la sentencia en la cual le impuso a hombre la pena de 20 años de prisión, condena cinco años menor a la pena máxima prevista -25 años de prisión- pero notablemente mayor en relación a la mínima esperable por el delito, es decir, 8 años.

En cuanto a los atenuantes la magistrada tuvo en cuenta la actitud mostrada por Inglera tras el hecho de haberla llevado a recibir auxilio médico inmediato -que no fue suficiente para salvarle la vida-, la problemática que atravesaba por el consumo de estupefacientes y la ausencia de antecedentes penales al igual que la buena conducta que registra en el Penal de Batán y su iniciativa de educarse y formarse.

En torno a los agravantes destacó el lugar y la ocasión donde se produjo el hecho, de noche, bajo la lluvia y en una zona alejada; la destreza con la que contaba en el manejo del arma blanca; y la mayor fuerza física que deriva en la disminución de posibilidad de actos defensivos por parte de la víctima teniendo en cuenta la condición de violencia de un hombre contra una mujer.

Cabe destacar que la resolución de los jurados tuvo la particularidad de haber escogido al momento de declarar culpable a Inglera la calificación de “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” y así descartaron el agravante de violencia de género. Si bien el delito de homicidio agravado por el vínculo prevé la pena de prisión perpetua, la figura de “circunstancias extraordinarias de atenuación” presenta una escala menor, de entre 8 a 25 años de prisión.

Tras el final de la audiencia, que tuvo una importante presencia de policía, algunos familiares de Inglera mostraron su malestar con la pena aplicada. “Acá somos víctimas todos” y “No se hizo justicia una mierda”, fueron algunas de las reacciones.

La semana pasada, en la audiencia en el que las partes pidieron las penas, la jueza se tomó unos cuantos minutos e instó a Inglera a “revisar los conceptos del amor“. Y le remarcó la necesidad de que tome conciencia de su vínculo con las mujeres, además de señalarle: “Más duelen las pérdidas y no hay manera de compensar”.

 EL JUICIO POR JURADOS 

Semanas atrás y durante tres días de audiencias, la deliberación en el juicio por jurados se basó en la mecánica del hecho, es decir, la puñalada que provocó la muerte de Nancy Segura tras una discusión en la vereda con Inglera de una casa de Playa Serena. En ese sentido, el acusado y su defensa sostenían que la propia víctima se había causado la herida de manera accidental y planteaban además como argumento que la herida no había sido mortal.

Durante el proceso, a través de la declaración de peritos de la Policía Científica, esa hipótesis que hablaba del carácter accidental de la puñalada que sufrió la víctima en la zona intercostal del tórax y que las otras lesiones que presentaba -como golpes en el labio- se originaron cuando el imputado trasladaba a la mujer en una moto, fue rotundamente descartada como posible por los profesionales, y en eso se basó la fiscalía lo largo de toda la causa.

Así, los peritos afirmaron que el hecho tuvo la característica homicida y descartaron la posibilidad de que haya sido accidental. “Si fuera accidental hubiera habido otras lesiones”, repararon tras mostrar y analizar en detalle la herida provocada por el cuchillo y también señalaron que la afectada es una “zona no convencional para producirse una autolesión” por lo que la misma debió ser provocada “por un tercero”.

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09/09/2019