Sábado 20 de abril | Mar del Plata
28/10/2018

Lucía Pérez: a 2 años del crimen, las claves del juicio que comienza

Este martes Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel comenzarán a ser juzgados. Un repaso de los hechos por los que se los acusa y las divergencias surgidas entre los distintos peritos intervinientes.

Lucía Pérez: a 2 años del crimen, las claves del juicio que comienza
Farías, Maciel y Offidani durante la audiencia preliminar al juicio realizada en abril (Fotos: archivo / QUÉ Digital)

Con el principal foco puesto en las divergencias surgidas a lo largo de la investigación entre los distintos peritos intervinientes, este martes comenzarán a ser juzgados los tres acusados por el crimen de Lucía Pérez, ocurrido el 8 de octubre de 2016 y que causó impacto a nivel nacional e internacional.

Con una familia y muchos allegados esperando algo de reparación y justicia, con la fiscal original de la investigación desplazada y con una defensa muy crítica con la instrucción de la causa, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 será el que durante las próximas semanas lleve adelante el proceso contra Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel.

Desde aquella conferencia de prensa de la fiscal María Isabel Sánchez días después del hecho hasta la elevación a juicio de la causa, exactamente un año después, la instrucción estuvo marcada por la diferencia de criterios y apreciaciones de peritos y profesionales médicos en torno al causal de muerte de la joven, la existencia o no de abuso sexual y, en otro plano, si luego del hecho el cuerpo fue acondicionado para ocultar el crimen o no.

Sobre esos puntos principales girará el debate ante los jueces Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Aldo Carnevale, en el que la fiscalía estará representada por Daniel Vicente –designado en la causa tras la licencia y desplazamiento de la fiscalía N°8 de María Isabel Sánchez- el particular damnificado, por Gustavo Marceillac y la defensa de los tres acusados, por Laura Solari.

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Marta y Guillermo, los papás de Lucía, exigiendo justicia por el crimen de la adolescente (Foto: archivo / QUÉ Digital)

El juicio llega luego de que en la elevación a juicio, el juez de garantías Gabriel Bombini remarcara, ante las diversas posturas médicas, la necesidad de “ventilar la totalidad de las hipótesis posibles en el debate oral”.

En este marco, Farías y Offidani llegan acusados por el delito de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”; por el hecho que “originara el deceso de Lucía Pérez y que corresponde mantener provisionalmente calificado como abuso sexual por acceso carnal agravado por el resultado de la muerte y el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio” -según se estableció en la elevación a juicio – y Maciel por “encubrimiento agravado”.

 TRES HECHOS, TRES ACUSACIONES 

La causa, tal como fue elevada a juicio, se centra en el análisis de tres hechos:

HECHO 1. La tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad por parte de Farías y Offidani. Concretamente, a ambos se los acusa de haber tenido en una camioneta -en la que se habrían desplazado el día del crimen y el anterior- 38 gramos de cocaína y 220 de marihuana “con inequívocos fines de comercialización destinada a personas menores de edad”, según sostiene la acusación que se sustenta no sólo en la requisa que se hizo en la camioneta una vez que fueron detenidos ambos acusados sino también en testimonios recabados en la causa y en mensajes de Whatsapp del propio Farías.

Según la reconstrucción realizada en el marco de la causa, el viernes 7 de octubre de 2016 Farías y Offidani tuvieron el primer contacto con Lucía Pérez en la esquina de la Escuela Media N° 3, cuando le vendieron estupefacientes a bordo del vehículo conducido por Offidani.

A la mañana siguiente –luego de intercambios de Whatsapppasaron a buscar a la joven por las inmediaciones de su domicilio y para ello utilizaron la camioneta de Offidani, quien los dejó en la casa de Farías.

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HECHO 2. La muerte de Lucía. En este punto a lo largo de la investigación aparecieron múltiples divergencias entre los peritos intervinientes.

Según la acusación fiscal, una vez que Farías llegó a su casa con Lucía “le proveyó estupefacientes” y “aprovechándose de la situación de vulnerabilidad mantuvo relaciones sexuales con ella”. Asimismo, apunta que “esa actividad sexual yuxtapuesta al consumo de cocaína, causó una asfixia tóxica, con congestión y edema pulmonar, lo que causó la muerte de la menor”.

El episodio fue provisionalmente calificado como abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio y se le atribuye a Farías en calidad de autor y a Offidani como partícipe necesario.

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HECHO 3. Se centra en el delito de encubrimiento agravado por la gravedad del hecho precedente y se le adjudica a Maciel. Concretamente, se lo acusa de que aquel 8 de octubre, luego de ocurrida la muerte de Lucía en el interior del domicilio, ayudó a Farías y Offidani “a borrar los rastros del delito, ayudando al acondicionamiento del cuerpo de la víctima, lavándolo, vistiéndolo, antes de llevarlo a una sala sanitaria, y retirando del lugar los estupefacientes que se habían proveído a Lucía”.

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 LA TRES DIVERGENCIAS ENTRE LOS PERITOS  

CAUSAL DE LA MUERTE.  En este aspecto, los distintos peritos intervinientes expresaron un mayor grado de consenso en establecer, según se desprende de la causa, “la congestión y edema pulmonar de causa tóxica, probablemente vinculada al consumo de cocaína” en relación a la causal de muerte y como “mecanismo altamente probable”.

En el inicio de la investigación, el Ministerio Público Fiscal se había apoyado en los primeros informes periciales que daban cuenta de un “violento abuso sexual”. La fiscal, en conferencia de prensa, afirmó que según esos estudios se había producido un “reflejo del nervio vago, que es provocado por un excesivo dolor que provoca un paro cardíaco”. Incluso, los profesionales que realizaron la autopsia plantearon un posible abuso sexual con la utilización de objetos.

ABUSO SEXUAL. En este punto es en el que surgieron mayores diferencias entre los peritos intervinientes: tres médicos -quien realizó la autopsia, quien se encontraba a cargo del cuerpo médico local y un perito del Ministerio Público Fiscal de Lomas de Zamora- se pronunciaron sobre la probabilidad de que haya existido abuso sexual. Por su parte, los peritos de la Asesoría de la Suprema Corte de Justicia expresaron que “aunque existen signos de brusquedad, no pueden afirmarlo ni excluirlo”.

Mientras tanto, la perito de la defensa sostuvo que la causal de muerte es indeterminada, y que no puede afirmarse la existencia del abuso.

ACONDICIONAMIENTO DEL CUERPO PARA OCULTAR EL CRIMEN. En este punto también las posiciones de los peritos fueron contrapuestas. La médica que realizó la autopsia, el médico que en se encontraba a cargo del cuerpo médico local y un perito del Ministerio Público Fiscal de Lomas de Zamora se inclinaron por una respuesta positiva, mientras que los restantes peritos lo negaron.

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