Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
25/11/2018

Lucía Pérez, el juicio: a 25 meses del crimen, la sentencia

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 dará a conocer este lunes a partir de las 14.30 el fallo contra Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel. Un repaso por los puntos claves del caso que conmocionó al mundo.

Lucía Pérez, el juicio: a 25 meses del crimen, la sentencia
(Fotos: QUÉ Digital)

La existencia o no de violencia de género y contra la mujer y, en ese contexto, de un abuso sexual será la clave en la que se centrará la sentencia que este lunes desde las 14.30 darán a conocer los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata en el marco del juicio que se llevó a adelante en las últimas semanas en la ciudad por el crimen de la adolescente Lucía Pérez (16), ocurrido en octubre de 2016. A esa clave se suma la acusación por venta de droga a menores de edad y cerca de una escuela, que también incluye a dos de los tres acusados. Asimismo, los magistrados deberán resolver si convalidan o no el pedido del Ministerio Público Fiscal que retiró la acusación contra el tercer acusado, imputado por encubrimiento.

En un caso que tuvo demasiadas desprolijidades e idas y vueltas desde aquel 12 de octubre de 2016 cuando la por entonces fiscal de la causa María Isabel Sánchez brindó -según lo que quedó expuesto en el juicio- varias definiciones apresuradas sobre detalles del crimen, este martes la familia de la adolescente podrá recién cerrar una primera etapa -porque sabe que sea cual sea la decisión habrá todavía muchas más- y los tres acusados –Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel– escucharán las definiciones sobre su futuro. Los dos primeros se encuentran con prisión preventiva en la Unidad Penal de Batán y el tercero goza de una morigeración de la prisión en un centro de rehabilitación de adicciones.

JUICIO DIA 1 LUCIA PEREZ FARIAS OFFIDANI MACIEL  (26)

A lo largo del proceso fueron numerosos los testigos que pasaron frente a los jueces Pablo Viñas, Aldo Carnevale y Facundo Gómez Urso, aunque todas las miradas estuvieron puestas en la jornada en la que declararon todos -en realidad, aquellos que se presentaron- los peritos que formaron parte de la instrucción de la causa y que tuvieron conclusiones disímiles en torno al causal de muerte de la joven, a la existencia o no de abuso sexual y a si el cuerpo luego del deceso fue lavado y acondicionado.

Las conclusiones de aquella jornada terminaron siendo la ratificación de que Lucía Pérez murió por una asfixia tóxica, con congestión y edema pulmonar y no por el dolor causado por un violento abuso sexual -tal como se había establecido al iniciarse la investigación, aunque luego eso fue descartado incluso en la elevación a juicio-, las afirmaciones de que el cuerpo no fue lavado ni que la joven fue abusada con algún objeto -como señaló también la fiscal inicial del caso en una comentada conferencia de prensa- y la referencia a la falta de lesiones compatibles con un abuso sexual.

En ese marco, este último punto -la falta de lesiones compatibles con un abuso sexual expuestas por los peritos- fue lo que llevó tanto a la fiscalía, representada por Daniel Vicente, como al abogado de la familia de Lucía, Gustavo Marceillac, a presentar testigos tendientes a reforzar la argumentación que plantea que no hace falta que se constaten lesiones visibles para que exista un abuso sexual y a apuntar a “situaciones de vulnerabilidad en la violencia contra la mujer“ y a una “relación desigual de poder” a la hora de pedir condenas teniendo en cuenta “la perspectiva de género”.

ALEGATOS FISCAL JUICIO LUCIA PEREZ  (7)

Al respecto, el abogado Marceillac concluyó que se trata de “un caso de violencia extrema” y afirmó que “ya no es trascendente” si la adolescente murió por el dolor que le provocó el abuso sexual o si fue abusada con un objeto. Es que, en ese sentido, puso el foco en “adultos que reclutaban menores en la puerta de una escuela para venderles droga y satisfacer sus necesidades sexuales” y señaló que “en este juego perverso y cruel terminaron con la vida de Lucía”.

Respecto a la acusación por venta de droga, los jueces deberán decidir, en primer término, si dan lugar a las nulidades planteadas por la defensora Laura Solari -en representación de los tres imputados- al desacreditar el operativo en el cual se encontró marihuana y cocaína en la camioneta en la que se desplazaban los dos acusados, Farías y Offidani. Esas nulidades fueron rechazadas tanto por la fiscalía como por el particular damnificado.

Asimismo, y en cuanto a la pena a imponerles en caso de que sean encontrados culpables, pesarán mucho los dos agravantes mantenidos en la acusación: por concretar la venta de droga en perjuicio de menores de edad y por hacerlo en inmediaciones de una escuela.

En cuanto a Maciel, al finalizar el debate solo se mantuvo la acusación mantenida por el abogado de la familia de Lucía, teniendo en cuenta que el fiscal retiró la acusación a partir de la falta de pruebas que dieran cuenta de ello durante el debate, no sólo a partir del testimonio de los peritos sino también de distintos profesionales que actuaron en el caso. El abogado Marceillac, por su parte, expuso al pedir los cuatro años y medio de prisión para Maciel que “un análisis integral y armónico de la prueba” permite tener por acreditado que el 8 de octubre de 2016 después de la muerte de la adolescente “auxilió a Farías y a Offidani a borrar rastros, a “higienizar y vestir el cuerpo” y a retirar estupefacientes e información de la casa de Farías.

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LOS PEDIDOS DE PENAS DE LAS PARTES

 FISCAL DANIEL VICENTE  

Matías Farías: perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de autor.

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Juan Pablo Offidani: 18 años de prisión. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de partícipe secundario.

Alejandro Maciel: absolución. Llegó al proceso acusado por encubrimiento agravado.

 PARTICULAR DAMNIFICADO, ABOGADO GUSTAVO MARCEILLAC 

Matías Farías. perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de autor.

Juan Pablo Offidani: perpetua. Delitos: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y por realizarse en cercanías de una escuela en calidad de autor y abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio en calidad de partícipe necesario.

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Alejandro Maciel: cuatro años y medio de prisión por encubrimiento agravado.

 DEFENSORA OFICIAL LAURA SOLARI 

Matías Farías: absolución por los dos delitos acusados. De manera subsidiaria, el mínimo de pena por el delito de tenencia de estupefacientes simple con fines de comercialización.

Juan Pablo Offidani: absolución por los dos delitos acusados.

Alejandro Maciel: absolución.

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