Miércoles 24 de abril | Mar del Plata
23/03/2019

Marihuana desaparecida: dos policías con penas condicionales

En el marco de una investigación iniciada en 2017, el Tribunal en lo Criminal N° 3 condenó a uno y dos años de prisión a dos de los policías implicados y absolvió a una tercera.

Marihuana desaparecida: dos policías con penas condicionales
(Fotos: archivo / QUÉ Digital)

La causa se inició en 2017 a partir desaparición de tres ladrillos de marihuana que fueron incautados en el mar durante un operativo que tuvo lugar el 31 de diciembre de 2016 y apuntó a tres policías de la subcomisaría Casino: el jefe de calle –presunto responsable del destino desconocido de la droga- y otros dos policías de la delegación, acusados de no haber denunciado la irregularidad al notar que la marihuana había desaparecido. Pasados dos años, se llevó a cabo un juicio oral y público en el que, finalmente, en los últimos días dos de los efectivos fueron condenados a uno y dos años de prisión de ejecución condicional y otra fue absuelta.

Tal como informó QUÉ Digital, en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 se llevó a cabo días atrás el debate que tuvo como acusados a los policías Leonardo Ariel Pinto Garandán (oficial subinspector, jefe de calle de la subcomisaría); Claudio Adrián Boriani (oficial principal, segundo jefe de la dependencia) y María Helvecia Nélida Baigorria (subinspectora, oficial de servicio) por los delitos de “malversación de bienes equiparables” y “omisión de promoción de la persecución penal”, por lo que el fiscal Javier Pizzo había pedido la pena de tres años y ocho meses de prisión para el primer efectivo y dos años de inhabilitación para los otros dos.

Finalmente, los jueces Juan Manuel Sueyro, Fabián Riquert y Mariana Irianni resolvieron condenar a dos de ellos, pero por el delito de “incumplimiento de deberes de funcionario público”, y absolver a la restante.

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Concretamente, a Pinto Garandán se le impusieron las penas de dos años de prisión de ejecución condicional -es decir, fuera de la cárcel- y cuatro años de inhabilitación especial para el ejercicio de la función pública. Boriani, por su parte, recibió las penas de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación. Y Baigorria fue absuelta en orden del delito de omisión de promoción de la persecución penal.

En el fallo, los jueces dieron por probado que el 31 de diciembre de 2016 entre las 18.30 y 19.15 Pinto Garandán se presentó en proximidades del puesto de guardavidas 8 del sector de la playa “Las Toscas” donde se encontraba personal del “Operativo Sol” ante el hallazgo de aparente marihuana distribuida en paquetes -tipo ladrillo-, dos de ellos intactos, uno semiabierto y dos mitades.

En su carácter de superior jerárquico en el lugar y responsable del Gabinete de Prevención de la Subcomisaría Casino, se hizo cargo del procedimiento y ordenó a los policías locales que colocaran el material en una bolsa de nylon y que le entregaran los datos de los testigos que previamente habían recabado. De esta forma, y según puntualizaron los jueces, el efectivo no formalizó el acta correspondiente a ese secuestro, no aseguró la cadena de custodia del mismo ya que lo trasladó en su auto particular, no se le tomó declaraciones testimoniales en el lugar a las personas involucradas (policías y civiles) y no mantuvo comunicación alguna con el Ministerio Público Fiscal.

Asimismo, dieron por acreditado que ese mismo día a partir de las 19 en la sede de la Subcomisaría Casino, Boriani, a cargo de la dependencia, tras tomar conocimiento del secuestro de presunto material estupefaciente por parte de Pinto Garandán “incumplió la obligación que le incumbía de formalizar las actuaciones y de resguardar el efecto secuestrado”. Concretamente, los jueces puntualizaron que Boriani recibió un secuestro voluminoso y luego lo arrojó a un contenedor en la puerta de la comisaría.

En su declaración en la causa, Pinto Garandán había asegurado que contactó a los testigos que habían encontrado los paquetes y constató que ese material se encontraba en “muy mal estado”, que a su criterio estaba dañado por el agua de mar, que los “apretó y les vio salir espuma” y que les “sintió olor a podrido y no a droga”.

Para absolver a la oficial Baigorria los jueces entendieron que “pretender responsabilizarla  por no haber visto qué sucedió en el interior de la oficina de su jefe, o luego, imputarle despreocuparse de lo que sucediera con el procedimiento cuando ya estaban a cargo dos funcionarios de mayor jerarquía que ella, resulta una mera aplicación de una antijuricidad formal y no material”.

EL ORIGEN DE LA INVESTIGACIÓN

Según consta a la denuncia presentada por tres agentes recién recibidos de la Policía local –que desempeñaron sus primeras tareas en el Operativo Sol-, el 31 de diciembre, durante la tormenta que se desató en la ciudad, fueron hallados tres ladrillos de marihuana flotando en el mar, en la zona del Torreón del Monje. Ante esta situación, llamaron a testigos e incautaron la droga. Luego dieron aviso al 911.

De acuerdo la denuncia de los agentes, la llamada al 911 la recibió el jefe de calle la subcomisaría Casino. Este policía, al llegar, les pidió que le entregaran la marihuana y las planillas con las actuaciones -donde figuraban los testigos civiles de lo que había pasado- y se fue. Pasaron los días y los agentes, al notar que nadie los llamaba para que firmaran las planillas, decidieron dar aviso a sus superiores, quienes les dijeron que realizaran la denuncia penal.

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23/03/2019