Jueves 28 de marzo | Mar del Plata
05/09/2016

Sostienen el procesamiento al pastor por trata de personas

En una audiencia en la Cámara Federal de Apelaciones, la fiscalía mantuvo la imputación contra Isaías Hurtado y las otras cuatro personas del templo Monte Sion, acusados de captar fieles y reducirlos a la servidumbre.

Sostienen el procesamiento al pastor por trata de personas
Hurtado es llevado detenido por la policía. (Foto archivo QUÉ Digital)

En una audiencia en la Cámara Federal de Apelaciones, desde la fiscalía sostuvieron el procesamiento al pastor evangelista Isaías Hurtado y las otras cuatro personas del templo “Monte Sion“, acusadas de captar fieles y reducirlos a la servidumbre. Por su parte, la defensa reiteró el pedido la nulidad y desestimó los cuatro hechos de abuso sexual denunciados como situaciones de relaciones sentimentales entre personas adultas.

La causa que tiene cinco personas imputadas como integrantes de una organización que captaba “fieles” para explotarlos y reducirlos a la servidumbre, bajo el manto de una entidad religiosa, tuvo su audiencia en la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, integrada por los jueces Alejandro Tazza, Eduardo Jiménez y Jorge FerroMarcelo Peralta oficia de defensor de los cinco procesados por el delito de trata con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre.

El abogado defensor dijo que la resolución del juez de primera instancia Santiago Inchausti era “injusta y arbitrariay que los abusos imputados tenían que ver, en todo caso, con “un tema moral” por tener una relación sentimental con personas que integran la comunidad.

En su oratoria, mencionó que el principal imputado, Isaías Hurtado, es apóstol, un cargo en el ministerio por encima de los pastores, dado que brinda a ellos sus conocimientos, y pregonó por la “libertad de cultos y libertad de pensamiento y de congregarse”. “Estamos hablando de Iglesias y la comunidad evangelista”.

A su turno, el fiscal Daniel Adler indicó que “debe distinguirse entre libertad de conciencia y libertad de culto”. Y reparó: “Nadie puede entrar en el pensamiento del otro. El culto, a diferencia de la conciencia, existe en acciones externas que implican una interrelación con el otro”.

Al referirse a la radio que funcionaba en el Templo situado en O’Higgins al 300, contrastó lo enunciado por el abogado defensor de los cinco imputados, quien había dicho que era una emisora comunitaria y sin fines de lucro, que manejaban los propios fieles y una de las hijas de Isaías Hurtado. “La radio por la que se captaba, no tenía un fin inicuo, y paradójicamente sigue funcionando”, mencionó el fiscal.

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El fiscal Federal Adler en la audiencia en la Cámara de Apelaciones. (Foto Ministerio Público Fiscal)

 

Se los traía a trabajar en una forma servil, no había registración, no había sueldos, había violencia, había engaños. Esto está perfectamente detallado en la descripción que se hace de cada una de las víctimas“, aseguró Adler y agregó: “Es más: había relaciones sexuales a través de situaciones coercitivas. Es mentira que esto no existiese, y esto es delito. Porque la violencia no es solamente física, sino también psicológica, y más cuando hay un desarrollo y un esquema coercitivo montado sobre una estructura religiosa”. “No estamos invadiendo la libertad de conciencia, estamos garantizando a los ciudadanos que su libertad de autodeterminación sea respetada, de esto se trata”, remarcó en su exposición el fiscal.

Adler trazó un paralelismo con lo que sucedía con los prostíbulos en Mar del Plata y el país. “¿Cuánto tiempo estuvieron invisibilizados los prostíbulos y hoy están suprimidos prácticamente por los tres estamentos estatales? ¿Cuánto nos costó visibilizarlos?”, puntualizó.

A su vez, marcó un común denominador entre las personas víctimas del delito y dijo que se encontraban en una especial situación de vulnerabilidad, por soledad afectiva, abandono familiar o problemáticas con el consumo de drogas. En esta línea, dio lectura al informe confeccionado por profesionales del Programa de Rescate del Ministerio de Justicia de la Nación: “Se podría inferir que los mecanismos de persuasión, sometimiento, coerción, ejercidos por los responsables de la institución, habrían ido socavando la libertad y autonomía de las personas que fueran devotas o fieles de la ‘iglesia’, condicionando y/o determinando decisiones y elecciones en diferentes áreas su vida, dependiendo del grado de sujeción o sometimiento promovido. Algunos relatos permiten inferir que las acciones que los responsables habrían promovido se realizarían en función de obtener beneficios económicos, patrimoniales, personales de las autoridades de la organización”.

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05/09/2016