Viernes 19 de abril | Mar del Plata
19/06/2017

Tres y cinco años de prisión para tres acusados de trata de personas

A través de un juicio abreviado, Juan Carlos Calderón, Angélica Córdoba y Stella Maris Domínguez fueron condenados por haber explotado sexualmente a mujeres entre 2003 y 2013 en “La Jaula”, ubicado en Vignolo al 1300.

Tres y cinco años de prisión para tres acusados de trata de personas
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

Un hombre, de 78 años, y dos mujeres, de 81 y 62 años, fueron condenados a penas de entre cinco y tres años de prisión en un juicio abreviado por haber explotado sexualmente a mujeres entre 2003 y 2013 en “La Jaula”, un prostíbulo ubicado en Vignolo al 1300. Los tres fueron encontrados responsables de delito de trata de personas en la modalidad de acogimiento, agravado por haber mediado abuso de la situación de vulnerabilidad, por la cantidad víctimas y por haber consumado la explotación.

El acuerdo de juicio abreviado concretado entre el fiscal federal Juan Manuel Pettigiani y el abogado defensor de los acusados, Carlos Antonio Minteguiaga, fue homologado el viernes pasado por el juez Mario Portela que dictó la sentencia contra las tres personas: el hombre fue beneficiado con prisión domiciliaria y a las mujeres se les aplicó penas de ejecución condicional.

De acuerdo a lo comprobado a lo largo de la investigación, al menos entre los años 2003 y 2013 en el inmueble ubicado en Vignolo N°1389 funcionaba un prostíbulo, donde un grupo de mujeres ofrecía encuentros sexuales, de los que se beneficiaban sus propietarios: Juan Carlos Calderón, conocido como “Escopeta”, y Angélica Evis Córdoba.

Las investigaciones llevadas adelante acreditaron que el domicilio en cuestión contaba con acceso por dos calles que ello permitió dividir el inmueble en dos sectores: uno para vivienda de los dueños y otra para alojamiento de las mujeres que en el mismo lugar realizaban la actividad sexual. En la causa se estableció que esta última puerta estaba siempre abierta, aunque con una reja cerrada con llave, a través de la cual “las mujeres se exponían a la vía pública para atraer a los potenciales ‘clientes’, característica que llevó a que el sitio sea reconocido como ‘La Jaula’”.

En este sector, existían dos baños, un hall de recepción y habitaciones, en los cuales las mujeres víctimas de explotación concretaban el encuentro sexual, en las mismas camas que utilizaban para dormir. El ejercicio de la prostitución tenía lugar durante una jornada de doce horas, entre las 9 y las 21, aunque las mujeres no se iban del sitio al finalizar, sino que residían en él.

La prueba reunida permitió conocer que las mujeres que eran allí explotadas provenían de otras ciudades, provincias y países y que tomaron contacto con el lugar a través de alguna persona conocida en su lugar de origen. Asimismo, se supo que viajaban regularmente de Mar del Plata a sus ciudades por disposición de los dueños de la casa, que con ello “buscaban ir renovando el grupo de mujeres”. Por su parte, se corroboró la existencia de restricciones para egresar de la casa por parte de las víctimas.

LAS CONDENAS

De esta manera, Calderón fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de trata de personas mayores de 18 años, en la modalidad de recibimiento y acogimiento, con fines de explotación sexual, agravado por haber mediado abuso de la situación de vulnerabilidad, por la pluralidad de víctimas y por haber consumado la explotación; explotación económica de la prostitución ajena agravado por haber mediado abuso de la situación de vulnerabilidad, en concurso aparente, y se le impuso una pena de cinco años de prisión y una multa de $5 mil. Asimismo, dada su edad (78), se dispuso el cumplimiento de la pena en la modalidad de prisión domiciliaria.

Angélica Córdoba fue encontrada participe secundaria de esos delitos por lo que se le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional más una multa de mil pesos, al igual que a Stella Maris Córdoba.

LAS VÍCTIMAS

Respecto a las mujeres que eran explotadas sexualmente, en la causa fueron identificadas particularmente cuatro, que se encontraban cuando se realizó un allanamiento en marzo de 2013.

Y. R., oriunda de Benito Juárez tenía 20 años al momento de ser hallada en el lugar. Por sus dichos, permaneció alojada al menos desde 4 de marzo de ese año pero ya había estado anteriormente, aproximadamente dos meses atrás.

N.J.M. tenía contacto con el domicilio de calle Vignolo desde enero de 2010, donde ejerció la prostitución y se alojó discontinuamente, cuando no viajaba a su ciudad natal. Nació en la localidad de Roque Saenz Peña, provincia de Chaco y tenía 23 años al momento del registro domiciliario. Sostuvo que llegó a ese lugar a través de la cuñada de su hermana a la que recurrió por iniciativa propia en 2010 cuando tenía 20 años y se encontraba viviendo una situación crítica debido a que convivía con un hombre violento que la amenazó en varias oportunidades, tras lo que decidió escaparse.

N. D. H., residía desde joven en Mar del Plata y en marzo de 2013 manifestó al personal del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las víctimas de trata de personas haber ejercido la prostitución en la casa de calle Vignolo desde hacía siete u ocho años.

L.P.D.S., oriunda de Oberá, Misiones, ejercía la prostitución en la casa de calle Vignolo desde hacía diez años aproximadamente. Al momento del allanamiento tenía 32 años y vivía junto a sus dos hijas y su prima en otro domicilio. Manifestó haber llegado a ese lugar por medio de una conocida de su pueblo y buscando “escapar de problemas familiares”.

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19/06/2017