Viernes 19 de abril | Mar del Plata
14/08/2018

Un militar condenado a perpetua quiere salir a “realizar caminatas”

El pedido lo presentó Daniel Eduardo Robelo, quien fue condenado en febrero de 2016. La solicitud fue rechazada por el juez Mario Portela.

Un militar condenado a perpetua quiere salir a “realizar caminatas”
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

El exjefe de Comunicaciones de la Base Naval y exjefe del Departamento Operaciones Daniel Eduardo Robelo fue condenado en febrero de 2016 a la pena de prisión perpetua por delitos de lesa humanidad en el marco del juicio “Base Naval 3 y 4” y se le asignó el beneficio de la prisión domiciliaria. Sin embargo, recientemente formalizó un pedido insólito ante la Justicia para que lo dejen salir a “realizar caminatas” de 50 minutos, de lunes a viernes. La solicitud fue rechazada por el juez Mario Portela y hasta le indicó que podría instalar una  “cinta caminadora o bicicleta fija” en su casa.

Robelo fue condenado hace dos años y medio a prisión perpetua -al igual que otros ocho militares- por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos, homicidio calificado y asociación ilícita en perjuicio de 123 personas.

Mientras cumple su condena con prisión domiciliaria su defensa realizó una presentación ante la Justicia con el objetivo de que “se lo autorice a realizar caminatas de lunes a viernes a partir de las 16 y por una duración de 50 minutos”.

Desde el Ministerio Público Fiscal dictaminaron rechazan la solicitud “por exceder las condiciones de la prisión domiciliaria de la que se encuentra gozando”. Y en las últimas horas llegó la resolución del juez de ejecución penal Mario Portela.

“Soy de la opinión que la autorización requerida, tal lo sostenido por el fiscal, desvirtuaría el régimen de prisión domiciliaria y enerva el control que esta magistratura debe ejercer sobre la ejecución de la condena que le fuera enrostrada, como asimismo sobre el régimen al cual se encuentra incorporado”, afirmó el juez en la resolución.

En este sentido, reparó en que “el programa de seguimiento de personas bajo vigilancia electrónica, dependiente del Ministerio de Justicia, a través de los mecanismos electrónicos de control que dispone, proporciona un fidedigno seguimiento respecto del cumplimiento de su permanencia en el domicilio, no así durante su egreso” por lo que remarcó que “los egresos del domicilio deben ser excepcionales, por causas debidamente justificadas, limitados y debidamente autorizados”.

En el marco de la condena que le fue impuesta, Robelo ha sido autorizado en reiteradas oportunidades a concurrir al Hospital Privado de Comunidad (HPC) para la realización de controles y estudios.

Concretamente, sobre su pedido de poder salir a “realizar caminatas” de 50 minutos, el juez entendió que “la realización de actividad aeróbica aconsejada por su médico clínico, y solicitada por la defensa, no puede limitarse al egreso de su vivienda, sino que la misma puede ser suplida por elementos mecánicos tales como cinta caminadora o bicicleta fija“.

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14/08/2018