Jueves 25 de abril | Mar del Plata
19/10/2021

Aborto: Región Sanitaria VIII cuestionó el “accionar ilegal” de la Secretaría de Salud

Aseguran que una guardia “representa el espacio adecuado y necesario” para la atención del seguimiento postaborto y repararon en el riesgo de sanciones para los profesionales.

Aborto: Región Sanitaria VIII cuestionó el “accionar ilegal” de la Secretaría de Salud
(Foto: archivo / Qué digital)

Ante la polémica en Mar del Plata por la resolución de la Secretaría de Salud del Municipio de limitar la atención de cuestiones relacionadas al aborto en guardias de los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), desde la Región Sanitaria VIII del Ministerio de Salud de la Provincia cuestionaron la medida, la calificaron como “ilegal” e hicieron foco en las sanciones a las que se exponen los profesionales. Pidieron informes y ofrecieron capacitaciones del personal a cargo.

Este fin de semana se dio a conocer una resolución firmada por altas funcionarias de la Secretaría de Salud en la que se respondía a solicitudes de trabajadores de la División Clínica Médica para poder atender a demandas en torno a la interrupción voluntaria (IVE) o interrupción legal (ILE) del embarazo desde las guardias. Allí, además de la negativa a atenderlo, indicaban que solo podían limitarse a derivar pacientes al Programa de Salud Sexual y Reproductiva a cargo de la División de la Mujer.

Ante esta medida, surgió el rechazo de la “Red de profesionales de la salud por el derecho a decidir” y, también, un pedido de informes en el Concejo Deliberante por parte el bloque del Frente de Todos. Ahora, se sumó un cuestionamiento directo de otro de los principales efectores sanitarios de la ciudad como la Región Sanitaria VIII.

El cuestionamiento fue formalizado través de una nota dirigida a la secretaria de Salud, Viviana Bernabei, y firmada por el titular de la zona sanitaria, Gastón Vargas, y la referente de Salud sexual y reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en General Pueyrredon, Amalia Musso.

En primer término, desde la Región Sanitaria plantearon que la atención integral de la interrupción del embarazo y postaborto a personas gestantes debe ser garantizada por “todo el personal de los efectores de salud”, y que así está establecido en el artículo quinto de la Ley 27.610 y que, además, en el artículo segundo se plantean las guardias como “el espacio adecuado y necesario” para la atención del seguimiento postaborto, “para evitar complicaciones y mayor riesgo en la salud de la persona”.

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A su vez, hicieron énfasis en el riesgo al que se exponen las y los profesionales de salud que, en virtud de esta resolución, no asistan cuestiones relacionadas al aborto, ya que podrían ser responsables civil, penal o administrativamente por “incumplimiento en el ejercicio de su profesión”, según se plantea en la Resolución 1535/2021 del Ministerio de Salud de la Nación.

En consecuencia, manifestaron que la resolución de la Secretaría de Salud “demuestra un profundo desconocimiento de las leyes, normativas, protocolos y guías”, y que además “incurre en un accionar ilegal” cuyo principal riesgo judicial pasa por los profesionales, “estigmatizando y aleccionando” a quienes quieran garantizar ese derecho en la salud pública municipal.

En consecuencia, pidieron que desde el área municipal se les informen “las medidas administrativas adoptadas” al respecto por parte de la Secretaría, no solo en torno a la interrupción del embarazo sino también en cuanto a la salud sexual y reproductiva. También, se manifestaron a disposición de brindar capacitaciones y materiales para contribuir en el “cumplimiento de estas obligaciones” relacionadas al aborto en Mar del Plata.

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19/10/2021