Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
01/05/2020

Diseñan nuevos permisos para que varados en el país puedan regresar a sus casas

A diferencia de los anteriores, cada provincia abrirá y administrará un registro y quienes lo soliciten deberán esperar que las autoridades les comuniquen la aprobación.

Diseñan nuevos permisos para que varados en el país puedan regresar a sus casas
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Luego de una primera experiencia -rápidamente descartada– realizada a medidos de abril con la tramitación on line de permisos excepcionales para que personas varadas dentro del país puedan volver a sus casas, el gobierno nacional aprobó un nuevo procedimiento para autorizar la circulación de las personas que todavía no pudieron regresar a sus provincias o ciudades de origen para cumplir con la cuarentena en sus domicilios habituales.

Este viernes 1º de mayo, el gobierno publicó en el Boletín Oficial una resolución conjunta del Ministerio de Transporte y el Ministerio del Interior que aprueba un nuevo procedimiento para autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto al de su residencia habitual en el país y que deseen regresar a través de vehículos particulares.

Entre los principales puntos de este nuevo procedimiento aparecen que, a diferencia del trámite anterior, cada provincia abrirá y administrará un registro y quienes lo soliciten deberán esperar que las autoridades les comuniquen la aprobación.

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El procedimiento aprobado estipula inicialmente que se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su DNI a excepción de que pudieran acreditar que ha variado mediante documentación fehaciente.

CÓMO SERÁ EL NUEVO TRÁMITE

Según fija la resolución, cada jurisdicción provincial y la Ciudad de Buenos Aires abrirá y administrará un registro propio. “Las personas que deseen regresar deberán inscribirse en el registro que habilite la jurisdicción donde tienen su residencia habitual”, plantea.

Y, en ese sentido, describe que las provincias “en atención a la situación epidemiológica y sanitaria de la correspondiente jurisdicción, aprobarán o desestimarán las solicitudes fundadamente y de conformidad con la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes”.

A su vez, establecerán si autorizan que un vehículo se traslade hasta el punto donde está el o la solicitante para buscarla y así poder regresar, o si deberá exclusivamente contar con un vehículo en el mismo lugar donde esté cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En este sentido, se estableció que a partir del próximo martes 5 de mayo las provincias informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el gobernador, y solicitará la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” a la Jefatura de Gabinete de la Nación con todos los datos de los solicitantes.

Una vez recibida la información completa, recién ahí se habilitará la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, que luego cada jurisdicción deberá remitir a los interesados y que será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino.

De acuerdo a lo dispuesto, el “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” tendrá una vigencia de 96 horas computadas a partir de su emisión. Y plantea que ante el requerimiento en la vía pública, la persona deberá exhibir copia digital o impresa de ese certificado y la documentación respaldatoria, en particular documentos de los que deberá surgir la coincidencia con los datos del domicilio de residencia habitual al que se dirige.

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01/05/2020