Viernes 29 de marzo | Mar del Plata
03/04/2020

La Provincia prohíbe el corte del servicio de luz por falta de pago

Lo hizo al adherirse a la resolución nacional. Además, invita a los municipios a tomar la misma decisión para los servicios que estén bajo su órbita, como en el caso de Mar del Plata el del agua.

La Provincia prohíbe el corte del servicio de luz por falta de pago
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

En línea con lo dispuesto por el gobierno nacional en el marco de la emergencia sanitaria, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, firmó un decreto que establece que no se podrán efectuar cortes de los servicios de energía eléctrica y de agua potable a determinados usuarios y usuarias que adeuden hasta tres pagos.

Los vencimientos de las facturas adeudadas deberán ser desde el 1° de marzo en adelante, incluye expresamente a los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso, y los prestadores de estos servicios deberán otorgar planes con facilidades de pago para cancelarlas. Además, la norma establece que “deberán dar adecuada publicidad a lo dispuesto en el presente decreto respecto de los servicios a su cargo”.

Por último, se invita a los municipios de la Provincia a adherir a estas medidas en relación con los servicios que se encuentren bajo su jurisdicción, como en el caso de Mar del Plata lo es la empresa estatal Obras Sanitarias (OSSE), que es la que brinda el servicio de agua potable.

“Invitar a los Municipios de la provincia de Buenos Aires a adherir a los términos del presente decreto o adoptar, en forma urgente, medidas de idéntico tenor, respecto de la prestación del servicio público de distribución de agua potable y desagües cloacales que estén bajo jurisdicción municipal, ya sean prestados por sí o por terceros”, expresa el decreto firmado por Kicillof.

Con la medida, el gobernador dispuso que los prestadores provinciales no podrán suspender o cortar los servicios a los usuarios que indica el artículo 3° del Decreto Nacional N° 311/2020, entre ellos beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.

También beneficia a jubilados, pensionadas y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y usuarios que perciben seguro de desempleo.

Tampoco se podrán cortar los servicios a los electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Están incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

“El gobierno provincial continúa adoptando medidas que permitan atender no solo las necesidades sanitarias, sino también económicas y sociales de las y los bonaerenses ante la emergencia por coronavirus”, señalaron desde la Provincia al difundir la decisión, que en el caso de Mar del Plata tiene alcance sobre el servicio de energía que presta la distribuidora EDEA.

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03/04/2020